Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala M, 1 de Noviembre de 2018, expediente CIV 067244/2008

Fecha de Resolución 1 de Noviembre de 2018
EmisorCamara Civil - Sala M

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M 67244/2008 M.F.A. s/DETERMINACION DE LA CAPACIDAD Buenos Aires, de noviembre de 2018 fs.290 AUTOS Y VISTOS:

  1. Estos autos han sido elevados en consulta, conforme lo dispone el art. 633 y art. 253 bis del CPCC en función de la sentencia de fs. 250/253, mediante la cual se declaró la restricción al ejercicio de la capacidad de F.A.M.

    Repasadas las constancias de la causa se comprueba que con fecha 10 de agosto de 2011, se dictó sentencia de incapacidad en los términos del art. 141 del anterior Código Civil (fs.112/113). Elevados en dicha oportunidad los autos en consulta, esta S. confirmó la decisión a fs. 137.

    La Sra. Defensora de Menores e Incapaces de Cámara dictaminó a fs. 288 y sostuvo que debía confirmarse la sentencia elevada en revisión.

  2. A fs. 261/264, se dictó el pronunciamiento por el cual la Señora Juez a quo resolvió “…1.- Reconocer la capacidad jurídica general de F.A.M. ;

    II.-…designar para que se desempeñe como apoyo jurídico intenso a su progenitor, Sr. A.A.M. (DNI 7.606.009) y a su hermano V.A.M. (DNI 30.887.592) quienes, de forma indistinta, representarán a F. para intervenir en juicios, realizar actos jurídicos de administración, disposición y garantía de bienes inmuebles, muebles registrables, y otros bienes de cualquier tipo de valor, aceptar herencias y donaciones o gravar bienes de los que pueda ser titular, prestar su consentimiento informado para el suministro de medicación, y/o la realización de tratamientos psicológicos, psiquiátricos y/o médicos que se le propongan, de Fecha de firma: 01/11/2018 Alta en sistema: 06/11/2018 Firmado por: E.D.D.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.B., JUEZ DE CAMARA #13727015#219606389#20181031114415469 acuerdo a su voluntad e intereses. Los referidos deberán solicitar autorización judicial para realizar actos de disposición de todo tipo o administración extraordinaria de los bienes inmuebles u otros que no sean de simple administración y su representación, asimismo F. deberá solicitar autorización para realizar actos que importen cambiar su estado civil, reconocer hijos u obligaciones alimentarias…se deja constancia que F.A.M. no se encuentra en condiciones de ejercer sus derechos electorales, motivo por el cual se lo exime de emitir su voto; tampoco podrá ser elegido, ser autoridad de mesa, formar un partido político y/o afiliarse...Hágase saber al Banco Central que deberá comunicar a todas las entidades bancarias que al Sr. F.A.M...

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