Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SECRETARIA SALA A, 8 de Abril de 2020, expediente FMZ 048180/2017/CA001

Fecha de Resolución 8 de Abril de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SECRETARIA SALA A

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A

48180/2017

MORALES, J.A. c/ ANSES s/AMPARO LEY

16.986

, 08 de abril de 2020.- cmc 48180/2017

MORALES, J.A. c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986

Mendoza, de abril de 2020.

AUTOS Y VISTOS: Los presentes N° FMZ 48180/2017/CA1

caratulados: “MORALES, J.A. c/ ANSES s/AMPARO LEY

16.986” llegados a esta Cámara en virtud del escrito con pedido de habilitación de feria judicial extraordinaria planteado por el actor en fecha 06 de abril del corriente año,

solicitando se dicte sentencia en estos autos.

Y CONSIDERANDO: Que en forma previa a todo análisis habrá de establecerse si las cuestiones invocadas por la parte actora ante este Tribunal de Alzada resultan susceptibles de habilitar la feria judicial extraordinaria que venimos transitando con motivo de la pandemia generada por el Covid-19.

En tal sentido, a la luz de lo dispuesto por la Acordadas 6/2020, 7/2020 y 8/2020 de la CSJN en cuanto ratifica los términos de las Acordadas anteriores;

Resolución 14.189 y Acuerdos 10.014, 10.016 y 10.017 de esta Cámara Federal de Apelaciones, este Tribunal entiende que las razones invocadas por el accionante no Fecha de firma: 08/04/2020

Firmado por: J.I.P.C., JUEZ DE CÁMARA

Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado(ante mi) por: NAHUEL A.B., Secretario Federal #30978139#258128909#20200408124849630

encuadran dentro de los supuestos allí contemplados para habilitar la feria judicial extraordinaria.

No obstante ello, advierte este Tribunal que con fecha 05 de abril del año 2020, se protocolizó, notificó y publico el interlocutorio resuelto...

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