Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PREVISIONAL, 16 de Diciembre de 2021, expediente FMP 022102568/2012/CA002
Fecha de Resolución | 16 de Diciembre de 2021 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PREVISIONAL |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE APELACIONES DE MAR DEL PLATA
del Plata,
VISTOS:
Estos autos caratulados: “M.S. c/ ANSES s/REAJUSTE DE
HABERES”, Expediente Nº 22102568/2012, procedente del Juzgado Federal Nº 2, Secretaria Nº 5 de esta ciudad.-
Y CONSIDERANDO:
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Que arriban estos autos a la Alzada en virtud del recurso de apelación incoado por la parte demandada en contra de la resolución del Sr.
Juez de Grado, de fecha 06 de noviembre del 2020.-
Ingresando concretamente en el análisis de los agravios planteados por la demandada se advierte que los mismos están dirigidos a cuestionar la obligación de ANSeS de practicar la liquidación y que existen errores en la liquidación en relación al descuento del concepto obra social. Asimismo cuestiona la exención del impuesto a las ganancias.-
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A partir de lo expuesto y siendo que la cuestión relacionada con la obligación de ANSeS de practicar la liquidación resulta sustancialmente análoga a lo examinado por esta Alzada en los autos “BUSTOS, JULIO H.
c/ ANSES s/ REAJUSTE DE HABERES” `PROTOCOLO A.. 6/14 Materias Civiles´ Clave: FMP 041053763/2013/CA002 Fecha: 12/03/2021, a cuyos fundamentos corresponde remitir y confirmar lo resuelto por el A quo en este punto.-
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Asimismo y en relación al agravio referido a que existen errores en la liquidación relacionado con el descuento del concepto Obra Social,
resulta sustancialmente análogo a lo examinado por esta Alzada en los autos caratulados “ROMERO, O. c/ ANSES s/REAJUSTE DE
HABERES” Protocolizada en tomo: 'PROTOCOLO A.. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 004822/2014/CA002 Fecha: 09/08/2021, entre otros,
corresponde remitir a los fundamentos allí vertidos que pasan a formar parte del presente resolutorio.-
Fecha de firma: 16/12/2021
Firmado por: S.C., SECRETARIA DE CÁMARA
Firmado por: A.O.T., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: E.P.J., JUEZ DE CÁMARA
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Con relación al agravio planteado por la parte demandada en su memorial relacionado la exención del impuesto a las ganancias, el mismo resulta sustancialmente análogo a lo examinado por esta Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, en el fallo: “GUIRAO MARÍA c/
ANSeS...
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