Resolución N° 387

EmisorSecretaría de Educación
Fecha de la disposición23 de Julio de 2014
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCIV - Nº 120 CÓRDOBA, 25 de julio de 20142
juegan las emociones y los sentimientos en la existencia humana y
en las relaciones interpersonales; ofrecer una Filosofía innovadora
que desmitifique la filosofía abstracta y viciada de contenidos vitales;
motivar a los estudiantes la pasión por el saber filosófico, así como
promover la actualización docente en contenidos, metodologías y
bibliografía.
Que la temática propuesta para esta edición es “Las razones del
corazón” Filosofía y pasión. La que se trabajará en base a los ejes:
“Sensatez y Sentimientos” Entre la razón y los deseos; “Siento,
luego existo” Los sentidos de la vida; “Podemos vivir solos” Individuo,
sociedad y redes.
Que este Ministerio estima conveniente declarar el encuentro de
Interés Educativo, dado el aporte que significa en la profundización
de los aprendizajes filosóficos que integran los Núcleos de
Aprendizajes Prioritarios plasmados en el Currículum Provincial,
así como involucrar a los jóvenes en la reflexión de los grandes
temas filosóficos del presente.
Por ello, los informes producidos y en uso de las atribuciones
conferidas por Resolución Ministerial Nº 118/06;
LA SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACIÓN
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- DECLARAR de Interés Educativo la “Olimpíada
de Filosofía de la República Argentina - Edición 2014”, la que
organizada por la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad
Nacional de Tucumán y financiada por el Ministerio de Educación
de la Nación, se llevará a cabo en diferentes instancias, durante
los días 22 de agosto de 2014; 19 de septiembre de 2014; 17 de
octubre de 2014 y del 13 al 15 de noviembre de 2014; en la
Provincia de Córdoba.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
PROF. DELIA M. PROVINCIALI
SECRETARIA DE EDUCACIÓN
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
VIENE DE TAPA
Olimpiada...
Resolución N° 387 Córdoba, 23 de Julio de 2014
VISTO: Las actuaciones presentadas por la Dirección del
Instituto Universitario Nacional del Arte (I.U.N.A.) -Area
Transdepartamental de Folklore, en las que solicita se declare
de Interés Educativo el “2° Congreso Internacional de Tango
Argentino”, el que organizado por la citada entidad, se llevará
a cabo entre los días 8 al 11 de julio de 2014, en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Y CONSIDERANDO:
Que entre sus objetivos se propone: la discusión académica,
artística y de investigación en torno al Tango Argentino;
intercambio intergeneracional entre maestros y especialistas de
tango, con otros actores sociales y difundir la diversidad cultural
grupal e individual como resultante del acercamiento a diferentes
enfoques, formas de hacer y de vivenciar las expresiones del
tango.
Que dicho Congreso, si bien es arancelado, tiene carácter
educativo y sus ejes temáticos relacionan al Tango Argentino
con la producción artística, la educación, las industrias y las
políticas culturales, todos ámbitos sustanciales en la formación
de ciudadanos libres, creativos y comprometidos con la identidad
nacional.
Que la convocatoria prevé talleres, conferencias, clases
magistrales de baile y serán sus destinatarios, investigadores,
artistas, docentes, estudiantes e interesados en la temática.
Que es propósito de este Ministerio declarar la propuesta de
Interés Educativo, teniendo en cuenta que la discusión académica
y artística promueve acciones educativas en el campo de Artes,
contempladas en los diseños curriculares de la Provincia de
Córdoba.
Por ello, los informes producidos y en uso de las atribuciones
conferidas por Resolución Ministerial Nº 118/2006;
LA SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACIÓN
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- DECLARAR de Interés Educativo el “2°
Congreso Internacional de Tango Argentino”, el que organizado
por el Instituto Universitario Nacional del Arte (I.U.N.A.) -Area
Transdepartamental de Folklore-, se llevará a cabo entre los
días 8 al 11 de julio de 2014, en la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese,
notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
PROF. DELIA M. PROVINCIALI
SECRETARIA DE EDUCACIÓN
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
sean cumplidos en manera informática; para lo cual deberán
realizarse las modificaciones pertinentes al respectivo portal de
aplicaciones de Sistema de Administración de Causas Civil y
Comercial.
Artículo 4. LA presente realización en la fase indicada en el
artículo 1, entrará en vigencia a partir del día 1 de septiembre de
2014.
Artículo 5.- COMUNÍQUESE a los Tribunales de la Provincia
de Córdoba, al Colegio de Escribanos de la Provincia de
Córdoba, a la Federación de Colegios de Abogados y al Colegio
de Abogados de Córdoba.
Artículo 6.- PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia.
Incorpórese en la página WEB del Poder Judicial.
Con lo que terminó el acto que previa lectura y ratificación de su
contenido, firman el Señor Presidente y los Señores Vocales con
la asistencia de la Señora Directora del Área de Administración a
cargo de la Administración General, Cra. Beatriz María ROLAND
de MUÑOZ.-
DR. CARLOS FRANCISCO GARCÍA ALLOCCO
PRESIDENTE
DRA. AÍDA LUCÍA TERESA TARDITTI
VOCAL
DR. DOMINGO JUAN SESIN
VOCAL
DR. ARMANDO SEGUNDO ANDRUET (H)
VOCAL
CRA. BEATRIZ MARÍA ROLAND DE MUÑOZ
DIRECTORA DEL ÁREA DE ADMINISTRACIÓN
A/C. ADMINISTRACIÓN GENERAL
VIENE DE TAPA
Registro de...
Decreto N° 732 Córdoba, 4 de Julio de 2014
VISTO: El Decreto Nº 608, de fecha 10 de junio de 2014,
mediante el cual se designa al Dr. Maximiliano José Abraham
en el cargo de Síndico de la Caja de Previsión y Seguridad
Social de Abogados y Procuradores de la Provincia de
Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
Que el aludido profesional con fecha 2 de julio de 2014 eleva
renuncia a dicho cargo, fundada en razones de índole particu-
lar, no habiendo tomado posesión del mismo y por ende, no
efectuado acto alguno inherente a dicha función.
Que en la instancia corresponde dejar sin efecto el instrumento
legal aludido por los motivos supra expresados.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas y de acuerdo con
lo dispuesto por los incisos 1º y 10 del artículo 144 y
concordantes de la Constitución Provincial.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1º.- DÉJASE SIN EFECTO el Decreto Nº 608,
de fecha 10 de junio de 2014.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el
señor Ministro de Finanzas y por el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése
intervención a la Dirección General de Administración de Capi-
tal Humano, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y
archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 749 Córdoba, 8 de Julio de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0109-102541/2011, del registro del
Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que consta en los referidos autos la Resolución N° 0398/12,
de la entonces Dirección General de Educación Inicial y
Primaria -Ministerio de Educación-, mediante la cual se dispuso,
la recategorización de la Escuela de Nivel Primario “LA
RECONQUISTA” de Salsipuedes -Departamento Colón-, como
así también el ascenso de categoría de la docente María Luz
CARDOZO.
Que conforme a las constancias documentales e informativas
incorporadas en autos y prescripciones legales de rigor, las
decisiones se ajustan a derecho, pues se encuadran dentro de
la normativa que las funda.
Que en efecto, las medidas cumplen con los requerimientos
jurídicos-formales-pedagógicos estatuidos por Leyes Nros. 26206
y 9870, Decreto-Ley N° 1910/E/57, Decretos Nros. 41009/A/
38, 3999/E/67, encontrándose tales determinaciones técnicas,
administrativas e institucionales plasmadas en la resolución de
marras.
Que conforme con lo expuesto, no existe objeción alguna para
la ratificación en esta instancia del instrumento legal en análisis.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen N° 0382/13 del
PODER
EJECUTIVO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/ac_220.pdf

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