del Moral Hector Hugo S/ Quiebra S/ Incidente de Realizacion de Bien Inmueble por la Sindicatura S/ Incidente de Realizacion de Inmuebles

Fecha de disposición07 Diciembre 2009
Fecha de publicación07 Diciembre 2009
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta41

15-5468-8382.

Buenos Aires, 25 de Noviembre 2009.

María Fernanda Maoni, secretaria.

e. 04/12/2009 Nº 114673/09 v. 11/12/2009 Nº 20

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 20, a cargo del Dr. Eduardo E.

Malde, Secretaría Nº 39 a cargo de la Dra.Ana.V.

Amaya, sito en calle M. T. de Alvear 1840 Piso 4º de Cap. Fed., comunica por cinco días en autos:

'Doipe, Marcela Edith s/Quiebra s/Inc. de Enajenación de Bienes' Expte. 041084 (reservado), que el martillero Pedro Gonzales Chaves (CUIT 20-04442328-7 t/f 4322-2789/3913) rematará el día 15 de Diciembre de 2009 a las 12:15 Horas en punto en calle Tte. Gral. Perón 1233 Cap. Fed., el 100% del inmueble sito en calle Alejandro Magariños Cervantes Nº 1804/10/16/22/28/34/38 esq. Sánchez 1878/82/86/94/98 Piso 19º 'D' u/f 225 de la C.A.B.A.- Nom. Cat.: Circ. 15, Secc. 59,

Manz. 41, Parc. 1A, Matrícula 15-20889/225.- Se trata de un departamento que consta de: Livingcomedor, 2 dormitorios, cocina y baño completo.- Tiene una superficie de 50,10 m2., en buen estado de conservación y Ocupado por la madre de la fallida, todo según constatación obrante en autos.- Condiciones de Venta: 'Ad-Corpus' al contado y mejor postor.- Base: $ 90.000, - Seña:

30%, Comisión: 3% mas IVA, Arancel C.S.J.N.

0,25%, Sellado de Ley: 0,8% a cargo del comprador en efectivo en el acto de subasta.- El saldo de precio deberá ser depositado dentro del quinto día de aprobada la subasta, sin necesidad de otra notificación ni intimación, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 580 del CPCCN.- Y deberá adicionársele un interés a la tasa activa del Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuentos de documentos desde la fecha de subasta y hasta la integración del saldo con absoluta independencia de la mora ó imputabilidad del retardo al adquirente.- Queda prohibida la compra en comisión del bien puesto a subasta como así también la ulterior cesión del boleto que se extienda.- Las deudas que existan por expensas, impuestos municipales y servicios sanitarios hasta la fecha de la posesión deberán presentarse los entes correspondientes a fin de obtener verificación en autos, quedando a cargo de quien resulte comprador los impuestos, tasas y servicios que se devenguen con posterioridad de esta fecha, - Se recibirán posturas bajo sobre hasta las 10 horas del día anterior a la subasta, las que deberán reunir los requisitos del art. 104 del Reglamento del Fuero.- Todos los gastos que demande la trasferencia del bien y su inscripción en cabeza del adquirente estará a cargo exclusivamente de los compradores.- El comprador deberá constituir domicilio dentro del radio de Cap.

Fed., bajo apercibimiento de dar por notificadas las sucesivas providencias en la forma y oportunidad previstas por el art. 133 del C. Procesal.Exhibición: 9 y 11 Diciembre de 2009 de 10 a 12 horas.

Buenos Aires, 25 de noviembre de 2009.

Ana V. Amaya, secretaria.

e. 03/12/2009 Nº 114587/09 v. 10/12/2009 El Juzgado Nacional de 1ra. Instancia en lo Comercial Nº 20, a cargo del Dr. Eduardo E.

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