Resolución N° 119

Provincia de Buenos Aires.

MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS.

Resolución N° 119.

La Plata, 9 de septiembre de 2014.

VISTO la situación que se plantea con relación a una gran cantidad de distritos de la Provincia de Buenos Aires, con motivo de las inundaciones, y CONSIDERANDO:

Que conforme evaluaciones llevadas a cabo recientemente y teniendo en cuenta los registros de precipitaciones correspondientes a la Provincia, las lluvias caídas superan ampliamente los promedios históricos, marcando en algunos casos excesos del cien por ciento (100%) en el transcurso del año, agravándose la situación para el mes de agosto alcanzando registros de hasta un doscientos cincuenta por ciento (250 %) de aumento interanual para un grupo de municipios;

Que, en este contexto, de los 135 municipios que tiene la Provincia, ya han sido declarados cincuenta y dos (52) en Emergencia y/o Desastre por la Comisión de Emergencia y Desastre Agropecuario de la Provincia de Buenos Aires (CEDABA); Que, a fin que los titulares de las explotaciones rurales puedan acceder a los beneficios que otorga la Ley N° 10.390, la correspondiente declaración de Emergencia y/o Desastre por parte de la CEDABA, debe ser ratificada por Decreto del Ejecutivo Provincial;

Que los trámites administrativos que finalizan con la firma de los correspondientes Decretos de Declaración de Emergencia y/o Desastre se han demorado por encima de los plazos normales debido a que los productores y municipios involucrados vienen solicitando ampliaciones a las declaraciones ya aprobadas por la CEDABA;

Que, conforme la situación crítica detallada, deviene menester la adopción de medidas excepcionales que sirvan de paliativo ante los fenómenos meteorológicos de carácter extraordinarios de manera urgente;

Por ello, EL MINISTRO DE ASUNTOS AGRARIOS, RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Solicitar al Banco de la Provincia de Buenos Aires “ad referéndum” de la aprobación del correspondiente Decreto Provincial y contra la presentación del Certificado Provisorio de Emergencia...

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