Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 11 de Diciembre de 2002, expediente Ac 85356

PresidenteSalas-de Lázzari-Roncoroni-Soria-Hitters
Fecha de Resolución11 de Diciembre de 2002
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 85.356 “M., P.L.c.A., A. y ots. Daños y perjuicios. Inc. de inconstitucionalidad art. 16, ley 25.563”.

//P., 11 de diciembre de 2002.

AUTOS Y VISTO:

Que el recurso establecido en el art. 161 inc. 1 de la Constitución de la Provincia sólo es admisible cuando en la instancia ordinaria se ha controvertido y decidido la constitucionalidad de leyes, decretos, ordenanzas o reglamentos provinciales confrontados con normas de la Constitución local, supuesto éste que no se da en la especie, en que el tema en debate, sometido a la decisión dela quose refiere a la validez de una norma...

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