Sentencia de SALA 1, 19 de Febrero de 2015, expediente CFP 007239/2014/1/CA001

Fecha de Resolución19 de Febrero de 2015
EmisorSALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CFP 7239/2014/1/CA1 CCF - Sala I CFP 7239/14/1/CA1 “Incidente de incompetencia de CJP s/

averiguación de delito”

Juzgado N° 1 -

Secretaría 2 Buenos Aires, 19 de febrero 2015.

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento del Tribunal con motivo de la contienda negativa de competencia trabada entre el Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal N° 1 de esta ciudad y el Juzgado Federal de Campana.

  2. La presente causa se inició a raíz de una denuncia efectuada por JOC mediante la cual puso en conocimiento que, luego de consultar en el sitio de Internet “Mercado Libre” una publicación que ofrecía el vehículo marca Peugeot 208 dominio NAT-###, el día 17 de julio del 2014, concretó la operación de venta en un local “B” -sito en la Av. R. #### de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires-

    entregándole a un sujeto identificado como “F” la suma de $157.000 (ciento cincuenta y siete mil pesos argentinos). A cambio del dinero, el sujeto entregó el rodado junto con la documentación respectiva (título automotor, cédula verde, formulario 08 firmado y verificación policial).

    Así, el día 24 de julio del 2014 se hizo presente en el Registro del Automotor de P.N.°3, Pcia de Buenos Aires MMFR–

    novia del denunciante –, con el objeto de efectivizar la transferencia del rodado, siéndole informado por una empleada de dicha dependencia que la documentación aportada resultaba ser apócrifa, debiendo retenerla para realizar la pertinente denuncia penal.

    Fecha de firma: 19/02/2015 Firmado por: J.L.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.R.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: D.A.P., SECRETARIO Ya ingresada y ratificada la denuncia y habiéndosele corrido vista al Señor Fiscal, el día 6 de agosto de 2014 se presentó el Dr.

    A.J.S. (T°18, F°991 CSJN) como apoderado del denunciante aportando una impresión del sitio web “Mercado Libre”

    donde la misma persona “F”, en principio ofrecía a la venta otro vehículo Peugeot 208 con la misma patente, NAT-###.

    La titular del Juzgado Federal N°1 de esta ciudad resolvió

    declararse incompetente por razón del territorio toda vez que la presentación de la documentación espuria tuvo lugar en exclusiva jurisdicción de Pilar, Provincia de Buenos Aires. Asimismo, dado que el sujeto que publicó a la venta el rodado se encontraría en principio radicado en dicha localidad, remitió las actuaciones a la Justicia...

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