Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V, 11 de Julio de 2022, expediente CNT 011282/2015

Fecha de Resolución11 de Julio de 2022
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA V

SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº: 50941

AUTOS: “MURATORIO, A.R. c/ FPT Industrial Argentina S.A.

s/ despido”.

E.. N° 11.282/2015 S. V (Expte. N° 11.282/2015 S. IV)

Buenos Aires, 11 de julio 2022.

Y VISTOS:

El recurso de inaplicabilidad de ley interpuesto por la parte demandada a fs. 257/262 (según foliatura del Sistema de gestión judicial) contra la sentencia del 7/2/2022, y cumplido el traslado que dispone el art. 292 "in fine" del CPCCN, según presentación de fs. 271

(foliatura del mismo sistema);

Y CONSIDERANDO:

Que contra el pronunciamiento de la Sala IV, recurre la nombrada en los términos del art. 288 y cctes. del CPCCN con sustento en las manifestaciones que vierte y en la jurisprudencia que invoca: "M. de V., T.A. c/ General Motors de Argentina S.R.L. s/

despido” (S.D. 88.632 del 27/3/2013 - Sala I); “Salvador, S. c/ La Fármaco Argentina Industrial y Comercial S.A. s/ despido” (S.D. 19.370

del 15/5/20104 – Sala IX); “P.M., H.F. c/ Biognénesis Bagó S.A. s/ despido” (S.D. 20.224 del 31/8/2012 – Sala X) y “G.,

J.P. c/ PSA Peugeot Citroën Argentina S.A. s/ despido” (S.D.

21.297 del 12/8/2013 – Sala X).

Que en primer lugar atañe poner de relieve que los precedentes “M. de V.” y “Salvador” no resultan análogos al caso de autos.

Que no resulta ocioso recordar que para que proceda el recurso de inaplicabilidad de la ley es determinante que exista contradicción entre los fallos invocados como precedentes y el que se impugna, debiendo basarse tales diferencias en la concreta interpretación de la ley.

Que en virtud de lo precedentemente expuesto y en cumplimiento a lo establecido por el art. 292 del CPCCN el recurrente debe señalar la existencia de contradicción sobre los alcances de determinado texto legal en términos claros y precisos. Requisito que no se observa cumplido, pues no se advierte fundamentada con precisión y en forma categórica, cuál sería la colisión doctrinaria argüida, siendo que el recurrente procede a transcribir parte de los fallos que agita y efectuar apreciaciones genéricas ajenas a la técnica del recurso, no destacando con Fecha de firma: 11/07/2022

Firmado por: J.C., SECRETARIA DE CAMARA 1

Firmado por: B.E.F., JUEZ DE CÁMARA

Firmado por: G.D.V., JUEZ DE CAMARA

claridad la supuesta controversia en la interpretación de textos normativos,

más allá de la disparidad de solución en el caso concreto, que no podría...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR