Resolución N° 336

EmisorDirección general de arquitectura
Fecha de la disposición 5 de Mayo de 2014
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCVI - Nº 154 CÓRDOBA, 12 de setiembre de 20142
corresponde atender en un ámbito colectivo de trabajo y de
funcionamiento de diferente jerarquía. Por lo expuesto,
SE RESUELVE:
I. Designar a la Dra. María Esther CAFURE DE BATTISTELLI
Directora Académica de la Oficina de la Mujer del Tribunal Su-
perior de Justicia de Córdoba.
II. Dicha designación será efectiva a partir del día I.X.2014.
III. Comuníquese a los ámbitos académicos y de formación
judicial a sus efectos.
Con lo que terminó el acto que previa lectura y ratificación de
su contenido, firman el Señor Presidente y los Señores Vocales,
con la asistencia del Señor Director del Área de Recursos
Humanos a cargo de la Administración General, Cr. Carlos
Alberto CHAVES.-
DR. CARLOS FRANCISCO GARCÍA ALLOCCO
PRESIDENTE
DRA. AÍDA LUCÍA TERESA TARDITTI
VOCAL
DR. DOMINGO JUAN SESIN
VOCAL
DR. LUIS ENRIQUE RUBIO
VOCAL
CR. CARLOS ALBERTO CHAVES
DIRECTOR DEL ÁREA DE RECURSOS HUMANOS
A/C. ADMINISTRACIÓN GENERAL
VIENE DE TAPA
DIRECCION GENERAL DE
ARQUITECTURA
Resolución N° 336 Córdoba, 5 de Mayo de 2014
EXPEDIENTE N° 0047-001106/2012
REFERENTE N° 2
VISTO este Referente en el que obran las actuaciones
relacionadas con la necesidad de ejecutar Trabajos Modificatorios
en la obra: “Construcción Pista De Skateboard, ubicada en el
Parque Costanera de la Ciudad de Rio Cuarto - Av. Costanera
Sur S/N° - Río Cuarto - Departamento Río Cuarto - Provincia de
Córdoba”, adjudicada mediante Resolución N° 153 de fecha 27 de
Marzo de 2013 y contratada con fecha 30/04/2013, con la Empresa
INCISA S.A.;
Y CONSIDERANDO:
QUE a fs. 3 el Señor Coordinador Regional Sur de la Delegación
Oficial en Río Cuarto del Ministerio de Infraestructura, manifiesta la
necesidad de la ampliación de la obra de Skate Park de Río Cuarto,
motivada la misma por la creación de una escuela para niños en
dicho lugar y que se utilizará el mismo espacio fisico de aquellos que
practican BMX;
QUE a fs.5/36 la contratista presenta, Presupuesto detallado,
análisis de precios, memoria, pliego de arquitectura y planos;
QUE a fs.37 toman intervención las Direcciones de Planificación y
Proyectos y Obras, Licitaciones y Contrataciones respectivamente,
propiciando la continuidad del trámite;
QUE a fs.42/61 la contratista completa documentación faltante y
respaldo informático;
QUE a fs.66/67 Jefatura de Área Inspecciones y Certificaciones
produce informe agregándose Memoria Descriptiva de los trabajos
a ejecutar y que los mismos ascienden a la suma de $ 275.172,14.,
monto que representa un 28,99% del monto contractual,
estimándose un plazo de ejecución para los mismos de 45 días;
QUE a fs.63/64 toma intervención Sección Costos, verificando los
cálculos confeccionados por la contratista, informando además que
los mismos están en un todo de acuerdo al Decreto 1231/10 y
Resolución N° 013/13, observándose una variación de precio en
el ítem Solados 1.1.2.1 - suelo cemento compactado para base de
piso (e=0,15m) con respecto al Presupuesto Contractual, por lo
que el monto de dichos trabajos ascienden a la suma de $
275.172,14., monto que representa un porcentaje del 28,99% con
relación al presupuesto contractual, dejándose constancia que los
cálculos oportunamente practicados se realizaron de acuerdo a lo
dispuesto por la Circular N° 0001 y Dictamen N° 1822/11 de Fiscalía
de Estado;
QUE dada intervención a División Jurídica esta se expide a fs.69
mediante Dictamen Nº 156/2014, expresando que así las cosas,
esa Asesoría considera conforme lo expuesto que los mismos
resultan Trabajos Modificatorios Adicionales, correspondiendo su
encuadre en la hipótesis tipificada por los arts.40 y 41 de la Ley de
Obras Públicas 8614, que implican el ejercicio de la prerrogativa
modificatoria deducible de la misma naturaleza del contrato
administrativo de obra pública;
QUE atento las constancias de autos, las previsiones los arts.40 y
41 de la Ley de Obras Públicas 8614, art. 11 de la Ley Normativa
de Ejecución de Presupuesto (T.O. por Ley 6300 y sus
modificatorias) y de considerarlo oportuno y conveniente, puede
el Señor Director General en el marco de las atribuciones
conferidas por Decreto N° 2773/11, dictar Resolución aprobando
lo actuado y adjudicando a la Empresa INCISA S.A. la ejecución
de los Trabajos Modificatorios Adicionales de obra por la suma
de $ 275.172,14.;
QUE a fs. 2 del folio único N° 75 obra Certificado de Habilitación
para Adjudicación, expedido por el Registro de Constructores
de Obras de la Provincia de Córdoba, a la Empresa INCISA
S.A.;
ATENTO ELLO;
EL SEÑOR DIRECTOR GENERAL
DE ARQUITECTURA
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º .- APROBAR las modificaciones necesarias de
ejecutar en la obra: “Construcción Pista De Skateboard, ubicada
en el Parque Costanera de la Ciudad de Rio Cuarto - Av.
Costanera Sur S/N° - Río Cuarto - Departamento Río Cuarto -
Provincia de Córdoba”, consistentes en: Construcción Pista de
BMX de 385m2, estableciéndose un plazo para su ejecución de
CUARENTA Y CINCO (45) días, y consecuentemente adjudicar
su realización, a la Empresa INCISA S.A., contratista de la obra
principal, por el importe de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y
CINCO MILCIENTO SETENTA Y DOS CON CATORCE
CENTAVOS ($ 275.172,14.-), cantidad que se autoriza invertir,
debiéndose suscribir la ADDENDA de contrato pertinente, para
lo cual el adjudicatario presentará la garantía correspondiente,
conforme las razones expresadas en considerando que se dan
por reproducidas en esta instancia.-
ARTICULO 2º.- IMPUTAR el egreso conforme lo indica la
Dirección de Administración - División Contable del Ministerio de
Infraestructura, en Nota de Pedido N* 2013/000454 (fs. 72), con
cargo al Programa 506-011 - Partidas: 12.06.00.00 - Obras
Ejecución por Terceros del P.V.-
ARTICULO 3º.- PROTOCOLICESE, intervenga la Dirección
de Administración del Ministerio de Infraestructura, tome razón el
H. Tribunal de Cuentas, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese
y PASE a División Licitaciones y Contratos y a la Jefatura de
Area Inspecciones y Certificaciones, a sus efectos.-
ARQ. ANDRES E. CAPARROZ
DIRECTOR GENERAL DE ARQUITECTURA
Resolución N° 483 Córdoba, 18 de Junio de 2014
EXPEDIENTE Nº 0047-002690/2013
VISTO este expediente en el que obran las actuaciones
relacionadas con la Licitación Privada N° 04, efectuada el día 21/
03/14, para contratar la Ejecución de la Obra: “Reparación de
revoques y pintura en la ESCUELA RICARDO GUTIERREZ,
ubicada en Av. Leopoldo Lugones N° 88 - TRANSITO -
Departamento San Justo - Provincia de Córdoba”, con un
Presupuesto Oficial de $ 1.195.299,98.- calculado con precios al
mes de JUNIO del año 2013, conforme la autorización acordada
por Resolución N° 053/14;
Y CONSIDERANDO:
QUE a fs. 45/52 corren agregadas constancias de las
invitaciones cursadas a ocho (8) firmas del medio, habiéndose
receptado las propuestas que da cuenta el Acta de fs. 88, a
saber: ARQUITECTONIKA S.R.L., CARLOS E. MARTINEZ y
ANSAL CONSTRUCCIONES S.R.L.;
QUE a fs. 90 la Comisión de Estudio de Ofertas designada por
Resolución N° 226/14, estima pertinente que en función del largo
tiempo transcurrido entre la fecha del Presupuesto Oficial aprobado
(Junio/2013) y la fecha en que se procedió a la Apertura de las
Ofertas (Marzo/2014), correspondería se proceda a través de la
Dirección de Planificación y Proyectos a la actualización del
Presupuesto Oficial, contando tal petición con el V° B° del Señor
Director General de Arquitectura, en razón de lo estipulado en el
art. 10 - Punto 5 del Pliego Particular de Condiciones, hecho que
se cumplimenta a fs. 91/93;
QUE a fs. 103/104, corre agregado informe producido por esa
Comisión del que se desprende que en razón de observarse la
no presentación por parte de los oferentes de documentación
considerada subsanable, se les intimó a completar la misma,
hecho que fue cumplimentado y en debida forma solamente por
la Empresa ARQUITECTONIKA S.R.L.;
QUE en razón de ello y el análisis comparativo efectuado, esa
Comisión considera que corresponde el rechazo de las ofertas
presentadas por las firmas CARLOS E. MARTINEZ y ANSAL
CONSTRUCCIONES S.R.L. por apartarse de las bases de
contratación, estimando conveniente la propuesta de la Empresa
ARQUITECTONIKA S.R.L. por la suma de $ 1.492.523,61.-
monto que representa un porcentaje de aumento con relación al
Presupuesto Oficial Actualizado del 14,11% por lo que aconseja
su adjudicación;
QUE a fs. 105/105 vta. se expide División Jurídica, mediante
Dictamen Nº 299/2014, concluyendo que atento las constancias
de autos, lo dispuesto por los Art. 2; 4; 9 y 29 de la Ley de Obras
Públicas N° 8614, el Art. 11 de la Ley Normativa de Ejecución de
Presupuesto (T.O. por Ley 6300 y sus modificatorias) y las
facultades conferidas por el Decreto N| 2773/11, puede el Señor
Director General dictar Resolución rechazando las ofertas
propuestas por las Firmas CARLOS E. MARTINEZ y ANSAL
CONSTRUCCIONES S.R.L. por las razones expuestas y
adjudicando los trabajos de que se trata a la Empresa
ARQUITECTONIKA S.R.L., por la suma $ 1.492.523,61.-
conforme se propicia;
QUE a fs. 110 corre agregado Certificado de Habilitación para
Adjudicación expedido por el Registro de Constructores de Obras,
presentado por la firma ARQUITECTONIKA S.R.L., en
cumplimiento con la normativa vigente;
ATENTO ELLO;
EL SEÑOR DIRECTOR GENERAL
DE ARQUITECTURA
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º.- APROBAR lo actuado con relación a la
Licitación Privada N° 04 efectuada el21 de Marzo de 2014 para
contratar la Ejecución de la Obra: “Reparación de revoques y
pintura en la ESCUELA RICARDO GUTIERREZ, ubicada en
Av. Leopoldo Lugones N° 88 - TRANSITO - Departamento
San Justo - Provincia de Córdoba” y consecuentemente
RECHAZAR las ofertas presentadas por las Empresas CARLOS
E. MARTINEZ y ANSAL CONSTRUCCIONES S.R.L., conforme
las razones expuestas en considerandos, las que se dan por
reproducidas en esta instancia.-
ARTICULO 2º.- ADJUDICAR la ejecución de l os trabajos
enunciados en el artículo anterior a la firma ARQUITECTONIKA
S.R.L., conforme la propuesta aceptada de fs. 54 y presupuesto
de fs. 60/61, por la suma de PESOS UN MILLÓN
CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS
VEINTITRÉS CON SESENTA Y UN CENTAVOS ($
1.492.523,61.-) cantidad que se autoriza invertir, debiendo
suscribirse el contrato correspondiente, para lo cual el
adjudicatario cumplimentará los requisitos que a tal fin se

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