Decisión Administrativa 382/2009

EmisorMinisterio de Educacion
Fecha de la disposición21 de Octubre de 2009

Que el agente de que se trata se encuentra afectado exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9º del Anexo I del decreto mencionado en primer término del Visto.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, aprobado por Decreto Nº 2098/08, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel B diversas exigencias.

Que los antecedentes curriculares del agente propuesto resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la contratación solicitada como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02.

Que D. Pablo Nicolás LATTANZI ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1º de junio de 2009, por lo que procede aprobar la respectiva contratación con efectos a esa fecha.

Que previo a dar trámite a la presente contratación las áreas correspondientes de la Jurisdicción han verificado la existencia de los créditos presupuestarios para afrontar el gasto que demande la medida que se tramita.

Que la financiación del contrato que se aprueba por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.422.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100 inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, último párrafo, del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y del Decreto Nº 577/03 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Dase por rescindida, a partir del 1º de junio de 2009, la contratación en el marco de las disposiciones contenidas en el artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, y su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421/02, de D.

Pablo Nicolás LATTANZI (D.N.I. Nº 29.900.810), que fuera aprobada por Resolución JGM Nº 53 del 13 de marzo de 2009.

Art. 2º

Dase por aprobada con efectos al 1º de junio de 2009 y hasta el 31 de diciembre de 2009, la contratación en el ámbito de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de D.

Pablo Nicolás LATTANZI (D.N.I. Nº 29.900.810) para desempeñar funciones de Asesor Administrativo en la citada Secretaría, equiparado al Nivel B - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (Decreto Nº 2098/08), en el marco de lo establecido por el artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421/02 y de la Resolución SGP Nº 48/02.

Art. 3º

Autorízase la contratación que se aprueba por el artículo 2º de la presente Decisión Administrativa, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Art. 4º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.422.

Art. 5º

Comuníquese, publíquese, dése a...

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