Resolución N° 11/2014 Serie 'S'

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición16 de Junio de 2014
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCIII - Nº 97 CÓRDOBA, 24 de junio de 20144
Resolución N° 11/2014 Serie "S"
Córdoba, 16 de junio de 2014.-
VISTO El Artículo 65 de la Ley N° 9880,
Estatuto Escalafón para el Personal del Poder
Legislativo de la Provincia de Córdoba.
y CONSIDERANDO
Que mediante el Artículo 65 -primera parte-
mencionado, se estableció como "Día del
Empleado Legislativo de la Provincia de
Córdoba" el 25 de junio de cada año, el que se
conmemorará con asueto administrativo
Que además, por el mismo dispositivo legal
se establece que en caso de resultar la fecha
inhábil a los fines administrativos o coincidente
con día martes, miércoles o jueves, la Secretaria
Administrativa indicará, por intermedio del
instructivo pertinente, el día de celebración del
mismo, que será el día lunes o viernes inmediato
posterior.
Que en el año en curso, el día 25 de junio
recae en día miércoles.
Que el Sindicato de Empleados Legislativos
de Córdoba (SELC) ha solicitado a esta
Secretaria por nota recibida el 18/06/14 que la
conmemo ración de dicho día se establezca
para el viernes 27 de junio del corriente.
Que a tal efecto, la Secretaria Administrativa
ha resuelto, en razón de recaer la fecha alusiva
un día miércoles y considerando lo solicitado
por el Sindicato de Empleados Legislativos de
Córdoba (SELC) que la celebración se lleve a
cabo el día viernes 27 de junio del corriente
año.
Por ello y lo dispuesto por el Artículo 65 de la
Ley N° 9880 Y el Reglamento Interno de la
Legislatura de la Provincia de Córdoba,
LA SECRETARIA ADMINISTRATIVA DE
LA LEGISLATURA DE
LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESUELVE
Artículo 1°: DISPÓNESE que la
conmemoración del "Día del Empleado Legis
lativo de la Provincia de Córdoba" corres
pondiente al año en curso, se lleve a cabo
el viernes 27 de junio de 2014, declarando
el correspondiente asueto administrativo
para ese día, conforme lo establecido por el
Artículo 65 -primera parte- de la Ley N°
9880,
Artículo 2°: PROTOCOLÍCESE, comuní
quese, notifíquese, publíquese en el Boletín
Oficial y archívese
CRA. ROSANA G. RODRIGUEZ
SECRETARIA ADMINISTRATIVA
PODER LEGISLATIVO
PODER
LEGISLATIVO

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