Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii, 31 de Octubre de 2023, expediente CNT 015776/2012/CA002

Fecha de Resolución31 de Octubre de 2023
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA II

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

EXPEDIENTE NRO.: 15776/2012

AUTOS: MORELLI ELEONORA C/ IKE ASISTENCIA ARGENTINA S.A. Y

OTRO S/ DESPIDO

En la Ciudad de Buenos Aires, luego de deliberar, a fin de considerar los recursos deducidos en autos y para dictar sentencia en estas actuaciones, practicado el sorteo pertinente, en la fecha de firma indicada al pie de la presente el Tribunal procede a expedirse de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continuación.

VISTO

Y CONSIDERANDO:

El 14/12/20 se regularon los honorarios de la representación letrada de la parte actora en la cantidad de 3 UMA, por las tareas llevadas a cabo en la etapa de ejecución.

La codemandada Cotecsud Compañía Técnica Sudamericana S.A.S.E. apeló los estipendios regulados por estimarlos elevados.

Atento a la calidad, mérito y extensión de las tareas cumplidas y el monto involucrado, sin perjuicio de que el procedimiento de ejecución no ha sido llevado a cabo en la totalidad de las contingencias procesales propias de la etapa,

de conformidad con lo normado por los arts. 16, 21, 41 y ccs. de la ley 27423, los emolumentos cuestionados no lucen altos, por lo que corresponde confirmarlos.

Por lo que el Tribunal

RESUELVE:

Confirmar los honorarios regulados a la representación letrada de la parte actora por las tareas realizadas en la etapa de ejecución.

Regístrese, notifíquese y devuélvase J.A.S.A.E.G.V.J. de Cámara Jueza de Cámara D.A.L.

Fecha de firma: 31/10/2023

Firmado por: A.E.G.V., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: J.A.S., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.S.R., SECRETARIO DE CAMARA

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