Resolución N° 211

EmisorMinisterio de infraestructura
Fecha de la disposición20 de Noviembre de 2013
CÓRDOBA, 20 de marzo de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXC - Nº 36 Primera Sección 3
RUTA PROVINCIAL E-53” suscripta con fecha 17 de octubre
de 2013, entre el Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad
y el Apoderado de la Empresa PAOLINI HNOS. S.A. - PASCHINI
CONSTRUCCIONES S.R.L.(U.T.E.), contratista de la obra.
Y CONSIDERANDO: Que la citada obra fue adjudicada por
Decreto N° 576 del 6 de mayo de 2009 a la firma PAOLINI
HNOS. S.A. - PASCHINI CONSTRUCCIONES S.R.L. (U.T.E.)
y por Decreto N° 1066 de fecha 1 de julio de 2010 se aprueba
la Modificación de Obra N° 1 por la suma de $ 40.542.550,81.
Que por Resolución Ministerial 092 con fecha 26 de junio de
2013 se aprueba la primera a novena Redeterminación de
Precios correspondientes a los meses de noviembre/09, abril y
septiembre/10, febrero, junio y diciembre/11, y a los meses de
abril, junio y octubre/12, firmándose la Addenda de contrato
correspondiente el 15 de agosto de 2013.
Que por Resolución N° 232 de fecha 22 de mayo de 2013 se
aprobó la Modificación de Obra N° 2 sin mayor erogación.
Que mediante Nota N° 589546045013 de fecha 10 de
septiembre de 2013 la contratista solicita la Redeterminación de
Precios por Reconocimiento de Variación de Costos del contrato
por la parte faltante de ejecutar.
Que, de acuerdo al procedimiento establecido en relación a
los Decretos N° 1133/10 y 1231/10 se ha verificado el
cumplimiento de los requisitos, produciéndose una variación
de costos de la obra superior al siete por ciento (7%) entre la
fecha de la novena redeterminación aprobada el (10/12) y el
mes de décima redeterminación (04/13), entre éste último
mes y el mes de la 11ma. Redeterminación (07/13),
estableciéndose siempre la comparación entre las tablas de
valores correspondientes a los meses inmediatamente
anteriores a cada uno de ellas.
Que estas redeterminaciones producen Fri (con redondeo
asimétrico de dos decimales) para el mes de abril de 2013=
2,18 y julio de 2013 =2,45Que al momento de la décima
y undécima redeterminación de precios se ha ejecutado un
84,37 % de la obra original (Certificado N° 26 correspondiente
al 31/09/11).
Que la décima redeterminación de precio genera un Fri (Fac-
tor de Redeterminación del mes de redeterminación) para el
mes de julio/2013 de 2,18, lo que produce un monto de obra
faltante de ejecutar redeterminado de $ 58.104.305,45,
implicando un incremento sobre el precio del contrato de $
5.325.758,36, ascendiendo el nuevo precio del Contrato a la
suma total de $ 246.618.504,99.
Que la undécima redeterminación de precio genera un Fri
(Factor de Redeterminación del mes de redeterminación) para
el mes de julio/2013 de 2,45, lo que produce un monto de obra
faltante de ejecutar redeterminado de $ 64.951.709,05,
implicando un incremento sobre el precio del contrato de $
6.847.403,60, ascendiendo el nuevo precio del Contrato a la
suma total de $ 253.465.908,59.
Que conforme la Ley Impositiva Anual N° 10.180, modificatoria
del régimen impositivo impuesto en el orden provincial - Ley N°
9443 y Ley N° 6006 (T.O. 2004), corresponde restituir en
concepto de Impuesto a los Ingresos Brutos, una alícuota del
4,00% sobre el 100% de la Base Imponible, correspondiendo
aplicar en cada uno de los certificados de obra sujetos a ajuste
a los fines de su cálculo, un coeficiente de “1,012397” para
aquellos contratos licitados entre el 01-08-08 y el 01-01-2013, y
de “1,033057” para los licitados con anterioridad al 01-08-08, lo
que implica un Reconocimiento de la Variación Alícuota IIBB de
la suma total de $ 816.174,46; ascendiendo el nuevo precio del
Contrato redeterminado a julio/2013 a la suma total de $
254.282.083,05.
Que la contratista renuncia a todo reclamo por mayores costos,
compensaciones, gastos improductivos, intereses o supuestos
perjuicios de cualquier naturaleza, pretendidamente motivados
por los cambios registrados en la economía a causa de la vigencia
de la Ley Nacional Nº 25561 y legislación, de índole nacional o
provincial, concordante, correlativa o comple- mentaria, o de la
variación de los costos motivo de la presente redeterminación, a
partir de la fecha del Acta Acuerdo.
Que conforme las previsiones del artículo 14 del Anexo I al
Decreto N° 1231/10 modificatorio de su similar N° 1133/10, la
Dirección Provincial de Vialidad ha considerado conveniente la
redeterminación del precio del contrato, por lo que ha procedido
a suscribir con la contratista el Acta Acuerdo de la décima y
undécima redeterminación de precio por reconocimiento de
variación de costos, habiéndose incorporado en autos el
Documento de Contabilidad (Nota de Pedido) N° 2013/002007,
por la suma de $ 12.989.336,42.
Por ello, las normas legales citadas, lo dispuesto por Decreto
N° 288/13, y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de
Asuntos Legales de este Ministerio con el N° 606/13.
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- APROBAR el Acta Acuerdo de
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de Variación
de Costos, correspondiente a los meses de abril y julio de 2013
por trabajos faltantes de ejecutar en la obra: “DISTRIBUIDOR
AVENIDA DE CIRCUNVALACIÓN CON AUTOPISTA
ROSARIO-CÓRDOBA Y AVENIDA DE CIRCUNVALACIÓN -
TRAMO: AVENIDA SPILIMBERGO - RUTA PROVINCIAL E-
53”, por la suma total de PESOS DOCE MILLONES NOVE
CIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA
Y SEIS CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS ($
12.989.336,42), suscripta con fecha 17 de octubre de 2013,
entre el Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad,
Ingeniero Raúl BERTOLA,por una parte, y el Apoderado de la
Empresa PAOLINI HNOS S.A. - PASCHINI CONSTRUC
CIONES S.R.L. (U.T.E.), señor Carlos Alberto PAGELLA,
contratista de la obra, por la otra, como también la
documentación de fs. 76/78, que como Anexos I y II, compuestos
de DOCE (12) y TRES (3) fojas, respectivamente, integran la
presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- IMPUTAR el egreso que asciende a la suma
total de PESOS DOCE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA
Y NUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS CON
CUARENTA Y DOS CENTAVOS ($ 12.989.336,42), conforme
lo indica el Departamento Administración y Personal de la
Dirección Provincial de Vialidad en su Documento de
Contabilidad (Nota de Pedido) Nº 2013/002007, de acuerdo al
siguiente detalle:
Jurisdicción: 1.50,
Programa: 518-000,
Partida: 21.02.07.00
Centro de Costo 5412
Importe Ejercicio Futuro Año 2014....................$ 12.989.336,42
ARTÍCULO 3°.- FACULTAR al señor Presidente de la
Dirección Provincial de Vialidad a suscribir la Enmienda de
Contrato por Redeterminación de Precios.
ARTÍCULO 4°.- ESTABLECER que la Dirección Provincial
de Vialidad, requerirá a la Empresa PAOLINI HNOS S.A. -
PASCHINI CONSTRUCCIONES S.R.L. (U.T.E.), de
corresponder la integración del importe adicional de garantía
de cumplimiento de contrato.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al
Departamento Administración y Personal de la Dirección Pro-
vincial de Vialidad, al Tribunal de Cuentas de la Provincia,
comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la citada
Dirección a sus efectos y archívese.
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/min_10_r215.pdf
Resolución N° 211
Córdoba, 20 de Noviembre de 2013
Expediente Nº 0045-014431/08/A37.-
VISTO: este expediente en el que la Dirección Provincial de
Vialidad dependiente de este Ministerio, propicia por Resolución
Nº 00742/13 la aprobación del Acta Acuerdo de la sexta
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de Variación de
Costos correspondiente al mes de marzo de 2013, por trabajos
faltantes de ejecutar en la obra: “COBERTURA DE SEGURIDAD
VIAL - REGIÓN “A” - DEPARTAMENTOS: CAPITAL,
CALAMUCHITA, COLÓN, SANTA MARÍA, PUNILLA, SAN
ALBERTO, SAN JAVIER, POCHO, MINAS, CRUZ DEL EJE,
ISCHILIN, SOBREMONTE, TULUMBA, RIO SECO Y
TOTORAL”, suscripta con fecha 17 de octubre de 2012, entre el
Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad, y el Apoderado
de la Empresa VAWA S.A.C.I.C.I., contratista de la obra.
Y CONSIDERANDO: Que por Resolución N° 047 de este
Ministerio de fecha 3 de mayo de 2013 se dispuso la aprobación
del Acta Acuerdo de la tercera, cuarta y quinta Redeterminación
de Precio por Reconocimiento de Variación de Costos, por
trabajos faltantes de ejecutar en la obra de que se trata.Que en
el marco del Decreto N° 1747/08, mediante Nota N°
328028045013 de fecha 24-05-13, la contratista solicita y
fundamenta la sexta Redeterminación de Precio por
Reconocimiento de Variación de Costos.
Que el Departamento II Gestión Económica de Obras de la
Dirección Provincial de Vialidad, en relación a lo procurado,
efectúa los cálculos pertinentes, informando que se produjo un
Fri de 2,25, que da como resultado un aumento del 13,26%
(superior al 10%), entre la fecha de la quinta redeterminación
(junio/12) y la de la sexta redeterminación (marzo/13),
habiéndose utilizado en la comparación las tablas de valores
correspondientes a los meses inmediatamente anteriores a cada
uno de ellos.
Que según informe de la repartición de origen, al momento de
la sexta redeterminación de precios, se ha ejecutado un
porcentaje de obra del 77,03% (Certificado N° 39
correspondientes al 28-02-13).
Que al respecto cabe destacar que el artículo 9 del Pliego
Particular de Condiciones que rigió la contratación, establece
en relación a la redeterminación de precios por reconocimiento
de variación de costos, una metodología propia, de conformidad
a las previsiones del Decreto Nº 1747/08, informando la
repartición de origen la utilización de la metodología establecida
por dicho instrumento legal.
Que así aplicado el Factor de Redeterminación, produce un
monto de obra faltante de ejecutar redeterminado de $
7.745.928,62, implicando un incremento sobre el precio del
contrato de $ 852.963,43, ascendiendo el nuevo precio del
contrato a marzo de 2013 a la suma de $ 24.474.560,58.
Que conforme la Ley Impositiva Anual N° 10.180, modificatoria
del régimen impositivo impuesto en el orden provincial - Ley N°
9443 y Ley N° 6006 (T.O. 2004), corresponde restituir en
concepto de Impuesto a los Ingresos Brutos, una alícuota del
4,00% sobre el 100% de la Base Imponible, correspondiendo
aplicar en cada uno de los certificados de obra sujetos a ajuste
a los fines de su cálculo, un coeficiente de “1,033057” para
aquellos contratos licitados con anterioridad al 01-08-08, y de
“1,012397” para los licitados entre dicha fecha y el 01-01-13, lo
que implica un reconocimiento a la contratista de la suma total
de $ 141.339,35.
Que al darse el supuesto previsto en la metodología para
Redeterminación de Precios del Pliego Particular de Condiciones
para la obra en cuestión, la Dirección Provincial de Vialidad ha
considerado conveniente la redeterminación del precio del
contrato, por lo que ha procedido a suscribir con la contratista el
Acta Acuerdo de redeterminación de precio por reconocimiento
de variación de costos, habiéndose incorporado en autos
Documento de Contabilidad (Nota de Pedido) Nº 2013/001627,
por la suma total de $ 994.302,78.
Por ello, Informe de la Dirección Provincial de Vialidad de
fecha 1-08-13, lo dispuesto por Decreto N° 288/13, y lo
dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales
de este Ministerio con el N° 572/13,
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- APROBAR el Acta Acuerdo de la sexta
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de Variación
de Costos correspondiente al mes de marzo de 2013, por
trabajos faltantes de ejecutar en la obra: “COBERTURA DE
SEGURIDAD VIAL - REGIÓN “A” - DEPARTAMENTOS: CAPI-
TAL, CALAMUCHITA, COLÓN, SANTA MARÍA, PUNILLA, SAN
ALBERTO, SAN JAVIER, POCHO, MINAS, CRUZ DEL EJE,
ISCHILIN, SOBREMONTE, TULUMBA, RIO SECO Y
TOTORAL”, por la suma total de PESOS NOVECIENTOS
NOVENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS DOS CON
SETENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 994.302,78), suscripta con
fecha 17 de octubre de 2012, entre el Presidente de la Dirección

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