Resolución N° 206

EmisorMinisterio de infraestructura
Fecha de la disposición20 de Noviembre de 2013
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO C - TOMO DLXXXVII - Nº 231 CÓRDOBA, 30 de diciembre de 201312
000806, de acuerdo al siguiente detalle:
Jurisdicción 1.50 - Programa 504-002 - Partida
10-01-01-00....................$ 230.000,00
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, dése
intervención a la Dirección General de
Administración y Personal de la Dirección Pro-
vincial de Vialidad, al Tribunal de Cuentas de
la Provincia, comuníquese, publíquese en el
Boletín Oficial, pase a la citada Dirección a sus
efectos y archívese.
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos/min_10_r136.pdf
Resolución N° 148
Córdoba, 18 de Septiembre de 2013
Expediente Nº 0045-016507/13.
VISTO: este Expediente en el que obra el
Convenio suscripto en el mes de abril de 2013,
entre la Dirección Provincial de Vialidad y la
Municipalidad de Freyre, del cual surge el
compromiso asumido por ambas partes de llevar
adelante la Obra: "RECONSTRUCCIÓN Y
PUESTA EN SERVICIO DE INFRAES
TRUCTURA EN CALLES NO PAVIMEN
TADAS Y CANALES DE DESAGÜES".
Y CONSIDERANDO: Que se ha incor
porado en autos documental relativa a la obra
de que se trata.
Que la Provincia de Córdoba, a través de
este Ministerio, asume el costo que demande la
ejecución de las obras descriptas la cual
asciende a la suma de PESOS TRESCIENTOS
TREINTA Y DOS MIL CIENTO SESENTA Y
CINCO ($ 332.165,00), pagaderos en tres (3)
cuotas, la primera de $ 100.000,00, la segunda
de $ 100.000,00 y la tercera de $ 132.165,00,
a medida que se acompañen las respectivas
certificaciones de obra sobre la realización y
avance de los trabajos.
Que el Convenio mencionado se refiere al
otorgamiento de un subsidio a favor de la
Municipalidad de Freyre, por el monto
consignado en su cláusula tercera y con la
modalidad de pago prevista en la misma y con
una finalidad determinada, encuadrándose en
las previsiones del artículo 6º de la Ley 9191.
Que a fs. 26 toma intervención la Secretaría
de Coordinación y Gobierno dependiente del
Ministerio Jefatura de Gabinete conforme lo
dispuesto por Decreto N° 20/2012.
Por ello y lo dictaminado por la Dirección
General de Asuntos Legales de este Ministerio
con el Nº 396/13,
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- OTORGAR un subsidio a fa-
vor de la Municipalidad de Freyre por la
suma de PESOS TRESCIENTOS TREINTA
Y DOS MIL CIENTO SESENTA Y CINCO ($
332.165,00), para la ejecución de la obra:
"RECONSTRUCCIÓN Y PUESTA EN
SERVICIO DE INFRAESTRUCTURA EN
CALLES NO PAVIMENTADAS Y CANALES
DE DESAGÜES", conforme lo establecido en
Convenio suscripto en el mes de abril de 2013,
entre la Dirección Provincial de Vialidad,
representada en ese acto por su Presidente,
por una parte, y el Intendente Municipal, Don
Rubén A. Moreno por la otra, con oportuna
rendición de cuentas por parte del señor
Intendente de la citada Municipalidad, en el
plazo de treinta (30) días desde la fecha de
finalización de la obra, que como ANEXO I,
compuesto de CINCO (5) fojas, integra la
presente resolución.
Artículo 2º.- IMPUTAR el egreso que
asciende a la suma de PESOS TRESCIENTOS
TREINTA Y DOS MIL CIENTO SESENTA Y
CINCO ($ 332.165,00), conforme lo indica el
Departamento Administración y Personal de la
Dirección Provincial de Vialidad en su
Documento de Contabilidad (Nota de Pedido)
Nº 2013/000996, de acuerdo al siguiente
detalle: Jurisdicción 1.50 - Programa 504-002
- Partida 10-01-01-00........$ 332.165,00
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, dése in
tervención al Departamento Administración y
Personal de la Dirección Provincial de Vialidad,
al Tribunal de Cuentas de la Provincia,
comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial,
pase a la citada Dirección a sus efectos y
archívese
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos/min_10_r148.pdf
Resolución N° 206
Córdoba, 20 de Noviembre de 2013
Expediente Nº 0045-015073/09/A30.-
VISTO: este expediente en el que la Dirección
Provincial de Vialidad dependiente de este
Ministerio, propicia por Resolución Nº 00683/
13, la aprobación del Acta Acuerdo de la octava
y novena Redeterminación de Precio por
Reconocimiento de Variación de Costos
correspondiente a los meses de abril y julio de
2013, por trabajos faltantes de ejecutar en la
obra: "PAVIMENTACIÓN DE RUTA PROVIN-
CIAL S-271 - TRAMO: ESTACIÓN TERRENA
BOSQUE ALEGRE - SAN CLEMENTE - 1ra.
SECCIÓN - ESTACIÓN TERRENA BOSQUE
ALEGRE - PROG. 0,00 - PROG. 10.000 -
DEPARTAMENTO PUNILLA", suscripta con
fecha 24 de setiembre de 2013, entre el señor
Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad
y los representantes de la empresa BRITOS
S.A., contratista de la obra.
Y CONSIDERANDO: Que consta en autos
copia de la Resolución Nº 110 de fecha 17 de
julio de 2013, por el cual se aprobó el Acta
Acuerdo de la quinta (abril/2012), sexta (julio/
2012) y séptima (diciembre/2012) redetermi
nación de precio por Reconocimiento de
Variación de Costos de la referida obra y se
autorizó el egreso que asciende a la suma de $
4.369.750,15.
Que la redeterminación de precio de que se
trata encuadra en las previsiones del Decreto
Provincial Nº 1231/10, modificatorio de su simi-
lar N° 1133/10, y lo dispuesto por Resolución
N° 013/2011 del entonces Ministerio de Obras
y Servicios Públicos.
Que por Resolución Nº 434/13 de la Dirección
Provincial de Vialidad se aprueba la
Modificación de Obra Nº 2 sin mayor erogación
prorrogando los trabajos al 05/10/2013.
Que mediante Nota Nº 584208045413 de
fecha 06 de setiembre de 2013, obrante en
autos, la contratista solicita la octava y novena
redeterminación de precio del contrato por la
parte de obra faltante de ejecutar a los meses
de abril/2013 y julio/2013, respectivamente.
Que, de acuerdo al procedimiento establecido
en el artículo 10 de los Decretos relacionados
a la Redeterminación de Precio por
Reconocimiento de Variación de Costos
mediante fórmula polinómica, se ha verificado
el cumplimiento de los requisitos establecidos,
produciendo una variación de costos de la obra
faltante de ejecutar superior al siete por ciento
(7%) entre la fecha de la séptima
Redeterminación (diciembre/2012) y la fecha
de la octava redeterminación (abril/2013) y
entre éste último mes y la fecha de la novena
redeterminación (julio/2013), estableciéndose
siempre la comparación entre las tablas de
valores correspondientes a los meses
inmediatamente anteriores a cada una de ellas.
Que estas redeterminaciones generan FRI
(con redondeo a dos decimales) para el mes
de abril/2013=1,84 y julio/2013=2,03.
Que de acuerdo al informe de la repartición
de origen, al momento de la solicitud de la octava
redeterminación de precio, la obra registraba
un porcentaje de avance físico del 85,96%, de
acuerdo al Certificado de Obra N° 26
correspondiente al mes de octubre de 2012 y
al momento de la novena redeterminación la
obra registraba un porcentaje de avance físico
del 95,37% según Certificado N° 29
correspondiente al mes de junio de 2013.
Que surge del informe del Departamento II -
Gestión Económica de Obras de la Dirección
Provincial de Vialidad que la octava
redeterminación de precio genera un Fri (Fac-
tor de Redeterminación del mes de
redeterminación) para el mes de abril/2013 de
1,84, lo que produce un monto de obra faltante
de ejecutar redeterminado de $ 76.754.780,80,
implicando un incremento sobre el precio del
contrato de $ 988.790,73 y la novena
redeterminación de precio genera un Fri para
el mes de julio/2013 de 2,03, lo que produce
un monto de obra faltante de ejecutar
redeterminado de $ 5.366.389,20, implicando
un incremento sobre el precio del contrato
de $ 476.207,87; ascendiendo el nuevo precio
del Contrato a la suma total de $ 77.230.988,67.
Que conforme la Ley Impositiva Anual N°
10.180, modificatoria del régimen impositivo
impuesto en el orden provincial - Ley N° 9443
y Ley N° 6006 (T.O. 2004), corresponde
restituir en concepto de Impuesto a los Ingresos
Brutos, una alícuota del 4,00% sobre el 100%
de la Base Imponible, correspondiendo aplicar
en cada uno de los certificados de obra sujetos
a ajuste a los fines de su cálculo, un coeficiente
de "1,012396" para aquellos contratos licitados
con anterioridad al 01-08-08 y el 01-01-2013,
y de "1,033057" para los licitados con
anterioridad al 01-08-08, lo que implica un
Reconocimiento de la Variación Alícuota IIBB
(por obra base y redeterminaciones), de la
suma total de $ 18.160,12; ascendiendo el
nuevo precio del Contrato a la suma total de $
77.441.911,51.
Que la presente obra será atendida con
recursos del Presupuesto de la Agencia
Córdoba de Inversión y Financiamiento
Sociedad de Economía Mixta (ACIF - S.E.M.),
conforme lo dispuesto oportunamente en el
Convenio suscripto entre el Ministerio de
Infraestructura y la citada Agencia.
Que en consecuencia al darse el supuesto
previsto en el Decreto N° 1231/10 modificatorio
de su similar N° 1133/10, la Dirección Provin-
cial de Vialidad ha considerado conveniente la
redeterminación del precio del contrato, por lo
que ha procedido a suscribir con la contratista
el Acta Acuerdo de la octava y novena
redeterminación de precio por reconocimiento
de variación de costos.
Por ello, las normas legales citadas, lo
dispuesto por Decreto N° 288/13, Informe del
Departamento Gestión Económica de Obras de
la Dirección Provincial de Vialidad y lo
dictaminado por la Dirección General de
Asuntos Legales de este Ministerio con el N°
522/13,
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APROBAR el Acta Acuerdo de
la octava y novena Redeterminación de Precio
por Reconocimiento de Variación de Costos
correspondiente a los meses de abril y julio de
2013, por trabajos faltantes de ejecutar en la
obra: "PAVIMENTACIÓN DE RUTA PROVIN-
CIAL S-271 - TRAMO: ESTACIÓN TERRENA
BOSQUE ALEGRE - SAN CLEMENTE - 1ra.
SECCIÓN - ESTACIÓN TERRENA BOSQUE
ALEGRE - PROG. 0,00 - PROG. 10.000 -
DEPARTAMENTO PUNILLA", por la suma to-
tal de PESOS UN MILLÓN CUATRO
CIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CIENTO
CINCUENTA Y OCHO CON SETENTA Y DOS
CENTAVOS ($ 1.483.158,72), suscripta con
fecha 24 de setiembre de 2013, entre el señor
Presidente de la Dirección Provincial de
Vialidad, Ingeniero Raúl BERTOLA, por una
parte y los apoderados de la empresa BRITOS
S.A., señores Mario Pablo DOBLER y
Leonardo Enrique TEJERO, contratista de la
obra, por la otra, como así también documental
de fs. 60/63 que como ANEXO I, compuesto de
diez (10) fojas y cuatro (4) fojas, integran la
presente Resolución.
Artículo 2º.- IMPÚTAR el egreso que
asciende a la suma de PESOS UN MILLÓN
CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL
CIENTO CINCUENTA Y OCHO CON SE
TENTA Y DOS CENTAVOS ($ 1.483.158,72),
conforme lo indica la Agencia Córdoba de
Inversión y Financiamiento (ACIF) - Sociedad
de Economía Mixta, de acuerdo al siguiente
detalle: Jurisdicción: 6.05, Programa: 849 -
Programa del Desarrollo Interior y Apoyo So-
cial. Subprograma: 2 - Fin. SS Económicos:
Transporte - PP: 12-06 Trabajos Públicos -
Obras Ejecución por Terceros“N° Obra: 4872
Artículo 3º.- FACULTAR al señor Presidente
de la Dirección Provincial de Vialidad a
suscribir la Enmienda de Contrato por
Redeterminación de Precios.
Artículo 4°.- ESTABLECER que la
Dirección Provincial de Vialidad requerirá a la
Empresa BRITOS S.A., de corresponder, la
integración del importe adicional de garantía
de cumplimiento de contrato.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése
intervención Agencia Córdoba de Inversión
y Financiamiento (ACIF) Sociedad de
Economía Mixta, comuníquese, publíquese en
el Boletín Oficial, notifíquese, pase a la Dirección
Provincial de Vialidad a sus efectos y archívese.
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos/min_10_r206.pdf

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