Resolución N° 84
Emisor | Direccion General de Escuelas - Direccion Educacion Tecnica y Trabajo |
Fecha de la disposición | 20 de Mayo de 2014 |
RESOLUCIÓN N° 84
Mendoza, 20 de mayo de 2014
Visto, el Expediente N° 13650-D-13, por el que se tramita la aprobación de los Cursos de Capacitación Laboral presentados por el "Centro Integral Visión Educativa Regional VER", y;
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 1303-DGE-97 de Dirección General de Escuelas se reglamenta la actividad de los Institutos No formales de Capacitación Laboral de Gestión Privada;
Que en los Artículos 5°, 6° y 7° de la mencionada norma legal, se especifica la incumbencia que cabe a esta Dirección;
Que por Resolución Nº 048-DETyT-13 de la Dirección de Educación Técnica y Trabajo, se especifican los requisitos para la presentación, aprobación y supervisión de los Cursos de Capacitación, cuyos certificados serán equivalentes a los emitidos por los Centros de Capacitación para el Trabajo, que dependen de esta Dirección;
Que la propuesta presentada por el instituto "Centro Integral Visión Educativa Regional VER", inscripto en Educación Privada como Instituto Privado de Capacitación Laboral N° 3139, cumple con los requisitos establecidos, habiendo sido la misma evaluada y aprobada.
Por ello
LA DIRECTORA
DE EDUCACIÓN TÉCNICA
Y TRABAJO
RESUELVE:
Apruébense los Cursos:" Estética Facial", "Maquillaje", "Auxiliar de Peluquería" y la correspondiente carga horaria conforme a la evaluación de la propuesta curricular que figura en el Anexo de la presente Resolución.
Autorícese al Instituto "Centro Integral Visión Educativa Regional VER", inscripto en Educación Privada como Instituto Privado de Capacitación Laboral Nº 3139, a dictar los cursos detallados en el Artículo 1º.
Determínese un período de tres años durante el cual podrán dictarse los Cursos aprobados. Cumplido ese plazo, la institución podrá presentar una nueva propuesta curricular.
Desígnese a la Inspectora de la Sección 5 de los Centros de Capacitación para el Trabajo de la Dirección de Educación Técnica y Trabajo para la supervisión correspondiente a dichos Cursos.
Establézcase que sólo serán certificados los Cursos que figuran en el Anexo de la presente Resolución de aprobación, que hayan cumplimentado los requisitos de asistencia y evaluación.
Dispóngase que la presente Resolución tendrá vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
Comuníquese a quienes corresponda e insértese en el Libro de Resoluciones.
Laura Lucero
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ANEXO
Curso: estética Facial
Duración: 48 (cuarenta y ocho) horas reloj.
Objetivos:
Aplicar, combinar y adaptar las técnicas de estética facial adecuadas en función del estudio realizado en la piel.
Seleccionar las formas cosmetológicas teniendo en cuenta su composición química y el tipo de piel sobre el que se va aplicar.
Adoptar estrategias de prevención y corrección en las pieles sanas.
Destreza manual para manipular los diferentes elementos e instrumental de gabinete.
Ejercer con responsabilidad su profesión, reconociendo límites y derivando al profesional competente cuando corresponda, de acuerdo con las distintas lesiones que se puedan presentar.
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