Multas de tránsito: la Justicia declaró inconstitucional el plazo de prescripción y una empresa no tendrá que pagarlas

Una empresa ganó la pulseada en la Justicia y evitará pagar varias infracciones de tránsito

En un fallo que marca un precedente para otros casos, la Justicia de la ciudad de Buenos Aires declaró inconstitucional el plazo de prescripción de cinco años en las multas establecido en el Código de Faltas porteño. El fallo corresponde a un reclamo de una empresa por infracciones registradas en uno de sus vehículos, de 2018 y 2019, las que fueron consideradas prescriptas . Una jueza porteña determinó que el plazo que debe regir es el de dos años, ya que así está establecido en el Código Penal.

El vehículo en cuestión recibió multas por la obstrucción de una rampa para discapacitados y un sendero peatonal en mayo de 2018, por exceso de velocidad en septiembre de 2018 y por estacionamiento en un lugar prohibido en agosto de 2019. El caso involucra a la empresa Los Mana S.A. que realizó el reclamo en el fuero Penal, Contravencional y de Faltas.

El Gobierno de la ciudad, a través del Ministerio de Justicia y Seguridad , está trabajando el caso para evitar una avalancha de pedidos similares con el antecedente que se generó. Fuentes del área aseguraron que el expediente ya está en poder de la Procuración General para analizarlo para, al menos, apelar la decisión judicial . La Procuración es el organismo de control que tiene a su cargo dictaminar sobre la legalidad de los actos administrativos y actuar en defensa del patrimonio porteño.

Según informa el sitio IJudicial , la jueza Karina Andrade, a cargo del Juzgado de Primera Instancia N°15 , decidió declarar la inconstitucionalidad del artículo 15 de la Ley 451, conocida como Código de Tránsito . Como resultado se consideró que las acciones por las infracciones de tránsito habían prescrito y se decidió absolver a la empresa del pago de las multas.

Fundamentos

Andrade fundamentó su decisión en el hecho de que el Código de Faltas porteño establece un plazo de prescripción de cinco años, mientras que el Código de Penal fija un plazo de dos años para las multas . La jueza, además, hizo referencia a la jurisprudencia de la Corte Suprema que establece que las provincias tienen limitaciones para regular la prescripción y otros aspectos relacionados con la extinción de acciones siendo responsabilidad del Congreso Nacional dictar los códigos de fondo correspondientes. Para eso la jueza se respaldó en caso Alpha Shipping S.A., al considerar que así lo había entendido el máximo tribunal respecto de la provincia de...

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