Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 18 de Agosto de 2022, expediente CAF 027462/2022/CA001

Fecha de Resolución18 de Agosto de 2022
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I

27462/2022 MOLFINO HERMANOS SA (TF 29906-A) c/ DGA

s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

Buenos Aires, 18 de agosto de 2022.- GC/RR

AUTOS Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que contra la regulación de los honorarios practicada por la sala “F” del Tribunal Fiscal de la Nación el 14 de septiembre de 2021 —fs.

    82/83—, se interpuso los siguientes recursos de apelación:

    i. La Dra. M.J.S.R. (por la parte demandada)

    ‘por altos’; y respecto de los intereses (punto 3), con sustento en que el Tribunal Fiscal es incompetente para determinar su procedencia y en que el cobro de los honorarios se ajusta a un trámite legal que impide considerar la existencia de una mora que justifique la liquidación de esos accesorios (ver el escrito de fs. 90/95 y su contestación de fs. 101/103).

    ii. La Dra. Ángeles O. de R. y el Dr. J.P.C. (por derecho propio) ‘por bajos’ (confr. fs. 96/98, contestado a fs. 105/107).

  2. Que los planteos ofrecidos por la parte demandada son análogos a los que fueron examinados por esta sala en las causas nºs 50.186/2014“Alba Cía. Argentina de Seguros SA”, 36.815/2016 “Serenity SA c/ DGA s/ recurso directo de organismo externo”, 5905/2014 “Saporiti SA c/ Dirección General Impositiva s/ recurso directo de organismo externo” y 49.872/2015 “SKF Argentina SA c/ DGA s/ recurso directo de organismo externo”, pronunciamientos del 25 de agosto de 2015, del 18 de julio de 2019, del 18 de noviembre de 2021 y del 24 de mayo de 2022,

    respectivamente, a cuyos fundamentos y consideraciones se remite por razones de brevedad.

  3. Que los agravios formulados por los beneficiarios acerca de la base regulatoria considerada por el Tribunal Fiscal no pueden ser admitidos.

    Fecha de firma: 18/08/2022

    Firmado por: H.G., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: CLARA M.D.P., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: R.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: L.M.H., JUEZ DE CAMARA

    En efecto, esta sala ha señalado (causa nº 14.850/2019, “TNT

    Mercurio Cargas e Encomendas Expressas SA (TF 34489-A) c/ DGA

    s/recurso directo de organismo externo”, pronunciamiento del 15 de agosto de 2019), que el hecho de que las obligaciones tributarias aduaneras, como las que aquí se hallan involucradas, “nacidas con posterioridad a la sanción de la ley 25.561” deban ser liquidadas y canceladas en la forma establecida por el artículo 20 de la ley 23.905 —es decir, que se cancelan en pesos,

    aplicando el tipo de...

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