Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1, 22 de Septiembre de 2017, expediente FSM 038709/2016/CA001
Fecha de Resolución | 22 de Septiembre de 2017 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I Causa N° FSM 38709/2016/CA1, “MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO DE ARECO c/ MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA DE LA NACION Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986” – Juzgado Federal de Mercedes, Secretaria Civil Nº 3 - CFASM, SALA I, SEC.
CIVIL N° I - INTERLOCUTORIO M., de septiembre de 2017.
Y VISTOS: CONSIDERANDO:
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Vienen estos autos a conocimiento del Tribunal, en virtud del recurso extraordinario interpuesto por la parte actora a Fs. 86/93, contra el pronunciamiento de Fs. 71/74Vta., mediante el cual esta Alzada confirmó la resolución de Fs. 44/46Vta.
que rechazó “in limine” la acción por no hallarse legitimado el Sr. Intendente de San Antonio de A..
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El apelante planteó la existencia de cuestión federal porque se encontraban discutidos actos estatales de carácter federal –resoluciones que dispusieron aumentos tarifarios del servicio de gas-.
Además, se agravió manifestando que la sentencia era arbitraria toda vez que no se había dado tratamiento a la cuestión planteada en las presentes y no se había examinado el contenido de las normas invocadas como fundamento de la acción, lesionando garantías constitucionales como las del debido proceso y defensa en juicio.
Alegó, que debido a la arbitrariedad en que se había incurrido en la sentencia, también se encontraba configurada la gravedad institucional, que excedía el interés individual.
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En primer término, siendo que los agravios de la apelante sólo muestran su Fecha de firma: 22/09/2017 Alta en sistema: 25/09/2017 Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: G.A., SECRETARIO DE CÁMARA Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CÁMARA #28614191#189047880#20170921112256184 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I Causa N° FSM 38709/2016/CA1, “MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO DE ARECO c/ MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA DE LA NACION Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986” – Juzgado Federal de Mercedes, Secretaria Civil Nº 3 - CFASM, SALA I, SEC.
CIVIL N° I - INTERLOCUTORIO disconformidad con lo resuelto, importa puntualizar que es jurisprudencia reiterada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que las cuestiones de hecho y prueba y de derecho común o procesal (carácter que reviste la resuelta por esta Sala a Fs. 71/74Vta. y que motivan los agravios de la recurrente) son propias de los jueces de la causa y ajenas a la vía contemplada en el Art. 14 de la ley 48 (Fallos: 270:65 y 162; 271:136; 247:228; 296:548, sus citas y otros).
Además...
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