Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 26 de Diciembre de 2016, expediente CNT 043629/2012/CA001

Fecha de Resolución26 de Diciembre de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Causa N°: 43629/2012 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VII SENTENCIA DEFINITIVA Nº 50294 CAUSA Nº 43629/2012 SALA VII – JUZGADO Nº:37 En la ciudad de Buenos Aires, a los 26 días del mes de diciembre de 2016 para dictar sentencia en los autos: “MOYANO SEBASTIAN ALEJANDRO Y OTROS C/ INTEGRACION DE SERVICIOS S.G.

  1. S.A. Y OTROS s. LEY 22.250

se procede a votar en el siguiente orden:

EL DOCTOR N.M.R.B. DIJO:

I-Contra la sentencia de primera instancia, que hizo lugar a la demanda entablada, recurre la parte accionada a tenor del memorial de fs. 402/403, recibiendo réplica de la actora a fs. 407/409.

Asimismo, hay recurso de la perito contadora quien estima exiguos los honorarios que se le han regulado por su actuación en autos (fs.404).

II- La parte demandada se agravia porque se tuvo por probada la existencia de pagos en negro a los actores y se hizo extensiva la responsabilidad solidariamente a todos los codemandados.

Adelanto que, analizadas las constancias de la causa, así como los términos del recurso, la queja intentada no tendrá favorable acogida en tanto la parte apelante no se hace cargo de los fundamentos vertidos en el fallo de grado, y pretende desvirtuar el análisis de la testimonial efectuado por la Sentenciante por la sola circunstancia de que uno de los testigos que cita es sobrino del actor J.C.N., sin efectuar una crítica eficaz que permita vislumbrar la sinrazón de sus declaraciones (art. 116 LO).

En este sentido, analizando las testimoniales, el Sr. A. a fs. 338 declaró que conoce a Bogacon de ser un mismo grupo con el resto de las demandadas y que conoce a Bonsanit de igual manera. Respecto de lo que cobraban, manifiesta que en el recibo figuraba una cosa y en mano otra; que lo sabe porque cuando le entregaron el recibo después de un tiempo le figuraba menos de la mitad; que lo abonaban en efectivo y lo pagaba J.B. y a veces el hijo; que el dicente pertenecía a integración de servicios y otros compañeros pertenecían a B. y B., que les traía la plata, les pagaba a todos don J., que las tres codemandadas figuraban en los recibos.

Por su parte, a fs. 340 declaró el testigo M. que le pagaban en blanco y en negro, que en blanco le figuraba la mitad de lo que cobraba, que a todos los actores le pagaban en negro, que todo en la mano, que lo sabe porque venían y pagaban en la obra; que pagaba B. o el hijo, D.; que algunos tenían...

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