Resolución N° 440

EmisorDirección general de arquitectura
Fecha de la disposición10 de Junio de 2014
CÓRDOBA, 3 de setiembre de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCVI - Nº 147 Primera Sección 7
de Infraestructura, tome razón el H. Tribunal de Cuentas, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y
PASE a División Licitaciones y Contratos a sus efectos.
ARQ. ANDRES E. CAPARROZ
DIRECTOR GENERAL DE ARQUITECTURA
Resolución N° 440
Córdoba, 10 de junio de 2014
EXPEDIENTE Nº 0047-002504/2013
VISTO este expediente en el que obran las actuaciones relacionadas con la Licitación Privada N°
87/2013, efectuada el día 26/12/13, para contratar la ejecución de la obra: “Pintura y Reparaciones
Generales en la ESCUELA 25 DE MAYO, ubicada en calle Congreso N° 235 - B° Centro -
DESPEÑADEROS - Departamento Santa María - Provincia de Córdoba”, con un Presupuesto
Oficial de $ 824.200,58.-, conforme la autorización acordada por Resolución N° 915/13;
Y CONSIDERANDO:
QUE a fs. 43/50 corren agregadas constancias de las invitaciones cursadas a ocho (8) firmas del
medio, habiéndose receptado las propuestas que da cuenta el Acta de fs. 93, a saber: INGENIERÍA
CONSTRUCTORA S.R.L., OLMEDO DIEGO ORLANDO y DINACONS S.R.L.;
QUE a fs. 95/95 vta., obra informe elaborado por la Comisión de Estudio de Ofertas designada por
Resolución N° 009/2014, expresando que la totalidad de los oferentes cumplimentan en forma
acabada e íntegra con la documentación requerida por el Art. 10 del PPC, acreditando así la capacidad
jurídica y técnica para obligarse contractualmente con la Administración, procediendo en consecuencia
al análisis comparativo de las propuestas presentadas, elaborando el siguiente cuadro:
EMPRESA MONTO DE OFERTA % S/ P.O.
INGENIERÍA
CONSTRUCTORA S.R.L. $ 989.463,52.- + 20.00 %
OLMEDO DIEGO ORLANDO $ 982.983,52.- + 19.22 %
DINACONS S.R.L. $ 991.733,32.- + 20.78 %
QUE de conformidad con el análisis efectuado a tenor de lo dispuesto por el Art. 13 del P.P.C. como
así también de la documentación obrante en autos, es criterio de esa Comisión que la propuesta más
conveniente en los términos del Art. 29 de la Ley de Obras Públicas, es la presentada por la Empresa
OLMEDO DIEGO ORLANDO, cuya oferta asciende a la suma de $ 982.983,52.-, representando un
porcentaje superior del 19.22% de variación respecto del Presupuesto Oficial, aconsejando en
consecuencia su adjudicación, salvo mejor criterio de la Superioridad;
QUE a fs. 97/97 vta. se expide División Jurídica, mediante Dictamen Nº 189/2014, concluyendo que
atento las constancias de autos, lo dispuesto por los arts. 2; 4; 9 y 29 de la Ley de Obras Públicas
8614, el art. 11 de la Ley Normativa de Ejecución de Presupuesto (T.O. por Ley 6300 y sus
modificatorias) y las facultades conferidas por el Decreto 2773/11, puede el Señor Director General
dictar Resolución adjudicando los trabajos de que se trata a la Empresa OLMEDO DIEGO OR-
LANDO, por la suma $ 982.983,52.- conforme se propicia;
QUE a fs. 102 corre agregado Certificado de Habilitación para Adjudicación expedido por el Registro
de Constructores de Obra, presentado por la firma OLMEDO DIEGO ORLANDO en cumplimiento
con la normativa vigente;
ATENTO ELLO,
EL SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE ARQUITECTURA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- APROBAR lo actuado con relación a la Licitación Privada N° 87/13 efectuada el 26
de Diciembre de 2013 para contratar la ejecución de la obra: “ Pintura y Reparaciones Generales en
la ESCUELA 25 DE MAYO, ubicada en calle Congreso N° 235 - B° Centro - DESPEÑADEROS -
Departamento Santa María - Provincia de Córdoba”, conforme las razones expuestas en
considerandos, las que se dan por reproducidas en esta instancia.-
ARTICULO 2º.- ADJUDICAR la ejecución de l os trabajos enunciados en el artículo anterior a
la firma OLMEDO DIEGO ORLANDO, conforme la propuesta aceptada de fs. 68 y presupuesto de fs.
69/70, por la suma de PESOS NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS OCHENTA
Y TRES CON CINCUENTA Y DOS CENTAVOS ($ 982.983,52.-) cantidad que se autoriza invertir,
debiendo suscribirse el contrato correspondiente, para lo cual el adjudicatario cumplimentará los
requisitos que a tal fin se establecen en la documentación contractual, autorizándose la devolución de
las garantías constituidas en concepto de mantenimiento de oferta a la totalidad de los oferentes.-
ARTICULO 3º.- IMPUTAR el egreso que demande la presente adjudicación conforme lo indica la
Dirección General de Administración del Ministerio de Infraestructura, en Documento de Contabilidad
- Nota de Pedido Nº 2014/000527 (fs. 100) con cargo a la Jurisdicción 1.50 - Programa 506-005 -
Partida 12.06.00.00 Obras - Ejecución por Terceros del P.V.-
ARTICULO 4º.- PROTOCOLICESE, intervenga la Dirección General de Administración del Ministerio
de Infraestructura, tome razón el H. Tribunal de Cuentas, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial
y PASE a División Licitaciones y Contratos a sus efectos.
ARQ. ANDRES E. CAPARROZ
DIRECTOR GENERAL DE ARQUITECTURA
Resolución N° 636
Córdoba, 25 de Septiembre de 2013
VISTO: Las presentes actuaciones mediante las cuales se eleva
para su aprobación el Acta de Asamblea General Ordinaria
donde consta la renovación parcial de las autoridades del Consorcio
Caminero Nº 298, de Colonia Tirolesa, en cumplimiento de lo
dispuesto por la Ley Provincial N° 6233 y la Ley Nº 8030.
Y CONSIDERANDO:
Que de la documentación acompañada, consistente en la copia
del Acta de Asamblea General Ordinaria Nº 30 realizada el 10 de
Julio de 2013, e informe del Departamento I Conservación Caminos
de Tierra, surge que dicha Asamblea ha procedido a renovar
parcialmente los miembros de la Comisión Directiva y Comisión
Revisora de Cuentas del citado Consorcio.
Que por Decreto Nº 043/13, de la Municipalidad de Colonia
Caroya designa al Señor Horacio Pedro RIZZO - L.E. Nº
04.422.786, a efectos de ocupar el cargo de 4º Vocal en el Consorcio
de que se trata.
Que el Departamento II Asesoría Jurídica en Dictamen N° 550/13
que luce en autos, concluye que no tiene objeción jurídico formal
que formular, por lo que de así estimarlo esa Superioridad, puede
prestar aprobación a la documentación y designación de
autoridades, en virtud de las facultades conferidas por la Ley N°
8555 Art. 3° inc. e), en concordancia con lo dispuesto por el Art. 16
inc. c) de la Ley N° 6233.
POR ELLO, atento a los informes producidos, lo dictaminado por
el Departamento II Asesoría Jurídica, las facultades conferidas por
la Ley Provincial N° 8555 y las previsiones de la LeyN° 6233;
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE
VIALIDAD
EL DIRECTORIO DE LA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Acta de Asamblea General Ordinaria
Nº 30 del Consorcio Caminero Nº 298, de Colonia Caroya,
efectuada el 10 Julio de 2013, referida a la renovación parcial de
los miembros de la Comisión Directiva y Comisión Revisora de
Cuentas de dicho Consorcio, cuyos mandatos regirán a partir de la
fecha de la presente Resolución, y por el término de cuatro (4)
años, de acuerdo al siguiente detalle:
Presidente: Humberto TOMLLENOVICH. . D.N.I. N°
06.383.170Secretario: Hugo R. TORASSA. . . . . ........ D.N.I. N°
06.391.3573° Vocal: Daniel O. FERNANDEZ. . . . . . . . D.N.I. N°
11.978.910
(Persona de Representación Necesaria de la Municipalidad de
Colonia Caroya s/Decreto Nº 043/13):
4° Vocal: Horacio P. RIZZO. . . . L.E. N° 04.422.786
1º Rev.de Cuentas: Edelberto BLANGINO - D.N.I. N° 13.157.912
2º Rev.de Cuentas: Esteban GHELLI. D.N.I. N° 13.157.998
ARTÍCULO 2°.- Protocolícese, comuníquese, publíquese en el
Boletín Oficial, dése copia al Ministerio de Infraestructura y pase al
Departamento II Secretaría General.-
ING. RAÚL BERTOLA
PRESIDENTE
ARMANDO F. SCHIAVONI
VOCAL
Resolución N° 637
Córdoba, 25 de Septiembre de 2013
VISTO: Las presentes actuaciones mediante las cuales se eleva
para su aprobación el Acta de Asamblea General Ordinaria
Nº 662, referida a la renovación parcial de Autoridades del
Consorcio Caminero N° 109, Colonia Las Pichanas, en
cumplimiento de lo dispuesto por los Arts. 18°, 15° y 35º de
la Ley N° 6233.
Y CONSIDERANDO:
Que de la documentación acompañada - copia del Acta de
Asamblea General Ordinaria realizada el 26 de Junio de
2013 e informe del Departamento I Conservación Caminos
de Tierra- surge que dicha Asamblea ha procedido a renovar
parcialmente los miembros de la Comisión Directiva.
Que el Departamento II Asesoría Jurídica en Dictamen N°
552/13 que luce en autos, señala que no tiene objeción
jurídico que formular, por lo que de así estimarlo esa
Superioridad, puede dictar instrumento legal prestando
aprobación a la documentación indicada supra, en virtud de
las facultades conferidas por el Art. 3º de la Ley Nº 8555, en
concordancia con lo dispuesto por los Arts. 16 inc. c) y 22 de
la Ley N° 6233.
POR ELLO, atento a los informes producidos, lo
dictaminado por el Departamento II Asesoría Jurídica, las
facultades conferidas por la Ley Provincial N° 8555 y las
previsiones de la Ley N° 6233;

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