Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 15 de Junio de 2022, expediente CCF 004776/2021/CA001

Fecha de Resolución15 de Junio de 2022
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y

COMERCIAL FEDERAL – SALA II

Causa n° 4776/2021

N.E.A. c/ OSPE s/AMPARO DE SALUD

Buenos Aires, 15 de junio de 2022. CB

AUTOS, VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. - Ante todo, cabe señalar que el tribunal de alzada, como juez del recurso, se encuentra facultado para examinar -aún de oficio- la admisibilidad del recurso de apelación, sin que sea obstáculo para ello la concesión realizada por el juez de primera instancia ni la conformidad que al respecto pudieran haber prestado las partes, sea en forma expresa o tácita (conf. esta Sala, causa n° 3807/15 del 30.12.2020; 831/18 del 30.12.2020 y sus citas, entre otras).

  2. - En tal inteligencia, ponderando lo establecido por el art. 15

de la Ley Nº 16.986 aplicable en la especie en virtud de lo dispuesto en la providencia del 17.6.21, el recurso de apelación interpuesto por la demandada el 9.9.21 a las 15.33 horas contra la sentencia del 7.9.21 resulta extemporáneo, ya que su notificación tuvo lugar el 7.9.21 a las 11.56 horas.

De allí que el plazo de 48 horas que fija la norma citada ya se encontraba vencido al momento de...

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