Resolución N° 90

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición30 de Abril de 2014
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCII - Nº 75 CÓRDOBA, 22 de mayo de 20142
sobre Declaración de Voluntad Anticipada para una Muerte
Digna; designando a tales efectos a los Miembros de ella:
- Dr. Armando Segundo Andruet (h), Miembro de Número de la
Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba
y Profesor de posgrado;
- Escribana Ángela Victoria Bonetto de Cima, Presidente del
Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba;-
- Dr. Luis Carranza Torres, Secretario Académico de la Sala de
Bioética del Instituto de Estudios Jurídicos del Colegio de Abogados
de Córdoba;
- Dr. Manuel Cornet, Profesor Titular por Concurso de Derecho
Civil II de la Universidad Nacional de Córdoba;
- Dra. Analía Ester Cudolá, Decana de la Facultad de Medicina
de la Universidad Católica de Córdoba;
VIENE DE TAPA
Constitución... - Dra. María del Pilar Hiruela de Fernández, Profesora Titu-
lar por concurso de Filosofía del Derecho de la Facultad de
Derecho de la Universidad Católica de Córdoba y Fiscal Civil,
Comercial y Laboral de 2° Nominación del Poder Judicial de
Córdoba;
- Dr. Gustavo Irico, Decano de la Facultad de Ciencias Médicas
de la Universidad Nacional de Cordoba;
- Lic. En Enfermería Iris Alicia Maders, Docente de la cátedra
Responsabilidad legal, Bioética, Deontología, Carreras
Licenciatura en Enfermería de la Universidad Católica de
Córdoba;
- Dr. Daniel Morisse, Presidente del Distrito Regional Córdoba
de la Sociedad Argentina de Cardiología;
- Lic. Marcelo Polakoff, Rabino del Centro Unión Israelita de
Córdoba e integrante del COMIPAZ.
- Dr. Andrés Rousseu Salet, Sacerdote de la Arquidiócesis de
Córdoba, Médico Cirujano por la Universidad Nacional de
Córdoba y Delegado de Pastoral de la Salud en la Arquidiócesis
de Córdoba;
- Dr. Carlos Alberto Soriano, Miembro de la Comisión de Bioética
del Consejo de Médicos de la Provincia de Córdoba.
2°.- DESÍGNASE Presidente de la Comisión Consultiva
Interdisciplinaria al Doctor Armando Segundo Andruet (h).
3°.- DESÍGNASE Secretario Ejecutivo de la Comisión Consultiva
Interdisciplinaria al Dr. Julio Cesar Suárez y como Secretario de
Actas Dr. Hugo Emo Tangenti.
4°.- LAS funciones de los integrantes de la Comisión será en
carácter Ad-Honorem.
5º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese
en el Boletín Oficial y archívese.
DR. FRANCISCO JOSE FORTUNA
MINISTRO DE SALUD
CONTADURÍA GENERAL
DE LA PROVINCIA
Resolución N° 8 Córdoba, 20 de Mayo de 2014
VISTO: El Expediente N° 0698-104960/2014, en que se gestiona el cambio de afectación de
bienes muebles de la Dirección General de Ceremonial y Audiencias del Gobierno de la Provincia
de Córdoba, con destino a la Agencia Córdoba Cultura S.E.
Y CONSIDERANDO:
QUE a fs. 3/4 obra Acta de Entrega del Mobiliario de la Dirección General de Ceremonial y
Audiencias del Gobierno de la Provincia de Córdoba, al Salón de los Gobernadores, debidamente
suscriptas por los responsables pertinentes.
QUE a fs. 5/7 se agrega informe del Taller de Conservación Restauración, donde se describe y
detalla el estado de los muebles.
QUE a fs. 12 la Jefa de Área de Patrimonial de la Agencia Córdoba Cultura S.E. informa la
recepción de los bienes e informa que ya se encuentran físicamente en el Salón de los Gobernadores.
QUE el Artículo 124º inc. 3 c) del Decreto Nº 525/95 Reglamentario de la Ley 7631, disponen
que los cambios de afectación de bienes muebles dentro de la Administración General de la
Provincia serán autorizados por el Ministerio de Finanzas a través del Contador General de la
Provincia cuando se produzca entre organismos atendidos por Servicios Administrativos de distinta
jurisdicción.
QUE el Artículo 149º del Anexo ¿A¿ de la Resolución Nº 04/2011de la Secretaría de Administración
Financiera del Ministerio de Finanzas, establece que habrá cambio de afectación cuando se
produzca la transferencia de la administración de los bienes, por cambio de asignación de destino
entre organismos de la Administración General de la Provincia. El cambio de afectación implica una
baja y alta simultánea en los inventarios de las jurisdicciones intervinientes.
POR ELLO, y lo dispuesto por el Art. 124 Inc. 3 c.) del Decreto Nº 525/95 reglamentario de la Ley
7631, y Art. 149º del Anexo “A”de la Resolución Nº 04/2011 de la Secretaría de Administración
Financiera.
LA CONTADORA GENERAL DE LA PROVINCIA
R E S U E LV E:
ARTÍCULO 1°: AUTORIZAR el cambio de afectación de los bienes muebles de la Dirección
General de Ceremonial y Audiencia del Gobierno de la Provincia de Córdoba, entregados a la
Agencia Córdoba Cultura S.E. para ser expuestos en el Salón de los Gobernadores, los que están
detallados en el Anexo I de 1 (una) foja, y que forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º: ORDENAR a las reparticiones intervinientes que confeccionen dentro de los
treinta días, el alta y la baja patrimonial, según corresponda, de los bienes muebles transferidos.
ARTÍCULO 3°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese y archívese.
CRA. MIRIAM B. FRONTERA
CONTADORA GENERAL DE LA PROVINCIA
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/min_08_r8.pdf
MINISTERIO DE
FINANZAS
Resolución N° 90 Córdoba, 30 de Abril de 2014
VISTO: El expediente Nº 0027-052971/2014, por el que se propicia la formalización de
compensaciones de Recursos Financieros, asignados por el Presupuesto General de la Administración
Provincial vigente - Ley Nº 10176.
Y CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 1966/09, modificatorio del Artículo 31 del Anexo I del Decreto Nº 150/04, se
faculta a los titulares de cada uno de los Poderes y Jurisdicciones de la Administración Central a
autorizar las modificaciones presupuestarias compensadas entre los créditos asignados dentro de su
misma jurisdicción adecuando los montos, fuentes de financiamiento, plazos, alcance y toda otra que
corresponda en los Proyectos de Inversión incluidos en el Plan de Inversiones Públicas, a los fines
de reflejar las modificaciones que se dispongan durante su ejecución.
Que asimismo, la normativa legal dispone que se formalicen dichas modificaciones mediante el
dictado de una Resolución mensual.
Que en el mes de marzo de 2014 este Ministerio autorizó las Compensaciones N° 7 a 16
correspondientes a la Jurisdicción 115- Ministerio de Finanzas- y N° 2 y 3 a la Jurisdicción 1.70 -
Gastos Generales de la Administración-, conforme con el Reporte SUAF Documento de Autorización
de Modificación de Crédito Presupuestario, suscripto por la Directora General de Administración de
este Ministerio.
Que las modificaciones efectuadas encuadran en las disposiciones legales vigentes, de acuerdo
con lo dispuesto por los artículos 31 y 110 in fine de la Ley Nº 9086.Por ello, atento las actuaciones
cumplidas y de acuerdo con lo dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al Nº 147/2014,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- FORMALIZAR las compensaciones de Recursos Financieros del Presupuesto
General de la Administración Provincial, correspondientes al mes de marzo de 2014 detalladas en el
Reporte SUAF Documento de Autorización de Modificación de Crédito Presupuestario, suscripto por
la Directora General de Administración de este Ministerio, el que como Anexo I con dos (2) fojas
útiles, forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia, a
Contaduría General de la Provincia, a la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas,
comuníquese a la Legislatura, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/min_08_r90.pdf

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