Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 11 de Febrero de 2021, expediente CCF 002521/2008/CA001
Fecha de Resolución | 11 de Febrero de 2021 |
Emisor | Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III
Causa n° 2.521/2008/CA1 “M.R.O. c/ A.V. of America Inc s/ cese de oposición al registro de marca” (acumulante);
Causa n° 3.289/2010/CA1 “A.V. of America Inc c/ M.R.O. s/ cese de oposición al registro de marca” (acumulada).
En Buenos Aires, a los 11 días del mes de febrero del año dos mil veintiuno, hallándose reunidos en acuerdo los Señores Vocales de la S.I.I de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal a fin de pronunciarse en los autos “M.R.O. c/ A.V. of America Inc s/ cese de oposición al registro de marca” (acumulante) y “A.V. of America Inc c/
M.R.O. s/ cese de oposición al registro de marca”
(acumulada)”, y de acuerdo al orden de sorteo el doctor G.A.A. dijo:
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La presente controversia involucra dos procesos acumulados, tramitados entre las mismas partes, que pasaré a detallar por separado en el orden en que fueron iniciados.
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Causa n° 2521/2008.
1.1. R.O.M. solicitó ante el INPI el registro de la marca denominativa “FOREVER YOUNG BY DR.
MÜHLBERGER” en las clases 3, 16, 29, 30 y 32 del nomenclador (actas n° 2.570.199, 2.570.202, 2.570.203, 2.570.204 y 2.570.205,
respectivamente). A ello se opuso A.V. of America Inc (en adelante, “A.V.”) con sustento en sus signos “FOREVER LIVING
PRODUCTS” registrados en las mismas clases (registros n° 1.730.089 y 1.657.790 –denominativos- y actas n° 2.464.752, 2.464.751 y 2.030.295
–mixtos-, respectivamente) (ver documental de fs. 14/18, 25/28, 34/37,
43/46 y 52/55).
Como la mediación y las tratativas extrajudiciales no tuvieron éxito, M. inició el presente juicio pidiendo que se declarasen infundadas las oposiciones de A.V..
Fecha de firma: 11/02/2021
Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: E.D.G., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: JULIO C G.V., SECRETARIO DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III
En su escrito de inicio, refirió ser un médico argentino,
director de una clínica especializada en dermoestética antiaging y preventiva, que cuenta con programas integrales de rejuvenecimiento biológicos combinados con las últimas tendencias de la medicina europea y detalló las diferentes sociedades de las que forma parte. Sobre dicha base invocó la existencia del interés legítimo de su parte. Por último, efectuó el cotejo de los signos en pugna y sostuvo que la marca pretendida no era confundible con la de su contraria (fs. 61/63vta. y ampliación de fs. 113/123vta.).
1.2. A.V. compareció y contestó la demanda (fs.
267/286). Después de formular las negativas de estilo, expuso que es una empresa dedicada a la elaboración, distribución y comercialización de productos a base de aloe vera y derivados de las abejas cuya presencia y prestigio son conocidos a nivel mundial. Destacó que ambos litigantes se dedican al rubro de la salud y la belleza, por lo cual el cotejo debía hacerse aplicando un criterio estricto. Mantuvo su resistencia a que “FOREVER YOUNG BY DR. MÜHLBERGER” fuera registrada por ser ella confundible con sus marcas ya descriptas. Ofreció prueba y solicitó el rechazo de la demanda, con costas.
1.3. A fs. 300 se acumuló la causa n° 3289/2010 “A.V. of America Inc c/ M.R.O. s/ cese de oposición al registro de marca” a las presentes actuaciones.
Una vez producida la prueba...
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