MODIFICACIÓN DE ESTATUTO

Fecha20 Marzo 2018
Número de registro349433
EmisorFABEN S.A.

Por disposición del Señor Juez a cargo del Registro Público de la Ciudad de Rafaela, en autos FABEN S.A. s/Reforma Parcial del Estatuto, de acuerdo a lo resuelto en Asamblea General Extraordinaria de fecha 10 de enero y 25 de agosto de 2017, se ha ordenado la siguiente publicación:

1) Modificación número mínimo y máximo de Directores y monto de garantía: se ha establecido la cantidad de directores que fije la Asamblea entre un mínimo de tres (3) y un máximo de cinco (5) directores titulares únicamente, en cuanto a la garantía que deben depositar los directores será de $ 20.000. De acuerdo a lo resuelto quedan reformados los artículos noveno y décimo que quedan redactados de la siguiente forma: ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN: ARTICULO NOVENO: La administración de la sociedad está a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije la Asamblea, entre un mínimo de tres (3) y un máximo de cinco (5), quienes durarán en sus funciones tres (3) ejercicios. Los directores, en su primera sesión, deben designar un presidente y un vicepresidente; este último reemplaza al primero en caso de ausencia o impedimento. El Directorio funciona con la presencia de la mayoría de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. La Asamblea fija la remuneración del Directorio. ARTÍCULO DÉCIMO: Cada uno de los directores debe prestar la siguiente garantía: depositar la suma de pesos veinte mil ($ 20.000) en dinero efectivo, que quedará depositado en la caja social hasta la terminación de sus funciones.

2) Aumento de Capital y modificación artículo para adecuarlo a la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial: es necesario adecuar el capital social al monto mínimo legal vigente de $ 100.000, y como consecuencia de la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial, es necesario modificar los términos de dichos artículos adecuándolo al nuevo Código vigente. En consecuencia quedan reformados como sigue: ARTICULO CUARTO: El capital social es de cien mil pesos ($ 100.000), representado por cien mil (100.000) acciones de un peso ($ 1), valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria, hasta el quíntuplo de su monto, conforme al artículo 188 de la ley 19550. ARTICULO DÉCIMO PRIMERO: El directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes, incluso aquellos para los cuales la ley requiere poderes especiales conforme al artículo trescientos setenta y cinco del Código Civil y Comercial....

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