Modificaciónde Contrato

EmisorA.N.Agro S.R.L.
Fecha de la disposición27 de Octubre de 2015

A.N. AGRO S.R.L.

MODIFICACIÓN DE CONTRATO

En la ciudad de Casilda, Departamento Caseros, Provincia de Santa Fe, a los veinticinco días del mes de setiembre de 2015, el señor Carlos Alberto Monnereau, D.N.I. 8.436.963, nacido el dos de febrero de mil novecientos cincuenta y uno, argentino, divorciado, con domicilio en calle Mitre 2454 de la ciudad de Casilda, de profesión ingeniero agrónomo, CU1T 20-08436963-3, y el señor Gustavo Ramón Mestre, D.N.I. 17.404.148, nacido el 21 de abril de mil novecientos sesenta y cinco, argentino, casado, con domicilio en Mitre 2454 de la ciudad de Casilda, de profesión contador público, CUIT 20-17404148-3, ambos hábiles para contratar y únicos socios de A.N. AGRO S.R.L., la que fuera inscripta en su acto constitutivo en Contratos al Tomo 162, Folio 16560, N° 1104, el 7 de julio 2011, en el Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, deciden por unanimidad:

Primero: El señor Carlos Alberto Monnereau vende, cede y transfiere al señor Cristian Alberto Dietz, D.N.i. 25.713.981, nacido el 20 de enero de 1977, argentino, soltero, con domicilio en Hipólito Irigoyen 824 de la ciudad de Casilda, de profesión comerciante, CU1T 20-25713981-7, quinientas (500) cuotas de capital de cien pesos ($ 100,00) cada una que tiene y posee en su calidad de socio de A.N. AGRO S.R.L.

Segundo: Modificar la cláusula Quinta del Contrato Social, quedando redactado de la siguiente forma: "Quinta: Administración - Dirección - Representación. La dirección administración y representación de la sociedad estará a cargo de un Socio Gerente designándose en este acto al Sr. Cristian Alberto Dietz, quien asume con el carácter de "Socio Gerente". Con tal fin harán uso de su propia firma con el aditamento de "Socio Gerente" y precedido por la denominación social, para realizar todos los actos administrativos y normales al giro comercial. Su remuneración será fijada por Asamblea de Socios, y la misma no podrá superar el 25% de las ganancias.

Tercero: Modificar la cláusula Segunda del Contrato Social, quedando redactado de la siguiente forma: "Segunda: Objeto: la sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia y/o asociada a terceros, o de cualquier otra manera en la República Argentina o el extranjero, la administración y explotación de Estaciones de Servicios, que incluye la venta de combustibles líquidos, aceites, lubricantes y demás...

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