Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal - Sala sin especificar, 12 de Agosto de 2014, expediente CAF 029445/2014

Fecha de Resolución12 de Agosto de 2014
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal - Sala sin especificar

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA

IV

29445/2014

MORITZ, A. c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE

ORGANISMO EXTERNO

Buenos Aires, 12 de agosto de 2014.- PPS

AUTOS Y VISTOS:

Conforme al artículo 2° de la acordada de la CSJN nº 66/90, cuando el Estado Nacional debe integrar la tasa judicial antes de que quede firme la sentencia de condena, el pago podrá ser diferido para el año correspondiente al siguiente ejercicio financiero, a fin de que pueda ser previsto en el presupuesto respectivo. Tal postergación en el pago no excluye que este Tribunal cuente con los medios necesarios para el control de su cumplimiento.

Que por ello, corresponde hacer lugar al pedido de diferir el pago de la tasa de justicia respecto de la suma de $ 34,84 (confr. fs. 258) debiendo el apoderado fiscal acreditar,

dentro de los quince días, las medidas...

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