Resolución N° 685

EmisorDirección Provincial de Vialidad
Fecha de la disposición16 de Octubre de 2013
CÓRDOBA, 4 de setiembre de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCVI - Nº 148 Primera Sección 13
que salvo otro criterio de la Superioridad,
podría accederse a lo peticionado bajo las
condiciones expresadas en el mismo.
Que el Departamento II Asesoría Jurídica en
Dictamen N° 606/13 que luce en autos, señala
que en virtud de lo expuesto, y previo darse
cumplimiento a las disposiciones de las
Resoluciones N° 0133, de fecha 30/03/01 y
N° 002, de fecha 03/01/08, no tiene desde el
punto jurídico observaciones que formular, por
lo que de compartir el criterio señalado, puede
esa Superioridad, en atención a las facultades
acordadas por el Art. 5 inc. a) de la Ley N°
8555, prestar aprobación a lo solicitado
debiendo el solicitante, cumplimentar lo indicado
por el Departamento I Conservación de
Pavimentos.
Que cumplimentando lo dispuesto por
Resolución N° 0133/01, se ha procedido a
estimar los costos de inspección a cargo de la
peticionante, los cuales ascienden a la suma
de $ 1.000,00, habiendo la solicitante
depositado dicho importe según copia de
constancia que obra en autos (fs. 54).
POR ELLO, atento a los informes producidos,
lo dictaminado por el Departamento Asesoría
Jurídica, las facultades conferidas por la Ley
N° 8555 y las previsiones de la Resolución N°
0133/01;
EL DIRECTORIO DE LA DIRECCIÓN
PROVINCIAL DE VIALIDAD
R E S U E L V E
Art. 1°.- Autorizar, con carácter precario, a la
Cooperativa de Aguas Corrientes y Servicios
Públicos de Villa General Belgrano Ltda., a
utilizar zona de camino, para que por su cuenta
y cargo, proceda a ejecutar la Obra Cañería
de Impulsión para abastecimiento de agua po-
table al Sector Oeste de la localidad de Villa
General Belgrano, que consisten en un tendido
subterráneo y cruces de cañería de PVC D°
160mm. Clase 10, así como también la
ejecución e instalación de dispositivos de
operación y maniobra tales como cámaras de
desagüe, válvulas de aire y válvulas esclusas,
que hacen al funcionamiento de la instalación,
en zona de camino de la Ruta Provincial S-210
en el tramo comprendido entre la intersección
con la Ruta Provincial S-271 y la intersección
con la Ruta Provincial S-373, bajo las
condiciones establecidas en la Resolución N°
0133 de fecha 30/03/01 y las que a continuación
se detallan:
a) Las obras se construirán de acuerdo
a planos y especificaciones del proyecto
respectivo y planos rectificativos.-
b) Se deberá respetar una tapada mínima
en todo el tendido de 1,20m. con respecto a la
cota de fondo de los canales existentes/cordón
cuneta existente.-
c) Las obras podrán ejecutarse a cielo
abierto, debiendo recompactar el suelo de
tapada con equipos adecuados en capas no
superiores a 0,20m. de espesor y a una
densidad igual o mayor al terreno natural para
posteriormente reponer en todas sus
características la estructura existente a sus
condiciones actuales.-
d) Los cruces deberán realizarse con
perforación a mecha, máquina tunelera o simi-
lar, sin afectar calzadas ni banquinas. Los pozos
de operaciones no deberán afectar los
terraplenes y situarse de modo de dejar
expeditas las banquinas.-
e) No podrán bajo ningún concepto
alterarse las actuales condiciones de drenaje
superficial existente en la zona de camino.-
f) Se deberá retirar todos los elementos
sobrantes de obra, como así también montículos
de suelo u otro material que pudieran
obstaculizar la conservación de banquinas y
préstamos.-
g) Se deberá disponer en obra a fin de
evitar accidentes mientras se realicen los
trabajos y hasta su conclusión, de la adecuada
señalización diurna y nocturna en un todo de
acuerdo al Pliego General de Especificaciones
para el Mantenimiento del Tránsito y Medidas
de Seguridad.-
h) Los trabajos se ejecutarán a exclusiva
cuenta y cargo de Cooperativa de Aguas
Corrientes y Servicios Públicos de Villa Gene
ral Belgrano Ltda.-
i) La Dirección Provincial de Vialidad
queda liberada de toda responsabilidad por
daños ocasionados a terceros y/o a la Dirección
misma, debiendo la Cooperativa de Aguas
Corrientes y Servicios Públicos de Villa Gen-
eral Belgrano Ltda. tomar todas las medidas
necesarias para asegurar el libre y seguro
tránsito y la accesibilidad al barrio en todo
momento.-
j) Se comunicará a esta Dirección y con
la debida anticipación, la fecha de inicio y fin de
las obras, a fin de realizar las inspecciones
correspondientes.-
k) Cuando las necesidades de esta
Dirección así lo requieran y a su exclusivo
juicio, la Cooperativa de Aguas Corrientes y
Servicios Públicos de Villa General Belgrano
Ltda. procederá a remover y/o retirar por su
exclusiva cuenta y cargo las instalaciones
especificadas, dentro del plazo que a tal fin se
establezca, y renunciando a todo derecho que
por cualquier concepto pudiere corres
ponderle.-
Art. 2°.- El Departamento I Conservación
de Pavimentos será el encargado de solicitar a
la peticionante la prórroga de la Póliza por
Responsabilidad Civil presentada si fuere
necesario.-
Art. 3°.- Autorizar al Departamento I
Administración y Personal a devolver y/o
ejecutar, finalizado el período de garantía, las
pólizas que en oportunidad de la solicitud fueran
presentadas.-
Art. 4°.- Dejar establecido que el
Departamento I Conservación de Pavimentos
deberá llevar un registro de este tipo de
autorizaciones para ser insertado en el
inventario respectivo.-
Art. 5°.- Protocolícese, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial, dése
copia al Ministerio de Infraestructura y pase
al Departamento II Secretaría General.-
ING. RAÚL BERTOLA
PRESIDENTE
CR. CARLOS A. PEREZ
VOCAL
Resolución N° 685
Córdoba, 16 de Octubre de 2013.-
VISTO: Las presentes actuaciones
mediante las cuales se eleva para su
aprobación el Acta de Asamblea General Or-
dinaria Nº 169, referida a la renovación
parcial de Autoridades del Consorcio Caminero
N° 23, Tancacha, en cumplimiento de lo
dispuesto por los Arts. 18°, 15° y 35º de la Ley
N° 6233.
Y CONSIDERANDO:
Que de la documentación acompañada -
copia del Acta de Asamblea General Ordinaria
realizada el 03 de Julio de 2013 e informe del
Departamento I Conservación Caminos de
Tierra- surge que dicha Asamblea ha procedido
a renovar parcialmente los miembros de la
Comisión Directiva.
Que el Departamento II Asesoría Jurídica en
Dictamen N° 608/13 que luce en autos, señala
que no tiene objeción jurídico que formular, por
lo que de así estimarlo esa Superioridad, puede
dictar instrumento legal prestando aprobación
a la documentación indicada supra, en virtud
de las facultades conferidas por el Art. 3º de la
Ley Nº 8555, en concordancia con lo dispuesto
por los Arts. 16 inc. c) y 22 de la Ley N° 6233.
POR ELLO,
atento a los informes producidos, lo
dictaminado por el Departamento II Asesoría
Jurídica, las facultades conferidas por la Ley
Provincial N° 8555 y las previsiones de la Ley
N° 6233;
EL DIRECTORIO DE LA DIRECCIÓN
PROVINCIAL DE VIALIDAD
R E S U E L V E
Art.1°.- Aprobar el Acta N° 169 corres
pondiente a la Asamblea General Ordinaria
del Consorcio Caminero N° 23, Tancacha,
efectuada el 03 de Julio de 2013, referida a la
renovación parcial de los miembros de la
Comisión Directiva de dicho Consorcio, cuyos
mandatos regirán a partir del día 10 de
Noviembre de 2013 y por el término de cuatro
(4) años, de acuerdo al siguiente detalle: Vice-
Presidente: Edgardo TOSCO D.N.I. N°
06.599.017 - Tesorero: Darío VALLA D.N.I.
N° 23.990.478 - 1° Vocal: Federico CRAVERO
D.N.I N° 10.302.229 - 2° Vocal: José
PASQUERO D.N.I. N° 11.225.090
Art.2°.- Hacer saber al Consorcio Caminero
de que se trata, que deberá presentar ante
esta Dirección su Estatuto Social en original, a
efectos de su aprobación.-
Art.3°.- Protocolícese, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial, dése copia al
Ministerio de Infraestructura y pase al
Departamento II Secretaría General.-
ING. RAÚL BERTOLA
PRESIDENTE
ARMANDO F. SCHIAVONI
VOCAL
Resolución N° 682
Córdoba, 11 d e Octubre de 2013.-
VISTO: Las presentes actuaciones en
las cuales se eleva el Proyecto,
presupuesto y demás documentación
técnica de los trabajos correspondientes
a la Obra "Construcción de nueve (09)
dársenas para Control de Cargas", cuyo
Presupuesto Oficial asciende a la suma de $
2.868.084,00.
Y CONSIDERANDO:
Que conforme se desprende del informe
del Coordinador de la Unidad de Sistema
Provincial de Control de Pesos y
Dimensiones, resulta imposible desarrollar
un proceso licitatorio sin perjudicar el
interés público, lo que da fundamento para
instrumentar una adjudicación directa con previo
pedido de cotización de precios en los términos
señalados por el Art. 7 inc. b) y último
párrafo de la Ley de Obras Públicas.
Que asimismo se acompaña a fs. 03/20,
Pliego de Especificaciones Técnicas,
Cómputo Métrico, Presupuesto Oficial por $
318.676,00 (valor por unidad) y Esquema
de Dársenas para control de cargas.
Que el Departamento I Administración y Per-
sonal procedió a la confección del pertinente
Documento Contable a nivel de Nota de Pedido
N° 2013/00001760.
Que el Departamento II Asesoría Jurídica en
Dictamen N° 621/13 que luce en autos, señala
que por todo lo expuesto no tiene otra
observación que formular, por ello y
conforme lo normado por la Ley N° 8555,
Ley N° 5901 (T.O. 6300), y lo previsto
por el Art. 7 inc. b) de la Ley N° 8614, la
Superioridad se encuentra facultada para
dictar instrumento legal autorizando la
convocatoria a cotizar precios para le
ejecución de los trabajos de marras e im-
pute la suma de $ 2.868.084,00.
POR ELLO,
atento los informes producidos, lo
dictaminado por el Departamento II
Asesoría Jurídica, las facultades
conferidas por la Ley Provincial N° 8555,
Ley N° 5901 (T.O. 6300) y Ley N° 8614.
EL DIRECTORIO DE LA DIRECCIÓN
PROVINCIAL DE VIALIDAD
R E S U E L V E
Art. 1°.- Aprobar el Proyecto,
Presupuesto y demás documentación
técnica que se acompaña en autos, de los
trabajos correspondientes a la obra
"Construcción de nueve (09) dársenas para
Control de Cargas", cuyo Presupuesto
Oficial asciende a la suma de Pesos DOS
MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y
OCHO MIL OCHENTA Y CUATRO ($
2.868.084,00).-
Art. 2°.- Autorizar el llamado a Cotización
de Precios para la contratación directa de
los trabajos de que se trata.-““Art. 3°.-
Imputar la suma de Pesos DOS MILLONES
OCHO CIENTOS SESENTA Y OCHO MIL
OCHENTA Y CUATRO ($ 2.868.084,00),
conforme lo indica el Departamento I
Administración y Personal en su Documento
de Contabilidad (Nota de Pedido N° 2013/
001760), de acuerdo al siguiente detalle:
Jurisdicción 1.50 - Programa 504-002 -
Partida 12.06.00.00 - Centro de Costo 5768
- Presupuesto Vigente $ 2.868.084,00
Art. 4°.- Protocolícese, comuníquese, publí
quese en el Boletín Oficial, dése copia al
Ministerio de Infraestructura y pase al
Departamento II Secretaría General.-
ING. RAÚL BERTOLA
PRESIDENTE
CR. CARLOS A. PEREZ
VOCAL

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