Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 25 de Noviembre de 2022, expediente CAF 012734/2020/CA001

Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2022
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. SALA I

12734/2020 MORE CALDERON, J.A. c/ EN-M

INTERIOR OP Y V-DNM s/RECURSO DIRECTO DNM Juzg. n°

12

Buenos Aires, 25 de noviembre de 2022.- APA/JMS

Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que el actor interpuso recurso judicial directo contra la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) y pidió la anulación de la disposición SDX 166234/2014, que declaró irregular su permanencia en el país, ordenó su expulsión y prohibió su reingreso con carácter permanente, por haber sido condenado a la pena de cuatro años y seis meses de prisión en orden al delito de “contrabando de importación de estupefacientes agravado por el presunto destino de comercialización”

    con arreglo al artículo 29, inciso “c”, de la ley 25.871, de la disposición SDX 10387/2017, que rechazó su recurso de reconsideración, y de la resolución nº 160/2020, que rechazó su recurso de alzada.

  2. Que la jueza rechazó el recurso judicial, con costas en el orden causado, y declaró abstracto el planteo de inconstitucionalidad del decreto 70/2017 (pronunciamiento del 22 de agosto).

  3. Que el actor, representado por el Defensor Público Oficial,

    cotitular de la Comisión del Migrante de la Defensoría General de la Nación, dedujo recurso de apelación (presentación del 27 de septiembre,

    que fue replicada).

    Adujo que la decisión apelada era arbitraria y contradictoria pues si bien tuvo en cuenta “la reciente derogación del DNU 70/2017” convalidó

    la no dispensa por el delito cometido

    .

    Manifestó que no se ponderó adecuadamente su pedido de dispensa en los términos del artículo 29 in fine de la ley 25.871, ni se realizó un test de razonabilidad de la medida de expulsión teniendo en cuenta que en el país “conoció a su pareja B. L. A. M. y es en este país Fecha de firma: 25/11/2022

    Alta en sistema: 28/11/2022

    Firmado por: H.G., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: R.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: L.M.H., JUEZ DE CAMARA

    donde vive su madre E. C. G. y su hermana R.

  4. M.”. Agregó que la medida de expulsión “le impedirá acceder a derechos humanos elementales que comprendan su calidad de persona mayor de edad y que resultan fundamentales para la continuidad de su vida”.

    Manifestó que la jueza “no hizo más que sopesar el delito cometido por encima de la unidad familiar alegada y probada”. Para el caso en que no se hiciera lugar a su recurso “sostu[vo] el planteo de inconstitucionalidad del DNU 70/17 plasmado en el...

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