Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 4 de Agosto de 2017, expediente CCC 076904/2014/3/CA003

Fecha de Resolución 4 de Agosto de 2017
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CCC 76904/2014/3/CA3 CCCF - Sala 2 CCC 76904/2014/3/CA3 “N., A. s/ prescripción”

Juzg. Fed. N° 7 - Sec. N° 13 Buenos Aires, 4 de agosto de 2017.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I- Las presentes actuaciones se elevaron a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Sr. Fiscal Federal Dr. R.G., contra el auto obrante a fs.

8/9vta. de esta incidencia a través del cual el Sr. Juez de grado declaró

extinguida la acción penal por prescripción respecto de A.N. y, en consecuencia, sobreseyó al nombrado en orden al delito de falsificación ideológica (arts. 59 inc. 3º, 62 inc. 2º y 336 inc. 1º).

II- Cabe señalar que el 23 de agosto de 2016 Noto fue citado a prestar declaración indagatoria por su presunta participación en la elaboración de un poder general de administración y disposición a favor de H.

  1. L. por parte de la Sra. D.P. mediante la utilización de un DNI apócrifo asignado a la nombrada, quien ya se encontraba fallecida al momento de su confección, maniobra que posibilitó

    perpetrar en distintas oportunidades la venta del inmueble sito en la calle E.

    1. de esta ciudad, propiedad de esta última (ver auto de fs. 250 del principal).

    Asimismo, cabe apuntar que la documentación cuestionada fue labrada el 30 de marzo del año 2010, ante el Registro nº 58 de Lomas de Z., Pcia. de Bs. As y utilizada en -al menos- una oportunidad (el 27/1/2011) conforme lo informado por el Registro Nacional de la Propiedad Inmueble agregado a fs. 59 del expediente.

    En este contexto, tras requerir sucesivamente la postergación de la audiencia, la defensa del notario solicitó a fs. 306 del principal la prescripción de la acción y pidió la sustanciación del incidente correspondiente. Así, el a quo entendió que si bien había indicios para vincular al escribano N. con el delito de falsedad ideológica del instrumento público que confeccionó y la estafa que en consecuencia se produjo al Fisco (debido a que la mencionada P. no tendría herederos), no se cuenta en autos -según su postura- con elementos que permitan establecer su Fecha de firma: 04/08/2017 Alta en sistema: 07/08/2017 Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: L.L.P., Prosecretaria Letrada de Cámara #29112314#184944726#20170804124638933 participación en la falsificación del D.N.

  2. en cuestión, entendiendo así que la acción penal respecto del señalado se encuentra...

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