Resolución N° 69

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición 5 de Agosto de 2014
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCV - Nº 128 CÓRDOBA, 6 de agosto de 20144
Docente de Gestión Pública (Estatal y Privada) según se detalla
en el Anexo X, que compuesto de cuatro (4) fojas forma parte
de este instrumento legal.
ARTÍCULO 11°.- AUTORIZAR para las cohortes 2013 y 2014,
la implementación de los planes de estudios aprobados por
Resolución Ministerial N° 147/13 (Profesor/a de Educación
Secundaria en Economía) en los Institutos de Nivel Superior de
Formación Docente de Gestión Pública (Estatal y Privada), según
se detalla en el Anexo XI, que compuesto de una (1) foja forma
parte de este instrumento legal.
ARTÍCULO 12°.- AUTORIZAR para las cohortes 2013 y 2014,
la implementación de los planes de estudios aprobados por
Resolución Ministerial N° 96/14 (Profesor/a de Inglés) en los
Institutos de Nivel Superior de Formación Docente de Gestión
Pública (Estatal y Privada) según se detalla en el Anexo XII, que
compuesto de una (1) foja forma parte de este instrumento legal.
ARTÍCULO 13°.- DEROGAR parcialmente la Resolución Nº
761/11 de este Ministerio en sus artículos 1º y 2º y Anexos
referidos a las carreras Profesor/a de Educación Secundaria en
Antropología, Profesor/a de Ciencias Sagradas, Profesor/a de
Educación Secundaria en Sociología y Profesor/a de Educación
Secundaria en Filosofía.
ARTÍCULO 14°.- AUTORIZAR para las cohortes 2012,
2013 y 2014, la implementación de los planes de estudios
aprobados por Resolución Ministerial N° 129/14 (Profesor/a de
Educación Secundaria en Antropología); 130/14 (Profesor/a de
Ciencias Sagradas); 135/14 (Profesor/a de Educación
Secundaria en Filosofía) y 189/14 (Profesor/a Educación
Secundaria en Sociología) en los Institutos de Nivel Superior de
Formación Docente de Gestión Pública (Estatal y Privada), según
se detalla en el Anexo XIII, que compuesto de una (1) foja forma
parte de este instrumento legal.
ARTÍCULO 15°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/min_03_r713.pdf
Resolución N° 77 Córdoba, 24 de Julio de 2014
EXPTE. N° 0033-088049/2014.-
VISTO lo informado por el Área Tecnología Informática respecto a la necesidad de incorporar en la
Base de Datos las mejoras detectadas en las parcelas que se detallan en el listado Anexo, con motivo de
la interpretación de imágenes satelitales Quick Bird del año 2012 en la Localidad de Brinkmann, Provincia
de Córdoba;
Y CONSIDERANDO:
Que mediante el análisis de dichas imágenes se ha podido verificar la existencia de mejoras sobre
parcelas que se encuentran registradas como Baldíos en la Base de Datos;
Que por ello, con el objeto de garantizar los principios de legalidad, equidad y capacidad contributiva
en la percepción del impuesto inmobiliario, consagrados en el Art. 71 de la Constitución de la Provincia
de Córdoba, en ejercicio de la facultad conferida a esta Dirección por artículo 10 bis de la Ley N° 5057,
y de conformidad al artículo 137 del Código Tributario (Ley 6006 T. O.), corresponde disponer la
incorporación a los Registros Catastrales de las mejoras detectadas, a fin de que impacte en la valuación
de dichos inmuebles y consecuentemente en la Base Imponible.
Que asimismo, atento que las imágenes referidas datan del año 2012, corresponde asignarles la
vigencia establecida en el art. 25 de la Ley N° 5057, a partir del 1° de Enero de 2013.
Que el procedimiento implementado no exime al contribuyente del cumplimiento de la obligación de
denun-ciar cualquier cambio que pueda modificar la valuación de sus inmueble (artículo 45 inciso
“c” de la Ley 5057).
Atento lo manifestado, dispositivos legales citados, lo dispuesto por el Decreto 1443/02 y sus prórrogas,
y las facultades acordadas a esta Dirección por la Ley N° 5057;
EL DIRECTOR GENERAL DE CATASTRO
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- Incorporar a los registros catastrales con la vigencia a partir del 1° de Enero del año
2013, las mejoras detectadas como resultado de la interpretación de imágenes satelitales de la Localidad
de Brinkmann, Provincia de Córdoba, en relación a las parcelas que se detallan en el listado anexo.
ARTÍCULO 2º.- Protocolícese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
ING. AGRIM. GUSTAVO M. GARCIA
DIRECTOR GENERAL
DIRECCION GENERAL DE CATASTRO
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/dgc_r77.pdf
Resolución N° 78 Córdoba, 24 de Julio de 2014
EXPTE. N° 0033-088051/2014
VISTO lo informado por el Área Tecnología Informática respecto a la necesidad de incorporar en la
Base de Datos las mejoras detectadas en las parcelas que se detallan en el listado Anexo, con motivo de
la interpretación de imágenes satelitales Quick Bird del año 2012 en la Localidad de Brinkmann, Provincia
de Córdoba;
Y CONSIDERANDO:
Que mediante el análisis de dichas imágenes se ha podido verificar que existe diferencia entre las
mejoras incorporadas en la Base de Datos con las que surgen en las mismas;
Que por ello, con el objeto de garantizar los principios de legalidad, equidad y capacidad contributiva
en la percepción del impuesto inmobiliario, consagrados en el Art. 71 de la Constitución de la Provincia
de Córdoba, en ejercicio de la facultad conferida a esta Dirección por artículo 10 bis de la Ley N° 5057,
y de conformidad al artículo 137 del Código Tributario (Ley 6006 T. O.), corresponde disponer la
incorporación a los Registros Catastrales de las mejoras detectadas, a fin de que impacte en la valuación
de dichos inmuebles y consecuentemente en la Base Imponible;
Que asimismo, atento que las imágenes referidas datan del año 2012 corresponde asignarles la
vigencia establecida en el artículo 25 de la Ley N° 5057, a partir del 1° de Enero del 2013;
Que el procedimiento imple-mentado no exime al contribuyente del cumplimiento de la obligación de
denunciar cualquier cambio que pueda modificar la valuación de sus inmuebles (artículo 45 inciso “c” de
la Ley 5057);
Atento lo manifestado, dispositivos legales citados, lo dispuesto por el Decreto 1443/02 y sus prórrogas,
y las facultades acordadas a esta Dirección por la Ley N° 5057;
EL DIRECTOR GENERAL DE CATASTRO
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- Incorporar a los registros catastrales con la vigencia a partir del 1° de Enero del año
2013, las mejoras detectadas como resultado de la interpretación de imágenes satelitales de la Localidad
de Brinkmann, Provincia de Córdoba, en relación a las parcelas que se detallan en el listado anexo.
ARTÍCULO 2º.- Protocolícese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
ING. AGRIM. GUSTAVO M. GARCIA
DIRECTOR GENERAL
DIRECCION GENERAL DE CATASTRO
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/dgc_r78.pdf
DIRECCIÓN GENERAL DE
CATASTRO
DIRECCION DE
ADMINISTRACN
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 69 Córdoba, 5 de Agosto de 2014
VISTO: El expediente Nº 0027-053643/2014, por el que se
gestiona el cambio de afectación de un armario de melamina
roble perteneciente a esta Dirección General, con destino a la
Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales.
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 3 obra acta de entrega y recepción del bien mueble
en cuestión.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo prescripto por el
inciso 3 a) del Artículo 124 del Decreto N° 525/95 reglamentario
de la Ley N° 7631 y Artículo 149 de la Resolución N° 4/11 de
la Secretaría de Administración Financiera, lo informado por
Contaduría General de la Provincia al N° 10-198/14 y por el
Área Contrataciones de esta Dirección General a fs. 4 y de
acuerdo con lo dictaminado por el Área Legales de este
Ministerio al Nº 359/14,
LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR el cambio de afectación de un
(1) armario de melamina roble, número de inventario: ID
12550000050762 perteneciente a esta Dirección General, con
destino a la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales.

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