MODIFICACIÓN DE ESTATUTO

Fecha24 Junio 2020
Número de registro418932
EmisorBARRANCA FIGHIERA S.A.

Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nro. 1 en lo Civil y Comercial, Primera Nominación a cargo del Registro Público de Comercio, en los autos BARRANCA FIGHIERA S.A. se hace saber a los fines de su inscripción en el Registro Público de Comercio, que la firma modificó su Estatuto social según Acta de Asamblea Extraordinaria Unánime de fecha 01 de Julio de 2019, quedando el mismo redactado de la siguiente manera: Modificación del artículo 3° del Estatuto social, OBJETO SOCIAL, quitando del mismo el apartado c) y ampliando el mismo en el sentido de incluir el servicio de amarre de barcazas y/o buques de hasta 180 metros de eslora". Se aprueba la modificación de objeto por lo que la cláusula de estatuto quedara redactada de la siguiente manera: "Articulo 3°) La sociedad tiene por objeto: A) Dedicarse para su comercialización a la extracción de arena y canto rodado de los ríos navegables o no, situados en cualquier lugar de la república o del extranjero. B) Dedicarse al acondicionamiento de granos, efectuando su limpieza, secado, zarandeo y demás tratamientos para su mejoramiento, no implicando esta actividad el acopio y/o intermediación de granos y/o demás productos agropecuarios. C) Dedicarse al servicio de amarre de barcazas y/o buques de hasta 180 metros de eslora."- Modificación del articulo 4° de estatuto social, CAPITAL SOCIAL, aumentando el mismo en pesos quinientos cincuenta mil ($ 550.000) y dando lugar a la suscripción de los socios Aumento del capital social". La cláusula de estatuto quedara redactada de la siguiente manera: Artículo 4°) El capital social es de pesos seiscientos mil ($ 600.000) representado por sesenta mil (60.000) acciones de pesos 10 ($ 10) cada una valor nominal. El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto conforme art. 188 de la ley 19.550." En este acto y dado que los dos accionistas que conforman el 100% del Capital Social se encuentran presentes, deciden suscribir e integrar el aumento de capital del siguiente modo: Naviera Lojda S.A. adquirirá un total de treinta y cinco mil doscientas (35.200) acciones de pesos diez ($ 10) cada una, lo que equivale a un aporte dinerario íntegro de pesos trescientos cincuenta y dos mil ($ 352.000). Y el socio Covelli Román, adquirirá un total de diecinueve mil ochocientas (19.800) acciones de pesos diez ($ 10) cada una, lo que equivale a un aporte dinerario integro de pesos ciento noventa y ocho mil ($...

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