Resolución N° 1013

EmisorDirección general de arquitectura
Fecha de la disposición19 de Diciembre de 2013
CÓRDOBA, 14 de mayo de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCII - Nº 69 Primera Sección 9
Resolución N° 1013 Córdoba, 19 de diciembre de 2013
Expte. Nº 0047-001825/2013
VISTO este expediente en el que obran las actuaciones relacionadas con la Licitación Privada N°
56, efectuada el día 26/09/13, para contratar la Ejecución de la Obra: “NUEVO CERCO PERIMETRAL
en el edificio del I.P.E.M. N° 312 DALMACIO VÉLEZ SARSFIELD, ubicado en calles Perelo y
García Sequeira - B° Ferreyra Sur - CORDOBA - DEPARTAMENTO CAPITAL”, con un Presupuesto
Oficial de $ 644.893,89.-, conforme la autorización acordada por Resolución N° 616/13;
Y CONSIDERANDO:
QUE a fs. 45/52 corren agregadas constancias de las invitaciones cursadas a ocho (8) firmas del
medio, habiéndose receptado las propuestas que da cuenta el Acta de fs. 87, a saber: TRAUCO
S.R.L.; ANSAL CONSTRUCCIONES S.R.L. y SCALA EMPRESA CONSTRUCTORA S.R.L.;
QUE a fs. 89/89 vta., obra informe elaborado por la Comisión de Estudio de Ofertas designada por
Resolución N° 739/2013, expresando que de la totalidad de las empresas oferentes, dos de ellas
cumplimentan en forma íntegra y acabada con los requerimientos exigidos por el Art. 10 del PPC,
acreditando así la capacidad jurídica y técnica para obligarse contractualmente con la Administración.
En tanto y con relación a la oferta formulada por la Empresa ANSAL CONSTRUCCIONES S.R.L.
se advierte que el Pagaré que acompaña en concepto de garantía de mantenimiento de oferta
carece de firma autenticada, en razón de lo cual no cumplimenta con las condiciones exigidas por el
Pliego Particular de Condiciones. Al reputarse tal requisito esencial, es criterio de esa Comisión
rechazar la misma por apartarse de las bases de contratación, procediendo en consecuencia al
análisis comparativo de las propuestas presentadas en forma, elaborando el siguiente cuadro:
EMPRESA MONTO DE OFERTA % S/ P.O.
TRAUCO S.R.L. $ 645.010,65.- + 00.02 %
SCALA EMPRESA
CONSTRUCTORA S.R.L. $ 697.515,66.- + 08.15 %
QUE de conformidad con el análisis efectuado a tenor de lo dispuesto por el Art. 13 del P.P.C. como
así también de la documentación obrante en autos, es criterio de esa Comisión que la propuesta que
se ajusta a Pliegos y resulta más conveniente en los términos del Art. 29 de la Ley de Obras Públicas,
es la presentada por la Empresa TRAUCO S.R.L., cuya oferta asciende a la suma de $
645.010,65.-, representando un porcentaje superior del 00.02% de variación respecto del
Presupuesto Oficial, aconsejando en consecuencia su adjudicación, salvo mejor criterio de la
Superioridad;
QUE a fs. 90/90 vta. se expide División Jurídica, mediante Dictamen Nº 705/2013, concluyendo
que atento las constancias de autos, lo dispuesto por los Art. 2; 4; 9 y 29 de la Ley de Obras Públicas
(T.O. por Ley N° 8614), el Art. 11 de la Ley Normativa de Ejecución de Presupuesto (T.O. por Ley
6300 y sus modificatorias), y las facultades conferidas por el Decreto N° 2773/11, puede el Señor
Director General dictar Resolución rechazando la oferta presentada por la firma ANSAL
CONSTRUCCIONES S.R.L. por apartarse de las bases de contratación, adjudicando los trabajos
de que se trata a la Empresa TRAUCO S.R.L., por la suma $ 645.010,65.- conforme se propicia;
QUE a fs. 96 corre agregado Certificado de Habilitación para Adjudicación expedido por el Registro
de Constructores de Obra, presentado por la firma TRAUCO S.R.L., en cumplimiento con la
normativa vigente;
ATENTO ELLO,
EL SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE ARQUITECTURA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- APROBAR lo actuado con relación a la Licitación Privada N° 56 efectuada el 26
de Setiembre de 2013 para contratar la Ejecución de la Obra: “NUEVO CERCO PERIMETRAL en
el edificio del I.P.E.M. N° 312 DALMACIO VÉLEZ SARSFIELD, ubicado en calles Perelo y García
Sequeira - B° Ferreyra Sur - CORDOBA - DEPARTAMENTO CAPITAL” y consecuentemente
RECHAZAR la oferta presentada por la Empresa ANSAL CONSTRUCCIONES S.R.L., conforme
las razones expuestas en considerandos, las que se dan por reproducidas en esta instancia.-
ARTICULO 2º.- ADJUDICAR la ejecución de los trabajos enunciados en el artículo anterior a la firma
TRAUCO S.R.L., conforme la propuesta aceptada de fs. 57 y presupuesto de fs. 58, por la suma de
PESOS SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL DIEZ CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS ($
645.010,65.-) cantidad que se autoriza invertir, debiendo suscribirse el contrato correspondiente, para
lo cual el adjudicatario cumplimentará los requisitos que a tal fin se establecen en la documentación
contractual, autorizándose la devolución de las garantías constituidas en concepto de mantenimiento de
oferta a la totalidad de los oferentes.-
ARTICULO 3º.- IMPUTAR el egreso que demande la presente adjudicación conforme lo indica la
Dirección General de Administración del Ministerio de Infraestructura, en Documento de Contabilidad -
Nota de Pedido Nº 2013/002386 (fs. 102) con cargo a la Jurisdicción 1.50 - Programa 506-005 - Partida
12.06.00.00 Obras - Ejecución por Terceros - Inversión Ejercicio Futuro 2014 por la suma de $
645.010,65.-
ARTICULO 4º.- PROTOCOLICESE, intervenga la Dirección General de Administración del
Ministerio de Infraestructura, tome razón el H. Tribunal de Cuentas, notifíquese, publíquese en el Boletín
Oficial y PASE a División Licitaciones y Contratos a sus efectos.
ARQ. ANDRES E. CAPARROZ
DIRECTOR GENERAL DE ARQUITECTURA
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
Resolución N° 1015 Córdoba, 19 de Diciembre de 2013
Expte. N* 0047-001259/2013 - Ref. Nº 2.-
VISTO este Referente en el que a fs. 3 mediante Nota de fecha 23 de Septiembre de 2013
la Empresa ANSAL CONSTRUCCIONES S.R.L. contratista de la obra: “Impermeabilización
cubierta de techos; Reparación de Instalación Sanitaria; Readecuación Eléctrica y Pintura del
Edificio que ocupa el I.P.E.M N° 155 JUAN JOSÉ PASO, ubicado en Calle Platón N° 3030 -
B° Zumaran - Córdoba - Departamento Capital”, solicita Redeterminación de Precios de la
mencionada obra en el marco de las disposiciones del Decreto N° 1133/10 rectificado por su
similar N° 1231/10;
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 4/4 vta. corre agregada la documentación presentada por la contratista,
fundamentando su petición;
Que en cumplimiento a disposiciones internas se agregan a fs. 6/16 documentación relacionada
con la ejecución de la obra que se trata, de la que se desprende que la adjudicación se
perfeccionó mediante Resolución N° 392/13 de la Dirección General de Arquitectura,
habiéndose suscripto el contrato correspondiente con fecha 07/08/2013, replanteándose la
misma con fecha 20/08/2013;
Que a fs. 19 División Certificaciones produce informe manifestando que no se ha
confeccionado Certificado Extraordinario de Pago a Cuenta;
Que a fs. 23/26, toma participación Sección Costos, elaborando planilla e informe del que
surge que atento lo dispuesto por los artículos 4, 8, 9 y 10 del Decreto Nº 1133/2010,
rectificado por su similar Nº 1231/2010 y lo dispuesto por Resolución del ex-MOSP Nº 013/
2011, se verificó una variación de costos a partir del mes de AGOSTO/2013 del 7,15%, por lo
que se procedió a calcular el Factor de Redeterminación (Fri) correspondiente, verificándose
una variación de costos a partir de dicho mes, con un porcentaje del 6,43%, habiéndose
aplicado los Números Índice publicados mensualmente en el ANEXO DEL CUADERNILLO
INDEC INFORMA, a valores del mes anterior a dicha fecha de cotización (Abril/2013),
resultando un monto a reconocer a la contratista de $ 71.586,72.-, por lo que el nuevo
presupuesto de obra redeterminado asciende a la suma de $ 1.184.229,10.- A fs. 27 las
Dirección de Planificación y Proyectos y Obras, Licitaciones y Contrataciones, propician la
continuidad del trámite;
Que a fs. 28, mediante Dictamen N° 786/2013, División Jurídica expresa conforme las
actuaciones agregadas en autos y el referido análisis de fs. 23/26 elaborado por Sección
Costos, no existe objeción de orden jurídico formal para proceder a la Redeterminación
solicitada;
Que respecto de los análisis técnico y contable, ese Servicio Asesor no abre juicio por
cuanto escapa al ámbito de su competencia;
Que por lo expuesto, las disposiciones de los Decretos Provinciales N° 1133/10 y 1231/10
y el Decreto N° 2773/11, puede el Señor Director General proceder en el marco del presente
pronunciamiento;
Que a fs. 29/31 obra Acta Acuerdo por Redeterminación de Precios, suscripta entre el Señor
Director General de Arquitectura y la Empresa ANSAL CONSTRUCCIONES S.R.L., con
fecha 4/11/2013;
ATENTO ELLO
EL SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE ARQUITECTURA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º. APROBAR el Acta Acuerdo por Redeterminación de Precios por Variación
de Costos, correspondiente al mes de AGOSTO/2013 de la obra: “Impermeabilización cubierta
de techos; Reparación de Instalación Sanitaria; Readecuación Eléctrica y Pintura del Edificio
que ocupa el I.P.E.M N° 155 JUAN JOSÉ PASO, ubicado en Calle Platón N° 3030 - B°
Zumaran - Córdoba - Departamento Capital”, suscripta entre el Señor Director General de
Arquitectura y la Empresa ANSAL CONSTRUCCIONES S.R.L., obrante a fs. 29/31, la que a
los efectos pertinentes forma parte de la presente Resolución como Anexo I, compuesta de
TRES (3) fojas, y consecuentemente autorizar la inversión de la suma de PESOS SETENTA
Y UN MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS CON SETENTA Y DOS CENTAVOS ($71.586,72.),
para atender la diferencia a abonar por dicho concepto a la mencionada Empresa, conforme
las razones expresadas en considerandos que se dan por reproducidas en esta instancia.-
ARTICULO 2º.- IMPUTAR el egreso conforme lo indica la Dirección de Administración del
Ministerio de Infraestructura en Nota de Pedido N° 2013/2446 (fs. 35) - INVERSION EJERCICIO
FUTURO ————$ 71.586,72.-
ARTICULO 3°.- PROTOCOLICESE, Intervenga Dirección de Administración del Ministerio
de Infraestructura, tome razón el Honorable Tribunal de Cuentas, Notifíquese, Publíquese en
el Boletín Oficial y PASE a la Jefatura de Área de Inspecciones y Certificaciones, a sus
efectos.-
ARQ. ANDRES E. CAPARROZ
DIRECTOR GENERAL DE ARQUITECTURA
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/min_10_r1015.pdf

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR