Resolución N° 107

EmisorDirección general de catastro
Fecha de la disposición 1 de Octubre de 2014
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCVII - Nº 174 CÓRDOBA, 9 de octubre de 20142
como parte integrante de este Acuerdo.- ARTÍCULO 2°: Protocolícese, notifíquese y archívese.-
Fdo: Jorge A. García-Suplente Poder Ejecutivo; Hugo L. Cometto-Titular Poder Legislativo;
María G. Manzanares-Suplente Poder Legislativo; Julio A. Agosti-Suplente Poder
Legislativo; Oscar D. Muhana-Titular Ministerio Público; Ricardo De Toro-Suplente Poder
Judicial.-
ANEXO I – JUEZ DE PAZ DEL DEPARTAMENTO ISCHILIN.
VACANTE: VILLA ISCHILIN-PARROQUIA
CONCURSANTES
APELLIDO Y NOMBRE Tipo Número TOTAL
1 ZARATE, MARIA BELEN D.N.I 30.583.854 51,05
VILLA SARMIENTO
DEPARTAMENTO GENERAL ROCA
Acuerdo Nº 67. En la Ciudad de Córdoba a los 02 días del mes de Octubre del año dos mil
catorce, bajo la presidencia del Dr. Jorge Alberto GARCIA, se reunieron los Señores Miembros de
la Junta de Calificación y Selección de Jueces de Paz creada por Ley Nro. 9449, Sres. Hugo
Leonides COMETTO, María Graciela MANZANARES, Julio Alberto AGOSTI, Oscar Daniel
MUHANA y Ricardo DE TORO y ACORDARON: Y VISTO:.. Y CONSIDERANDO:.. LA JUNTA
DE CALIFICACIÓN Y SELECCIÓN DE JUECES DE PAZ RESUELVE: ARTÍCULO 1°:
Confeccionar el ORDEN DE MERITO correspondiente a la vacante VILLA SARMIENTO
(Departamento GENERAL ROCA) con el puntaje total obtenido por cada uno de los concursantes,
excluyendo del mismo a quienes no hayan obtenido el mínimo de cincuenta (50) puntos, conforme
al Anexo I que se agrega como parte integrante de este Acuerdo.- ARTÍCULO 2°: Protocolícese,
notifíquese y archívese.- Fdo: Jorge A. García-Suplente Poder Ejecutivo; Hugo L. Cometto-
Titular Poder Legislativo; María G. Manzanares-Suplente Poder Legislativo; Julio A. Agosti-
Suplente Poder Legislativo; Oscar D. Muhana-Titular Ministerio Público; Ricardo De Toro-
Suplente Poder Judicial.-
VIENE DE TAPA ANEXO I – JUEZ DE PAZ DEL DEPARTAMENTO GENERAL ROCA
VACANTE: VILLA SARMIENTO
CONCURSANTES
APELLIDO Y NOMBRE Tipo Número TOTAL
1 GARCIA, GABRIELA SILVIA D.N.I 20.570.680 67,25
SAN AGUSTÍN - LOS MOLINOS
DEPARTAMENTO CALAMUCHITA
Acuerdo Nº 65. En la Ciudad de Córdoba a los 02 días del mes de Octubre del año dos mil
catorce, bajo la presidencia del Dr. Jorge Alberto GARCIA, se reunieron los Señores Miembros de la
Junta de Calificación y Selección de Jueces de Paz creada por Ley Nro. 9449, Sres. Hugo Leonides
COMETTO, María Graciela MANZANARES, Julio Alberto AGOSTI, Oscar Daniel MUHANA y
Ricardo DE TORO y ACORDARON: Y VISTO:..Y CONSIDERANDO:..LA JUNTA DE
CALIFICACIÓN Y SELECCIÓN DE JUECES DE PAZ RESUELVE: ARTÍCULO 1°: Confeccionar
el ORDEN DE MERITO correspondiente a la vacante SAN AGUSTIN-LOS MOLINOS (Departamento
CALAMUCHITA) con el puntaje total obtenido por cada uno de los concursantes, excluyendo del
mismo a quienes no hayan obtenido el mínimo de cincuenta (50) puntos, conforme al Anexo I que se
agrega como parte integrante de este Acuerdo.- ARTÍCULO 2°: Protocolícese, notifíquese y archívese.-
Fdo: Jorge A. García-Suplente Poder Ejecutivo; Hugo L. Cometto-Titular Poder Legislativo;
María G. Manzanares-Suplente Poder Legislativo; Julio A. Agosti-Suplente Poder Legislativo;
Oscar D. Muhana-Titular Ministerio Público; Ricardo De Toro-Suplente Poder Judicial.-
ANEXO I – JUEZ DE PAZ DEL DEPARTAMENTO CALAMUCHITA.
VACANTE: SAN AGUSTIN-LOS MOLINOS
CONCURSANTES
APELLIDO Y NOMBRE Tipo Número TOTAL
1 ORTEGA, CLAUDIO OSCAR D.N.I 20.079.046 83,09
DIRECCIÓN GENERAL DE
CATASTRO
Resolución N° 107 Córdoba, 1º de Octubre de 2014
EXPTE. N° 0033-090593/2014
VISTO lo informado por el Área Tecnología Informática respecto
a la necesidad de incorporar en la Base de Datos las mejoras
detectadas en las parcelas que se detallan en el listado Anexo,
con motivo de la interpretación de imágenes satelitales Quick Bird
del año 2011 en la Localidad de Río Cuarto, Provincia de
Córdoba;
Y CONSIDERANDO:
Que mediante el análisis de dichas imágenes se ha podido
verificar que existe diferencia entre las mejoras incorporadas en
la Base de Datos con las que surgen en las mismas;
Que por ello, con el objeto de garantizar los principios de
legalidad, equidad y capacidad contributiva en la percepción del
impuesto inmobiliario, consagrados en el Art. 71 de la Constitución
de la Provincia de Córdoba, en ejercicio de la facultad conferida
a esta Dirección por artículo 10 bis de la Ley N° 5057, y de
conformidad al artículo 137 del Código Tributario (Ley 6006 T.
O.), corresponde disponer la incorporación a los Registros
Catastrales de las mejoras detectadas, a fin de que impacte en la
valuación de dichos inmuebles y consecuentemente en la Base
Imponible;
Que asimismo, atento que las imágenes referidas datan del año
2011 corresponde asignarles la vigencia establecida en el artículo
25 de la Ley N° 5057, a partir del 1° de Enero del 2012;
Que el procedimiento imple-mentado no exime al contribuyente
del cumplimiento de la obligación de denunciar cualquier cambio
que pueda modificar la valuación de sus inmuebles (artículo 45
inciso “c” de la Ley 5057);
Atento lo manifestado, dispositivos legales citados, lo dispuesto
por el Decreto 1443/02 y sus prórrogas, y las facultades
acordadas a esta Dirección por la Ley N° 5057;
EL DIRECTOR GENERAL DE CATASTRO
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- Incorporar a los registros catastrales con la
vigencia a partir del 1° de Enero del año 2012, las mejoras
detectadas como resultado de la interpretación de imágenes
satelitales de la Localidad de Río Cuarto, Provincia de Córdoba,
en relación a las parcelas que se detallan en el listado anexo.
ARTÍCULO 2º.- Protocolícese, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial y archívese.
ING. AGRIM. GUSTAVO M. GARCÍA
DIRECTOR GENERAL
DIRECCIÓN GENERAL DE CATASTRO
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/dgc_r107.pdf
Resolución N° 108 Córdoba, 1º de Octubre de 2014
EXPTE. N° 0033-090594/2014.-
VISTO lo informado por el Área Tecnología Informática respecto
a la necesidad de incorporar en la Base de Datos las mejoras
detectadas en las parcelas que se detallan en el listado Anexo, con
motivo de la interpretación de imágenes satelitales Quick Bird del
año 2011 en la Localidad de Río Cuarto, Provincia de Córdoba;
Y CONSIDERANDO:
Que mediante el análisis de dichas imágenes se ha podido
verificar la existencia de mejoras sobre parcelas que se encuentran
registradas como Baldíos en la Base de Datos;
Que por ello, con el objeto de garantizar los principios de legalidad,
equidad y capacidad contributiva en la percepción del impuesto
inmobiliario, consagrados en el Art. 71 de la Constitución de la
Provincia de Córdoba, en ejercicio de la facultad conferida a esta
Dirección por artículo 10 bis de la Ley N° 5057, y de conformidad
al artículo 137 del Código Tributario (Ley 6006 T. O.), corresponde
disponer la incorporación a los Registros Catastrales de las mejoras
detectadas, a fin de que impacte en la valuación de dichos inmuebles
y consecuentemente en la Base Imponible.
Que asimismo, atento que las imágenes referidas datan del año
2011, corresponde asignarles la vigencia establecida en el art. 25
de la Ley N° 5057, a partir del 1° de Enero de 2012;
Que el procedimiento imple-mentado no exime al contribuyente
del cumplimiento de la obligación de denun-ciar cualquier cambio
que pueda modificar la valuación de sus inmuebles (artículo
45 inciso “c” de la Ley 5057).
Atento lo manifestado, dispositivos legales citados, lo dispuesto
por el Decreto 1443/02 y sus prórrogas, y las facultades
acordadas a esta Dirección por la Ley N° 5057;
EL DIRECTOR GENERAL DE CATASTRO
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- Incorporar a los registros catastrales con la
vigencia a partir del 1° de Enero del año 2012, las mejoras
detectadas como resultado de la interpretación de imágenes
satelitales de la Localidad de Río Cuarto, Provincia de Córdoba,
en relación a las parcelas que se detallan en el listado anexo.
ARTÍCULO 2º.- Protocolícese, notifíquese, publíquese en el
Boletín Oficial y archívese.
ING. AGRIM. GUSTAVO M. GARCÍA
DIRECTOR GENERAL
DIRECCIÓN GENERAL DE CATASTRO
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/dgc_r108.pdf

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