Modificación de Estatuto

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Agosto de 2018
EmisorAntoniazzi Hnos.S.A.
Fecha de la disposición 1 de Enero de 2018

ANTONIAZZI HNOS. S.A.

MODIFICACIÓN DE ESTATUTO

Por estar así dispuesto en los autos caratulados ANTONIAZZI HNOS. S.A. s/Cambio de Domicilio social y modificación al contrato social y texto ordenado, Expte.Nº 1021 Año 2017 en trámite ante el Registro Público de Santa Fe, se hace saber a los fines de su inscripción en el mismo, que según acta del 16 de Junio de 2017, se ha resuelto el cambio de domicilio social en Ruta Nacional N° 19 Km 2.5 de la ciudad de Santo Tomé, provincia de Santa Fe, modificación del Art. 20 del estatuto social y adecuando el texto ordenado del estatuto social insertando los demás artículos modificados: "ARTICULO SEGUNDO: Domicilio: Tiene domicilio legal en jurisdicción de la ciudad de Santo Tomé, Dpto. La Capital de la Provincia de Santa Fe, pudiendo crear y establecer sucursales, agencias y representaciones en cualquier parte de país o del extranjero"; "ARTICULO QUINTO: Capital: El capital social es de pesos un millón novecientos mil ($ 1.900.000) representado por diecinueve mil ($ 19.000) acciones de pesos cien ($ 100) cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme al artículo 188 de la Ley 19550"; "ARTICULO DECIMO PRIMERO: Garantía: Cada Director Titular depositará en concepto de garantía la cantidad de pesos un veinte mil ($ 20.000), en efectivo o en título privados o bonos del Estado Nacional, cotizables en las bolsas de valores del país, por su valor nominal"; "ARTICULO DECIMO SEGUNDO: Facultades del Directorio: El Directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes, incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales conforme al artículo 375 del Código Civil y artículo 9 del Decreto Ley 5965/63. Pueden en consecuencia, celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social: entre ellos, operar con el Banco de la Nación Argentina, Hipotecario Nacional, Santa Fe S.A., y demás instituciones de créditos oficiales o privadas establecer agencias sucursales u otra especie de representación, dentro o fuera del país; otorgar a una o más personas poderes judiciales (inclusive para querellar criminalmente) o extrajudiciales con el objeto y extensión que juzgue convenientemente. La representación legal de la sociedad corresponde al Presidente y/o Vicepresidente en forma indistinta"; "ARTICULO DECIMOTERCERO: Fiscalización: La sociedad prescinde de la...

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