Montemar Varias 19/8/08

Dr. María Marta Guastavino, titular del Juzgado de Paz Letrado N° 2, Secretaría a cargo de M. Silvana Romero, notifica a los Señores Vergara, Ariel Fabián, Documento 22.754.007, de las siguientes resoluciones en los autos Nro. 172.378, caratulados "MONTEMAR CÍA. FIN. S.A. C/ VERGARA ARIEL FABIAN P/ EJECUCION TIPICA (P.V.E.)": A fs. 66 el Juzgado proveyó: "Mendoza, 12 de Febrero de 2008. Autos y vistos: ... Resuelvo: I.- Hacer lugar a la demanda instada por Montemar Cía. Financiera S.A. contra Vergara, Ariel Fabián, condenando en consecuencia prosiga el trámite del presente juicio hasta que el actor se haga íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de pesos un mil doscientos ochenta y tres con 82/100 ($ 1.283,82), con más sus intereses pactados en tanto y en cuanto no superen las dos veces y media de la tasa legal, al momento de practicarse la liquidación, desde la mora hasta su efectivo pago, costas del juicio más IVA.- II.- Imponer las costas al demando vencido arts. 35 y 36 del C.P.C..- III.- Regular los honorarios profesionales de los Dres. Bruno Molesini y Ernesto Naveyra en la suma de pesos trescientos ochenta y cinco con 14/100 ($ 385,14), en forma conjunta, arts. 19 y 31 de la ley 3641 y regular los honorarios a la Dra. Marta O´Lery de Gil Posleman, Titular de la Tercera Defensoría de Pobres y Ausentes en la suma de pesos ciento setenta y nueve con 73/100 ($ 179,73), art. 3 de la ley 3641.- Notifíquese por edictos como lo prescribe el art. 68 del C.P.C..- Oportunamente notifíquese al defensor oficial.- Cópiese, regístrese y notifíquese.-" Fdo.: Dra. María Marta Guastavino. Juez. Bto. 17544________________________________________________(*)Dr. Stella Maris Ontiveros, titular del Juzgado de Paz Letrado N° 8, Secretaría a cargo de Dolores A. Yamín, notifica a los Señores Alaniz, Fabián Carlos Enrique D.N.I. 24.461.913 y Muñoz Félix Alejandro D.N.I. 25.356.810 de las siguientes resoluciones en los autos Nro. 106.196, caratulados "MONTEMAR CÍA. FIN. S.A. C/ ALANIZ FABIAN CARLOS ENRIQUE P/ COBRO DE PESOS (SUMARIO)": A fs. 66/67 el Juzgado proveyó: "Mendoza, 11 de febrero de 2008.- Y vistos:... Resulta:... Considerando:... Resuelvo: I.- Hacer lugar a la demanda incoada por Montemar Compañía Financiera S.A. contra Fabián Carlos Alaniz y Félix Alejandro Muñoz en consecuencia condenarlo a pagar a la actora en el plazo de diez días de firme esta sentencia la suma de Dólares estadounidenses cuatrocientos setenta y nueve con 97/100 (U$S 479,97.-), mas el C.V.S., conforme a la ley de Pesificación Nro. 25.561 y sus complementarias, con mas los intereses pactados, I.V.A. sobre intereses y costas hasta el efectivo pago, con mas los intereses pactados y costas.- II.- Imponer las costas a la demandada por resultar vencida. (art. 35 y 36 del C.P.C.).- III.- Regular los honorarios profesionales de los Dres. Bruno Molesini y Fabricio Fernández noventa y seis ($ 96,00) y pesos cuarenta y ocho ($ 48,00) respectivamente. (art. 19, 31 y c.c. de la ley 3641/69 modificada por el decreto ley 1304/75).- Notifíquese- Fdo. Dr/a. Stella Maris Ontiveros. Juez".Bto. 17545________________________________________________(*)Dr. Stella Maris Ontiveros, titular del Juzgado de Paz Letrado N° 8, Secretaría a cargo de Dolores A. Yamín, notifica a los Señores Balderrama, Francisco Sebastián, Documento 24.057.348, de las siguientes resoluciones en los autos Nro. 102.806, caratulados "MONTEMAR CÍA. FIN. S.A. C/ BALDERRAMA FRANCISCO SEB P/ SUMARIO (COBRO DE PESOS)": A fs. 65/66 el Juzgado proveyó: "Mendoza, 11 de febrero de 2008.- Y vistos: ... Resulta:... Considerando: ... Resuelvo: I.- Hacer lugar a la demanda incoada por Montemar Compañía Financiera S.A. contra Francisco Sebastián Balderrama en consecuencia condenarlo a pagar a la actora en el plazo de diez días de firme esta sentencia la suma de pesos trescientos uno con 32/100 ($ 301,32.-), más mas los intereses pactados, I.V.A. sobre intereses y costas hasta el efectivo pago, con mas los intereses pactados y costas.- II.- Imponer las costas a la demandada por resultar vencida. (art. 35 y 36 del C.P.C.).- III.- Regular los honorarios profesionales de los Dres. Bruno Molesini y Fabricio Fernández en las suma de pesos sesenta con 25/100 ($ 60,25) y pesos treinta con 15/100 ($ 30,15) respectivamente (art. 19, 31 y C.C. de la ley 3641/69 modificada por el decreto ley 1304/75).- Regístrese y Notifíquese- Fdo. Dr/a. Stella Maris Ontiveros. Juez".Bto. 17546________________________________________________(*)Dr. Dra. María M. Guastavino, titular del Juzgado de Paz Letrado N° 2, Secretaría a cargo de Dra. Silvana Romero, notifica a los Señores Dulce, Jorge Elías, Documento 14.607.613, de las siguientes resoluciones en los autos Nro. 169.700, caratulados "MONTEMAR CÍA. FIN. S.A. C/ DULCE JORGE ELIAS P/ SUMARIO (COBRO DE PESOS)": A fs. el Juzgado proveyó: "Mendoza, .-Autos y vistos...

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