Resolución N° 88. Premios al Comercio de Córdoba

EmisorMinisterio de industria, comercio y minería
Fecha de la disposición 5 de Noviembre de 2013
CÓRDOBA, 7 de noviembre de 2013 BOLETÍN OFICIAL - AÑO C - TOMO DLXXXVI - Nº 195 Primera Sección
1ª
AÑO C - TOMO DLXXXVI - Nº 195
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 7 DE NOVIEMBRE DE 2013
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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
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Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA
Programa Primer Paso: se dispone su
ampliación para 5000 nuevos beneficiarios
AGENCIA DE
PROMOCN de EMPLEO y FORMACN PROFESIONAL
Resolución Nº 35 Córdoba, 4 de octubre de 2013
VISTO: La implementación del Programa Primer Paso desde el
año 1999 y la posibilidad de ampliar el cupo de beneficiarios
originalmente prevista por Resolución N° 00008/13 del Directorio
de la Agencia de Promoción de Empleo y Formación Profesional
para la Edición 2013/14.
Y CONSIDERANDO: Que el Gobierno de la Provincia ha venido
implementando el Programa Primer Paso desde el año 1999 con el
objetivo de facilitar mediante su capacitación y entrenamiento laboral
el acceso al empleo de jóvenes de 16 a 25 años de edad.
Que el Programa ha tenido una importante repercusión en las
sucesivas etapas en que fue ejecutado permitiendo a los jóvenes
de nuestra Provincia la realización de procesos de capacitación y
entrenamiento en ámbitos laborales del sector privado que posibilitan
la adquisición de saberes indispensables y la conformación de la
experiencia previa necesaria para conseguir un puesto de trabajo
futuro.
Que los resultados brindados dan muestra del alto impacto que ha
tenido la aplicación de este tipo de acción constituyendo un promo-
tor de empleo a favor de jóvenes sin antecedentes laborales.
Que por Resolución N° 00008/13 del Directorio de la Agencia de
Promoción de Empleo y Formación Profesional se dispuso la
implementación del referido Programa para diez mil beneficiarios
durante el período del 01 de Junio de 2013 al 31 de mayo de 2014,
a los fines de no discontinuar la política provincial fijada en el Decreto
N° 0190/12 para la Edición 2012 del mismo, sosteniendo una
medida que ha tenido resultados ampliamente satisfactorios.
Que en el marco de la estructura orgánica vigente y según lo
dispuesto en el Decreto N° 190/12 para la edición 2012,
corresponde a esta “AGENCIA DE PROMOCIÓN DE EMPLEO Y
FORMACIÓN PROFESIONAL” la puesta en marcha, desarrollo,
ejecución y la realización de los demás aspectos organizativos y
operacionales del Programa, pudiendo dictar a tal fin las normas
complementarias para su acabado cumplimiento.
Que en tal marco y tratándose de un Programa que se fundamenta
en una necesidad constante y generalizada, el universo de
beneficiarios al que se destina se encuentra condicionado sólo en
la medida de la disponibilidad presupuestaria necesaria para su
ejecución, esta Agencia de Promoción de Empleo y Formación
Profesional estima conveniente, necesario y oportuno ampliar el
cupo de beneficiarios previstos para la Edición 2013/14, brindando
a cinco mil (5.000) nuevos beneficiarios la oportunidad de realizar
acciones de entrenamiento en ambientes de trabajo, por un período
de doce (12) meses a partir del primero (1°) de enero de 2014.
Que por su parte, habida cuenta que los Programas de Empleo
que implementa el Gobierno de la Provincia no generan relación
laboral entre la empresa participante y los beneficiarios, ni entre
éstos y la Provincia, la Ley N° 24.557 y el Decreto N° 491/1997
prevén expresamente el otorgamiento de este tipo de cobertura de
riesgos para relaciones de carácter no laboral, por lo que resulta
posible otorgar a dichos beneficiarios de la cobertura por riesgos,
en los términos de la Ley N° 24.557, a través del sistema de
autoseguros que el Estado Provincial ha instrumentado para sus
dependientes, de acuerdo a las disposiciones del Decreto N° 1572/
09 y sus prórrogas por Decretos Nros. 2068/2010 y 1833/2011 y
en concordancia con lo dispuesto por el Decreto N° 721/12 para la
edición 2012/2013 del referido Programa.
Por ello, las previsiones de los Arts. 55° y ss. del Decreto N°
2565/11 y el Estatuto de la Agencia de Promoción de Empleo y
Formación Profesional, ratificado y aprobado por los Arts. 1° y 2°
de la Ley 10029, respectivamente;
EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA DE PROMOCIÓN DE
EMPLEO Y FORMACIÓN PROFESIONAL
R E S U E L V E:
De la Puesta en Ejecución
ARTÍCULO 1º.- DISPÓNESE la ampliación de la ejecución del
Programa “Primer Paso” dispuesta por Resolución N° 00008/13
del Directorio de la Agencia de Promoción de Empleo y Formación
Profesional y en los términos y condiciones establecidos en la misma,
para cinco mil (5.000) nuevos beneficiarios, por el período a partir
del 1° de enero y hasta el 31 de diciembre de 2014.
Cupos - Cupos Especiales
ARTÍCULO 2º.- LA ampliación del Programa Primer Paso está
destinada hasta un total de cinco mil (5.000) nuevos beneficiarios, y
de los cuales se asignarán los siguientes cupos especiales:
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Resolución N° 88 Córdoba, 5 de noviembre de 2013
VISTO: El Expediente Nº 0611-001292/2013, mediante el cual se
tramita la propuesta de entrega de Premios al Comercio de Córdoba
- Edición 2013 “Comercializá con el Ejemplo”.
Y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Nº 062 de fecha
28 de Agosto de 2013, este Ministerio dispuso instituir anualmente los
Premios al Comercio de Córdoba con el objetivo de implementar un
instrumento de promoción al comercio, orientado a reconocer y premiar
a comerciantes de la Provincia de Córdoba que hayan tenido
destacado desempeño durante el año.
Que en el citado instrumento legal se aprobaron las bases y
condiciones de los Premios al Comercio de Córdoba -Edición 2013
“Comercializá con el Ejemplo”, estableciéndose que se premiarán en
Córdoba Capital las categorías “Comerciante del Año”, “Comercio
Familiar con Trayectoria” y “Joven Comerciante Emprendedor,
replicándose las mismas categorías en el interior de la Provincia.
Asimismo se establece que se entregará un primer y único premio
por categoría y menciones para el segundo y tercer lugar, pudiendo
el jurado declarar desierta alguna categoría.
Que los primeros premios por cada categoría consisten en la entrega
de Pesos Diez Mil, certificado, entrevista y difusión del Comercio. Que
a fs. 18 obra Acta de Constitución del Jurado “Premios al Comercio de
Córdoba”, el cual es presidido por el suscripto e integrado por
representantes de la Federación Comercial de Córdoba, la Cámara
de Comercio de Córdoba, el Centro de Almaceneros, Autoservicios
y Comerciantes Minoristas, el Consorcio de Empresas de Servicios y
por el Sr. Secretario de Comercio de este Ministerio.
Que a fs. 19/20 se incorpora Acta de fecha 30 de Octubre de 2013,
mediante la cual el jurado, por unanimidad y por orden de mérito,
designa como ganadores a:
Por Categoría Comercio Familiar con Trayectoria, distrito
Capital Provincial:
1º Premio: La casa de los Paraguas de Alejandro Jorge Planas.
2º Premio: Casa Petroff-Petroff y Compañía S.R.L. de Pedro Pablo
Petroff.
MINISTERIO DE
INDUSTRIA,
COMERCIO y MINERÍA
Premios al Comercio
de Córdoba
Comercializá con el Ejemplo
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