Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL, 23 de Septiembre de 2022, expediente FPA 006645/2022/CA001
Fecha de Resolución | 23 de Septiembre de 2022 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ
FPA 6645/2022/CA1
Paraná, 23 de septiembre de 2022.
Y VISTOS:
Estos autos caratulados: “MURILLO, ANTONIO ESTEBAN
CONTRA PAMI SOBRE AMPARO LEY 16.986”, Expte. N°
6645/2022/CA1, provenientes del Juzgado Federal de Concordia, y;
CONSIDERANDO:
I- Que vienen las presentes actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto y fundado por la parte demandada en fecha 29/08/2022, contra la sentencia del 24/08/2022.
El recurso se concede el 29/08/2022, la parte actora contesta agravios el 31/08/2022 y quedan los presentes en estado de resolver el 08/09/2022.
II-
-
Que, el Sr. A.E.M. promueve acción de amparo contra el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados –INSSJP PAMI-, a fin de que le brinde la cobertura urgente, ininterrumpida e integral (100%) de dos (2) audífonos marca/modelo Re-Sound KEY 461 (Recargables); conforme lo prescripto por su fonoaudióloga y su otorrinolaringólogo, atento el diagnóstico que padece de Hipoacusia Bilateral de moderada a severa.
-
Que, se presenta la obra social demandada -PAMI- y expresa que nunca negó la cobertura solicitada; al respecto, acompaña captura de pantalla de expediente administrativo por el cual se proveyó en mayo del año 2021,
un (1) audífono para su oído derecho modelo H100 V2 100 Nº
SERIE 60207709, M.O..
Fecha de firma: 23/09/2022
Firmado por: M.J.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: B.E.A., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.B.T., SECRETARIA
Sostiene que el afiliado fue informado -de manera previa a la notificación de la presente acción- sobre la nueva documental requerida para la autorización del insumo solicitado y que el Instituto le cubriría la prestación.
Refiere a los audífonos con que cuenta la obra social en el ámbito nacional y sobre el proveedor de los mismos.
Informa que la práctica está a la espera de autorización para la provisión. Finalmente, desconoce la prueba ofrecida por el actor.
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Que, la juez de primera instancia hace lugar al amparo deducido por el Sr. A.E.M. y condena al PAMI a proveer en el plazo máximo de diez (10) días, dos (2) audífonos marca/modelo Re-Sound KEY 461 (recargables),
indicados por sus médicos tratantes, en razón de la afección hipoacusia que padece.
Funda su decisión en el silencio de la obra social al requerimiento del amparista, lo que afecta su derecho a la salud. Impone las costas a la demandada, regula honorarios a los letrados del actor en 11 UMA a cada uno y tiene presente la reserva del caso federal efectuada por las partes.
Contra dicha sentencia se alza la demandada.
III-
-
Que, le...
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