Resolución N° 14

EmisorSecretaría de obras públicas
Fecha de la disposición28 de Febrero de 2014
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXC - Nº 42 CÓRDOBA, 31 de marzo de 20144
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de Variación de
Costos, correspondiente al mes de febrero de 2013, por los
trabajos faltantes de ejecutar en la Obra: “AMPLIACIÓN Y
REMODELACIÓN DEL EDIFICIO QUE OCUPAN LA ESCUELA
Y JARDÍN DE INFANTES PADRE TERCILIO GAMBINO,
UBICADOS EN CALLE ISEAS N° 1550 ESQUINA FIERRO -
BARRIO LOS GRANADOS - CÓRDOBA - DEPARTAMENTO
CAPITAL” suscripta el día 15 de agosto de 2013 entre el Director
General de Arquitectura y el representante de la empresa ARC
S.R.L., contratista de la obra.
Y CONSIDERANDO:
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en
las previsiones del Decreto N° 1231/2010, modificatorio de su
similar 1133/2010, y lo dispuesto por Resolución N° 013/2011
del entonces Ministerio de Obras y Servicios Públicos, conforme
Acta de Aceptación de Metodología de Análisis para
Redeterminación de Precios suscripta por las partes el día 13 de
febrero de 2012, y lo establecido por el artículo 21 del Pliego
Particular de Condiciones.
Que por Decreto N° 1484 del 20 de septiembre de 2011 se
adjudicó la ejecución de la obra de referencia a la empresa ARC
S.R.L., en tanto que por Decreto N° 857/2013 se aprobó el Acta
Acuerdo de la Tercera Redeterminación de Precios por
Reconocimiento de Variación de Costos de la presente obra.
Que se incorpora la documentación presentada por la contratista
fundamentando su pedido.
Que se informa que el porcentaje de ejecución de obra
acumulada a febrero de 2013 era del 54,95%, habiéndose
liquidado a esa fecha un porcentaje del 20% en concepto de
Certificado Extraordinario de Pago a Cuenta.
Que la Sección de Estudio de Costos de la Dirección General
de Arquitectura ha elaborado planilla e informe del que surge
que, atento lo dispuesto por los artículos 4, 8, 9 y 10 del Decreto
N° 1133/2010, modificado por su similar N° 1231/2010, y lo
dispuesto por Resolución Ministerial N° 13/2011, a partir del mes
de febrero de 2013, se verificó un porcentaje de variación de
costos del 7,08 %, por lo que se procedió a calcular el Factor de
Redeterminación (Fri), que arroja un porcentaje de variación de
costos a partir de dicho mes del 4,96%, habiéndose aplicado los
Números Índice publicados mensualmente en el Anexo del
Cuadernillo INDEC Informa a valores del mes anterior a dicha
fecha, y a valores del mes anterior al de la tercera redeterminación
(julio de 2012), lo que implica reconocer a la contratista por ese
concepto la suma de $ 232.917,30,habiéndose considerado el
10% de utilidad invariable y el 20% del Certificado Extraordinario
de Pago a Cuenta, ascendiendo el presupuesto de obra
redeterminado a febrero de 2013, a la suma de $ 10.382.735,71.
Que en consecuencia al darse el supuesto previsto en el
Decreto N° 1231/2010, modificatorio de su similar N° 1133/2010
y verificada la existencia de los supuestos que tornan procedente
la aplicación del citado instrumento legal, la Dirección General de
Arquitectura ha considerado conveniente la redeterminación del
precio del contrato, por lo que suscribió con la contratista el Acta
Acuerdo de redeterminación de precio por reconocimiento de la
cuarta variación de costos.
Por ello, las normas legales citadas, lo dispuesto por el artículo
14 del Decreto N° 1231/2010, modificatorio de su similar N°
1133/2010, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos
Legales del Ministerio de Infraestructura con el N° 490/2013, por
Fiscalía de Estado bajo el N° 872/2013 y en uso de las
atribuciones conferidas por el artículo 144 inciso 1° de la
Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de la cuarta
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de Variación de
Costos, correspondiente al mes de febrero de 2013, por los
trabajos faltantes de ejecutar en la obra: “AMPLIACIÓN Y
REMODELACIÓN DEL EDIFICIO QUE OCUPAN LA ESCUELA
Y JARDÍN DE INFANTES PADRE TERCILIO GAMBINO,
UBICADOS EN CALLE ISEAS N° 1550 ESQUINA FIERRO -
BARRIO LOS GRANADOS - CÓRDOBA - DEPARTAMENTO
CAPITAL”, por la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y
DOS MIL NOVECIENTOS DIECISIETE CON TREINTA
CENTAVOS ($ 232.917,30), suscripta el día 15 de agosto de
2013, entre el Director General de Arquitectura y el representante
de la empresa ARC S.R.L. contratista de la obra, la que como
Anexo I, compuesto de tres (3) fojas, integra el presente Decreto.
ARTÍCULO 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma
total de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MIL
NOVECIENTOS DIECISIETE CON TREINTA CENTAVOS ($
232.917,30), conforme lo indica la Dirección General de
Administración del Ministerio de Educación en su Documento de
Contabilidad, Nota de Pedido Nro. 2013/001142 a Jurisdicción
1.35, Programa 378-000, Partida 12.06.00.00 del Presupuesto
Vigente.
ARTÍCULO 3º.- FACÚLTASE al señor Director General de
Arquitectura a suscribir la enmienda de contrato por
redeterminación de precio, debiendo la empresa integrar el
importe adicional de garantía de cumplimiento del contrato.
ARTÍCULO 4°.- El presente decreto será refrendado por los
señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 5°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese
intervención a la Dirección General de Administración del
Ministerio de Educación, al Tribunal de Cuentas de la Provincia,
notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Dirección
General de Arquitectura a sus efectos y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/pe_d1234.pdf
Resolución N° 14
Córdoba, 28 de Febrero de 2014
VISTO: El expediente Nº 0034-078857/2013,
en que se propicia la locación del inmueble sito
en calle 25 de Mayo Nº 520, entre calles La
Plata y Pasaje Capdevila de la localidad de La
Falda de esta Provincia, destinado al uso de la
Dirección General de Rentas y cualquier otra
dependencia que el Superior Gobierno de
Córdoba resuelva instalar, a partir del día 1º de
marzo de 2014 y por el término de dos año.
Y CONSIDERANDO:
Que la Dirección General de Rentas a fs. 2
manifiesta la necesidad de ocupar dicho
inmueble en virtud de estar ya instalada en el
mismo inmueble una Receptoría de la Dirección
General de Rentas.
Que la contratación propiciada encuadra en
las previsiones del artículo 110 inciso 29) de la
Ley N° 7631, reglamentado por Decreto Nº
513/09.
Que ha tomado debida participación el Consejo
General de Tasaciones determinando el valor
locativo mensual del inmueble de que se trata
en la suma de $ 2.500.-
Que los señores Juan José Molina y Silvina
Laura Sabatino, en su carácter de propietarios
del inmueble referido proponen un alquiler men-
sual de $ 2.500.-
Que asimismo ha tomado intervención el Área
Infraestructura de la Secretaría de Ingresos
Públicos del Ministerio de Finanzas, elaborando
el pertinente informe respecto del estado del
inmueble a locar.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo
prescripto por el artículo 110 inciso 29) de la
Ley Nº 7631 y Decreto Reglamentario Nº 513/
09, artículo 16 de la Ley Nº 5901 (T.O. Ley Nº
6300) en concordancia con el artículo 42 de la
Ley Nº 10176, la Nota de Pedido Nº 2014/
000016 y de acuerdo con lo dictaminado por el
Área Legales de este Ministerio al Nº 59/14,
LA DIRECTORA GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- CONTRATAR en forma
directa con los señores Juan José MOLINA
(D.N.I. Nº 24.527.780) y Silvina Laura
SABATINO (D.N.I. Nº 26.279.124), la locación
del inmueble sito calle 25 de Mayo Nº 520, en-
tre calles La Plata y Pasaje Capdevila de la
localidad de La Falda de esta Provincia,
destinado al uso de la Dirección General de
Rentas y cualquier otra dependencia que el Su-
perior Gobierno de Córdoba resuelva instalar,
a partir del día 1º de marzo de 2014 y por el
término de dos (2) años, a razón de un alquiler
mensual de PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($
2.500.-), conforme contrato de locación e informe
técnico respecto del estado del inmueble, que
como Anexo I con tres (3) fojas útiles, forma
parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- IMPUTAR el egreso que
demande el cumplimiento del presente
dispositivo por la suma total de PESOS
SESENTA MIL ($ 60.000.-), a Jurisdicción 115
-Ministerio de Finanzas- de acuerdo con el
siguiente detalle: por el período: marzo-
diciembre de 2014: PESOS VEINTICINCO MIL
($ 25.000.-) al Programa: 152-005, Partida:
3.02.01.00 “Alquiler de Edificios y Locales” del
P.V; por el período enero-diciembre de 2015,
PESOS TREINTA MIL ($ 30.000.-) y por el
período enero-febrero de 2016, PESOS CINCO
MIL ($ 5.000.-) como Importe Futuro.
ARTÍCULO 3º.- PREVIO a la remisión para
su visación al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, deberá darse intervención al
Departamento Patrimonial de Contaduría Gen-
eral de la Provincia, quien desglosará copia
autenticada del contrato y como así también de
la presente Resolución.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, dése
intervención al Tribunal de Cuentas, comuní-
quese, publíquese en el Boletín Oficial y
archívese.
CRA. SUSANA LÓPEZ DE VAIRA
DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/dga_r14.pdf
DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACN
Resolución N° 17
Córdoba, 12 de Marzo de 2014
VISTO: El expediente Nº 0027-052713/2014.
Y CONSIDERANDO:
Que los Artículos 80 y 88 de la Ley Nº 9086 en
concordancia con el Artículo 116 del Anexo “A” a
la Resolución Nº 004/11 de la Secretaría de
Administración Financiera, disponen que los
gastos comprometidos y no devengados al día
treinta y uno de diciembre de cada año, deberán
ser desafectados, autorizándose a que dichos
gastos, de considerarse necesario, se vuelvan a
imputar con cargo a los créditos previstos en la
Ley de Presupuesto General de la Administración
Pública Provincial correspondiente al ejercicio del
año siguiente al de su caducidad, debiendo los
Servicios Administrativos confeccionar los
documentos contables pertinentes y autorizar a
reconducir los documentos a nivel de Órdenes
de Compra emitidos en el ejercicio 2013 como
Importe Futuro para el año 2014.
Que de acuerdo con lo antedicho puede
accederse conforme lo propicia el Área
Administración de esta Dirección General a fs.
9.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo
dispuesto por los artículos 80 y 88 de la Ley Nº
9086 y artículo 116 del Anexo “A” a la Resolución
Nº 004/11 de la Secretaría de Administración
Financiera,

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