Resolución N° 38

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición 9 de Mayo de 2014
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCIV - Nº 102 CÓRDOBA, 1° de julio de 20146
de la presente Resolución, por la suma total de PESOS
DOSCIENTOS OCHO MIL TRESCIENTOS VEINTE ($
208.320.-) a Jurisdicción 115-Ministerio de Finanzas-, de acuerdo
con el siguiente detalle: por el año 2014, $ 124.992.- a la Partida
3.02.99.00 "Otros Alquileres y Derechos N.C." como sigue: $
62.496.- al Programa 152-001, $ 17.856.- al Programa 153-
001 y “$ 44.640.- al Programa 154-000 del P.V. y por el año
2015, $ 83.328.- como Importe Futuro.
Artículo 3º: PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribu-
nal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el
Boletín Oficial y archívese.
CRA. SUSANA LÓPEZ DE VAIRA
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
Resolución N° 38 Córdoba, 9 de mayo de 2014.-
VISTO:El expediente Nº 0034-079863/2014, en que se
propicia la prórroga del servicio integral de limpieza del inmueble
que ocupa la Delegación de la Dirección General de Rentas, sita
en calle Alvear N° 286 de la Ciudad de Cruz del Eje, por el
término de catorce (14) meses.
Y CONSIDERANDO:
Que dicha prórroga se encuentra prevista en el Artículo 27 del
Pliego de Condiciones Generales que rigiera la Licitación N° 09/
12, adjudicada a la firma "MEDITERRÁNEA CLEAN S.R.L." por
Resolución de esta Dirección General N° 056/12.
Que a fs. 15, obra Cédula de Notificación de fecha 5 de mayo
de 2014, mediante la cual se comunica a la citada firma, la intención
de la Administración Pública de prorrogar por catorce meses el
servicio de que se trata, a partir del 1° de setiembre de 2014.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dispuesto por los
artículos 106 de la Ley N° 7631, 13 de la Ley N° 5901 (t.o. Ley
N° 6300) y 42 de la Ley N° 10.176, la Nota de Pedido N° 2014/
000046 efectuada por el Departamento Presupuesto y Contable,
lo informado por el Área Contrataciones a fs. 14, ambos de esta
Dirección General y de acuerdo con lo dictaminado por el Área
Legales de este Ministerio al N° 185/14,
LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
R E S U E L V E
Artículo 1º: HACER uso de la opción de prórroga prevista en
el Artículo 27 del Pliego de Condiciones Generales que rigiera la
Licitación N° 09/12, con la firma "MEDITERRÁNEA CLEAN
S.R.L.", por el servicio integral de limpieza del inmueble que
ocupa la Delegación de la Dirección General de Rentas, sita en
calle Alvear N° 286 de la Ciudad de Cruz del Eje, a partir del día
1° de setiembre de 2014 y por el término de catorce (14) meses,
al precio mensual de $ 4.840,46.
Artículo 2º: IMPUTAR el egreso que demande el cumplimiento
del Artículo anterior, por la suma total de PESOS SESENTA Y
SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y SEIS CON
CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS ($67.766,44), a Jurisdicción
115 -Ministerio de Finanzas-, de acuerdo con el siguiente detalle:
por el período setiembre-diciembre de 2014, “$ 19.361,84.- al
Programa 152-005, Partida 3.12.01.00 "Limpieza y
Desinfecciones" del P.V.; por el período enero-octubre de 2015,
“$ 48.404,60, como Importe Futuro.
Artículo 3º: PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribu-
nal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el
Boletín Oficial y archívese.
CRA. NORA L. BRAIDA
JEFE DE AREA ADMINISTRACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
Resolución N° 26 Córdoba,11 de marzo de 2014
VISTO el expediente Nº 0416-053170/08, en el que obra solicitud de CERTIFICADO DE
FACTIBILIDAD DE AGUA formulado por el Sr. Leonardo Beccaria, en calidad de Gerente de la firma
PARQUE INDUSTRIAL PILOTO SAN FRANCISCO S.A., respecto de los inmuebles de propiedad
de su representada ubicados en el Municipio de San Francisco.
Y CONSIDERANDO:
Que dichos inmuebles se encuentran designados Catastralmente como Dpto. 30 - Ped.: 02 - Pblo.:
52 - C.: 02 - S.: 04 - M.: 037 - P.: 001 e inscripto bajo la Matrícula N° 568.271, y el otro identificado
catastralmente como Dpto. 30 - Ped.: 02 - Pblo.: 52 - C.: 02 - S.: 04 - Hoja 23119 - Parcela 5775 e
inscripto bajo la Matrícula N° 1.156.721. Requiriéndose el trámite de aprobación, conforme la
Resolución 646/05, para darle continuidad al mismo ante la Dirección de Catastro.-
Que a fs. 176/177 Y 180/181 obran los Certificados de Factibilidad de Agua debidamente
refrendados.
Que el titular registral de los inmuebles sujeto a fraccionamiento es la firma PARQUE INDUSTRIAL
PILOTO SAN FRANCISCO S.A. según copias certificadas de los Certificados Anexo I emitidos por
la Dirección de Catastro en el marco del Plan de Optimización del Sistema Dominial Inmobiliario de la
Provincia de Córdoba que obran agregadas a fojas 2/3 - F.U. 174.-
Que a fs. 3/4 del F.U. 175 se encuentran agregados los Planos de Mensura y Loteo de los
inmuebles referenciados. Los mismos se encuentran debidamente rubricados por el representante
de la firma propietaria y por el profesional interviniente. Encontrándose debidamente visado por la
Dirección de Catastro.
Que a fs. 2 - F.U. 175 obra Análisis Físico-Químico del Agua realizados a la División Bromatología
de la Municipalidad de San Francisco.
Que en Folio Único 171 - fojas 3, se encuentra agregado el Plano Conforme a Obra - Red de
Líquidos Cloacales debidamente rubricado por el representante legal de la firma propietaria y
profesional interviniente. Asimismo, se encuentra visado por la Administración Municipal Obras
Sanitarias de la Municipalidad de San Francisco.
Que a fojas 4 - F.U. 171 obra agregado Plano Conforme a Obra - Ampliación de Redes de Agua
Potable debidamente rubricado por el representante legal de la firma propietaria y profesional
interviniente. Asimismo, se encuentra visado por la Administración Municipal Obras Sanitarias de la
Municipalidad de San Francisco.
Que respecto al inmueble inscripto bajo la Matrícula N° 568.271, el Área de Preservación y Control
del Recurso expidió Informe Técnico con fecha 04/05/2010 (fs. 28), por medio del cual informa que
no le corresponde emitir Certificado de Factibilidad de Descarga de Líquidos Cloacales.
Que en relación al inmueble registrado bajo la Matrícula N° 1.156.721, la mencionada Área de
Preservación y Control del Recurso expide nuevo Informe Técnico (fs. 188), por medio del cual
informa, también en este caso, que no le corresponde emitir Certificado de Factibilidad de Descarga
de Líquidos Cloacales.
Que el Área de Regulación y Control del Servicio expidió Informes Técnicos de fecha 19/10/2009
(fs. 23/24) y de fecha 12/12/2013 (fs. 182/183), por medio del cual certifica que el loteo en cuestión
cuenta con Factibilidad de Fuente de Agua y que el servicio de Agua Potable se encuentra habilitado
y en funcionamiento;
Que en los Folios Únicos 35 y 42 como en las fojas 54/100, 105/130 y145/165, se encuentran
agregados el Estudio Hidrológico y sus estudios complementarios, presentados por el Ing. Luis San
Millán - M.P. 2683. Analizando los mismos, el Área de Saneamiento Rural, a fojas 166 expide Informe
Técnico con fecha 04/09/2012 en el cual afirma que: "...es factible dar el visto bueno a la memoria
técnica y el proyecto de manejo de excesos hídricos superficiales presentado". De tal forma, propicia
"Aprobar y autorizar la ejecución de las obras hidráulicas propuestas para el manejo de escorrentías
superficiales del loteo..."-
Que en relación al inmueble designado catastralmente como Dpto. 30 - Ped.: 02 - Pblo.: 52 - C.: 02
- S.: 04 - M.: 037 - P.: 001 e inscripto bajo la Matrícula N° 568.271 debe constar en forma expresa
que el presente Certificado de Factibilidad contempla, exclusivamente, la subdivisión del predio en
DIECISEIS (16), lotes destinados a la radicación del Parque Industrial. Ello en un todo conforme con
el Plano de Mensura y Loteo acompañado a fojas 3 - F.U. 175. Asimismo, respecto al inmueble
identificado catastralmente como Dpto. 30 - Ped.: 02 - Pblo.: 52 - C.: 02 - S.: 04 - Hoja 23119 -
Parcela 5775 e inscripto bajo la Matrícula N° 1.156.721, se deberá consignar en forma expresa que
el presente Certificado de Factibilidad contempla, exclusivamente, la subdivisión del predio en
CUARENTA Y SIETE (47) lotes destinados a la radicación del Parque Industrial. Ello en un todo
conforme con el Plano de Mensura y Loteo acompañado a fojas 4 - F.U. 175. Por lo que si en el
futuro se pretendiere subdividir los predios que conforman el actual loteo, deberá el responsable
iniciar nuevamente la tramitación impuesta por la Resolución 646/05.-
Que los responsables del emprendimiento, deberán cumplimentar con las disposiciones contenidas
en la Ley de Ambiente N° 7.343, sus decretos reglamentarios y de toda otra normativa cuya materia
sea de naturaleza ambiental.-
Que asimismo, la presente no invalida ni suple demás exigencias legales de carácter ambiental.-“
POR ELLO, Dictamen Nº 60/14 del Área de Asuntos Legales obrante a fs. 190 y facultades
conferidas por la Ley Nº 8548;
EL SEÑOR SECRETARIO DE RECURSOS HÍDRICOS Y COORDINACIÓN
RESUELVE
Artículo 1º.- CONCEDER a la firma PARQUE INDUSTRIAL PILOTO SAN FRANCISCO S.A.,
los CERTIFICADOS DE FACTIBILIDAD DE AGUA (que como ANEXO I forman parte de la presente),
respecto de los inmuebles de propiedad de la citada firma, ubicados en el Municipio de San Fran-
cisco, los que cuentan con Nomenclatura Catastral como Dpto. 30 - Ped.: 02 - Pblo.: 52 - C.: 02 - S.:
04 - M.: 037 - P.: 001 e inscripto bajo la Matrícula N° 568.271, y el otro identificado catastralmente
como Dpto. 30 - Ped.: 02 - Pblo.: 52 - C.: 02 - S.: 04 - Hoja 23119 - Parcela 5775 e inscripto bajo la
Matrícula N° 1.156.721.
Artículo 2º.- El Certificado de Factibilidad de Agua correspondiente al inmueble designado
catastralmente como Dpto. 30 - Ped.: 02 - Pblo.: 52 - C.: 02 - S.: 04 - M.: 037 - P.: 001 e inscripto bajo
la Matrícula N° 568.271 contempla, exclusivamente, la subdivisión de los predios en (16) DIECISEIS
LOTES destinados a la radicación del Parque Industrial, por lo que si en el futuro se pretendiere
subdividir los predios que conforman el actual loteo, deberá el responsable iniciar nuevamente la
tramitación impuesta por la Resolución N° 646/05.-
Artículo 3º.- El Certificado de Factibilidad de Agua correspondiente al inmueble identificado
catastralmente como Dpto. 30 - Ped.: 02 - Pblo.: 52 - C.: 02 - S.: 04 - Hoja 23119 - Parcela 5775 e
inscripto bajo la Matrícula N° 1.156.721 contempla exclusivamente, la subdivisión del predio en
CUARENTA Y SIETE (47) lotes destinados a la radicación del Parque Industrial por lo que si en el
futuro se pretendiere subdividir los predios que conforman el actual loteo, deberá el responsable
iniciar nuevamente la tramitación impuesta por la Resolución N° 646/05.-
SECRETARIA DE
RECURSOS HÍDRICOS Y COORDINACN

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