Resolución N° 154

EmisorDirección general de arquitectura
Fecha de la disposición14 de Marzo de 2014
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCII - Nº 77 CÓRDOBA, 26 de mayo de 20144
que atento lo dispuesto por los artículos 4, 8, 9 y 10 del Decreto Nº 1133/2010, rectificado por su
similar Nº 1231/2010 y lo dispuesto por Resolución del ex-MOSP Nº 013/2011, se verificó una
variación de costos a partir del mes de JULIO/13 del 13,79%, por lo que se procedió a calcular el
Factor de Redeterminación (Fri) correspondiente, verificándose una variación de costos a partir de
dicho mes del 12,41%, habiéndose aplicado los Números índices publicados mensualmente en el
Anexo del Cuadernillo INDEC Informa, a valores del mes anterior a dicha fecha y a valores del mes
anterior al de la fecha de Cotización (DICIEMBRE/2012), resultando un monto a reconocer a la
contratista por dicho concepto de $ 53.480,77, por lo que el nuevo presupuesto de obra redeterminado
asciende a $ 484.330,84. Al pié de fs. 42 las Direcciones de Planificación y Proyectos y de Obras,
Licitaciones y Contrataciones propician la continuidad del Trámite;
Que a fs. 43, mediante Dictamen N° 038/2014, División Jurídica expresa que conforme las
actuaciones agregadas en autos y el referido análisis elaborado por Sección Estudios de Costos, no
existe objeción de orden jurídico formal para proceder a la Redeterminación tramitada en autos;
Que respecto de los análisis técnico y contable, como así también en relación al procedimiento de
cálculo, ese Servicio Jurídico Asesor no abre Juicio por cuanto escapa al ámbito de su competencia;
Que por lo expuesto, las disposiciones del Decreto N° 1133/10, y su modificatorio N° 1231/10,
puede procederse en el marco del presente pronunciamiento, haciendo lugar a la Redeterminación
de Precios de la Obra de Referencia;
Que a fs. 44/46 obra Acta Acuerdo por la Redeterminación de Precios, suscripta entre el Señor
Director General de Arquitectura y la Empresa INGENIERÍA CONSTRUCTORA S.R.L., con fecha
12/02/2014;
ATENTO ELLO
EL SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE ARQUITECTURA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º. APROBAR el Acta Acuerdo por Redeterminación de Precios por Variaciónes de
Costos, correspondiente al mes de JULIO/2013, de la obra: “Reparaciones Generales a realizarse
en el Edificio de la Escuela GREGORIA MATORRAS DE SAN MARTÍN, ubicada en Colonia Corral
de Guardia - San Antonio de Litín - Departamento Unión - Provincia de Córdoba”, suscripta entre el
Señor Director General de Arquitectura y la Empresa INGENIERÍA CONSTRUCTORA S.R.L.,
obrante a fs. 44/46, la que a los efectos pertinentes forma parte de la presente Resolución como
Anexo I, compuesta de TRES (3) fojas y consecuentemente autorizar la inversión de la suma de
PESOS CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA CON SETENTA Y SIETE
CENTAVOS ($ 53.480,77.) para atender la diferencia a abonar por dicho concepto a la mencionada
Empresa, conforme las razones expresadas en considerandos que se dan por reproducidas en
esta instancia.-
ARTICULO 2º.- IMPUTAR el egreso conforme lo indica la Dirección de Administración del Ministerio
de Infraestructura en Nota de Pedido Nº 2014/000226 (fs.49) - Programa 506-005 - PARTIDAS
12.06.00.00 - Obras Ejecución por Terceros del P.V.-
ARTICULO 3°.- PROTOCOLICESE , Intervenga Dirección de Administración del Ministerio de
Infraestructura, tome razón el Honorable Tribunal de Cuentas, Notifíquese, Publíquese en el Boletín
Oficial y PASE a Jefatura de Área de Inspecciones y Certificaciones, a sus efectos.-
ARQ. ANDRES E. CAPARROZ
DIRECTOR GENERAL DE ARQUITECTURA
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/min_10_r153.pdf
Resolución N° 154 Córdoba, 14 de Marzo de 2014
Expte. N* 0047-000812/2012 - Ref. Nº 3 .-
VISTO este Referente en el que a fs. 2 mediante Nota de fecha 26 de Agosto 2013 presentada por
la Empresa Ingeniería y Diseño SOCBE S.A., contratista de la obra: “REPARACIONES GEN-
ERALES en el edificio de la ESCUELA JOSE MARIA PAZ, ubicada en Paraje Chacras Norte - Zona
Rural - Río Primero - Departamento Río Primero - Provincia de Córdoba”, solicita Nueva
Redeterminación de Precios de la mencionada obra en el marco de las disposiciones del Decreto N°
1133/10 rectificado por su similar N° 1231/10;
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 4/8, la contratista presenta documentación fundamentando su petición;
Que en cumplimiento a disposiciones internas se agregan a fs. 9/47 documentación relacionada
con la ejecución de la obra que se trata, de la que se desprende que la adjudicación se perfeccionó
mediante Resolución N° 003/13 y su rectificatoria N° 050/13 ambas de la Dirección General de
Arquitectura, habiéndose suscripto el contrato correspondiente con fecha 03/07/13, y replanteándose
la misma con fecha 12/07/2013, destacándose además Acta Acuerdo por la primera Redeterminación
de Precios suscripta entre el Señor Director General de Arquitectura y la Empresa Ingeniería y
Diseño SOCBE S.A., con fecha 03/09/2013;
Que a fs. 49 División Certificaciones informa que no se ha confeccionado Certificado Extraordinario
de pago a Cuenta, habiéndose emitido Partes Mensuales N° 1 y 2, correspondiente a los meses de
JULIO/13 y AGOSTO/13, con un avance de obra del 100%;
Que a fs. 51/55, toma participación Sección Costos, elaborando planilla e informe del que surge
que atento lo dispuesto por los artículos 4, 8, 9 y 10 del Decreto Nº 1133/2010, rectificado por su
similar Nº 1231/2010 y lo dispuesto por Resolución del ex-MOSP Nº 013/2011, se constató una
variación de costos a partir del mes de AGOSTO/13 del 8,04%, por lo que se procedió a calcular el
Factor de Redeterminación (Fri) correspondiente, verificándose una variación de costos a partir de
dicho mes del 7,23%, habiéndose aplicado los Números índices publicados mensualmen-te en el
Anexo del Libro INDEC Informa, a valores del mes anterior a dicha fecha y a valores del mes
anterior al de la fecha de la Primera Redeterminación (MAYO/2013), resultando un monto a reconocer
a la contratista por dicho concepto de $ 19.349,57., por lo que el nuevo presupuesto de obra
redeterminado asciende a $ 781.276,94. Al pié de fs. 56 las Direcciones de Planificación y Proyectos
y de Obras, Licitaciones y Contrataciones propician la continuidad del Trámite;
Que a fs. 57, mediante Dictamen N° 933/2013, División Jurídica expresa que conforme las
actuaciones agregadas en autos y el referido análisis de fs.51/55 elaborado por Sección Costos, no
existes objeción de orden jurídico formal para proceder a la Redeterminación solicitada;
Que respecto de los análisis técnico y contable, ese Servicio Asesor no abre juicio por cuanto
escapa al ámbito de su competencia;
Que por lo expuesto, las disposiciones de los Decretos Provincial N 1133/10, 1231/10 y 2773/11,
puede la Superioridad proceder en el marco del presente pronunciamiento haciendo lugar a la
presente Redeterminación de Precios;
Que a fs. 58/60 obra Acta Acuerdo por la Redeterminación de Precios, suscripta entre el Señor
Director General de Arquitectura y la Empresa, con fecha 04/02/2014;
ATENTO ELLO
EL SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE ARQUITECTURA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º. APROBAR el Acta Acuerdo por Redeterminación de Precios por Variaciónes de
Costos, correspondiente al mes de AGOSTO/2013, de la obra: “REPARACIONES GENERALES en
el edificio de la ESCUELA JOSE MARIA PAZ, ubicada en Paraje Chacras Norte - Zona Rural - Río
Primero - Departamento Río Primero - Provincia de Córdoba”, suscripta entre el Señor Director
General de Arquitectura y la Empresa Ingeniería y Diseño SOCBE S.A., obrante a fs. 58/60, la que
a los efectos pertinentes forma parte de la presente Resolución como Anexo I, compuesta de TRES
(3) fojas y consecuentemente autorizar la inversión de la suma de PESOS DIECINUEVE MIL
TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 19.349,57.-)
para atender la diferencia a abonar por dicho concepto a la mencionada Empresa, conforme las
razones expresadas en considerandos que se dan por reproducidas en esta instancia.-
ARTICULO 2º. IMPUTAR el egreso conforme lo indica la Dirección de Administración del Ministerio
de Infraestructura en Nota de Pedido Nº 2014/000228 (fs.63) - Programa 506-005 - PARTIDAS
12.06.00.00 - Obras Ejecución por Terceros del P.V.-
ARTICULO 3°.- PROTOCOLICESE, Intervenga Dirección de Administración del Ministerio de
Infraestructura, tome razón el Honorable Tribunal de Cuentas, Notifíquese, Publíquese en el Boletín
Oficial y PASE a Jefatura de Área de Inspecciones y Certificaciones, a sus efectos.-
ARQ. ANDRES E. CAPARROZ
DIRECTOR GENERAL DE ARQUITECTURA
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/min_10_r154.pdf
Resolución N° 157 Córdoba, 17 de Marzo de 2014
Expte. N* 0047-001254/2013 - Ref. Nº 1 .-
VISTO este Referente en el que a fs. 3 mediante Nota de fecha 24 de Septiembre 2013 presentada
por la Empresa ARQUITECTONIKA S.R.L., contratista de la obra: “REPARACIONES GENERALES
en el edificio del CENTRO EDUCATIVO ZENON LOPEZ, ubicado en calle Rafael Nuñez N° 1058
- Pilar - Departamento Río Segundo - Provincia de Córdoba”, solicita Redeterminación de Precios
de la mencionada obra en el marco de las disposiciones del Decreto N° 1133/10 rectificado por su
similar N° 1231/10;
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 4/6, la contratista presenta documentación fundamentando su petición;
Que en cumplimiento a disposiciones internas se agregan a fs. 9/32 documentación relacionada
con la ejecución de la obra que se trata, de la que se desprende que la adjudicación se perfeccionó
mediante Resolución N° 507/13 de la Dirección General de Arquitectura, habiéndose suscripto el
contrato correspondiente con fecha 06/09/13, y replanteándose la misma con fecha 01/10/2013;
Que a fs. 34 División Certificaciones informa que no se ha confeccionado Certificado Extraordinario
de pago a Cuenta;
Que a fs. 36/39, toma participación Sección Costos, elaborando planilla e informe del que surge
que atento lo dispuesto por los artículos 4, 8, 9 y 10 del Decreto Nº 1133/2010, rectificado por su
similar Nº 1231/2010 y lo dispuesto por Resolución del ex-MOSP Nº 013/2011, se verificó una
variación de costos a partir del mes de JULIO/13 del 12,97%, por lo que se procedió a calcular el
Factor de Redeterminación (Fri) correspondiente, verificándose una variación de costos a partir de

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