Modificacion de Estatuto
Fecha de Entrada en Vigor | 22 de Marzo de 2017 |
Emisor | Promark S.A. |
Fecha de la disposición | 15 de Julio de 2016 |
PROMARK S.A.
MODIFICACION DE ESTATUTO
Por estar así dispuesto en los autos caratulados “PROMARK S.A. s/Reforma de Objeto Aumento de Capital a $200.000”, Expte Nro. 2172/2016 CUIJ 21-05494216-5, en trámite ante el Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, se hace saber que mediante Asamblea ordinaria unánime de fecha 18/04/2016, se resolvió la modificación de los Artículos tercero y cuarto del Estatuto, referentes al objeto y capital social, quedaran redactados de la siguiente forma:
1) Objeto Social: “Artículo 3: Tiene por Objeto: La realización por cuenta propia o de terceros, asociada a terceros, dentro o fuera del país, de las siguientes actividades: I) Fabricación y Comercialización: La fabricación, compra-venta, distribución, consignación y representación de alfombras, tapices, papeles y productos para decoraciones de casas de familia y oficina, y de pinturas tanto de uso industriales como familiares;-II) Venta: La venta por mayor y menor de partes, piezas y accesorios nuevos para vehículos automotores y ómnibus. III) Servicios: La prestación de servicios técnicos referido a los bines antes enunciados y ejecuciones integrales en la aplicación de los mismos. IV) Inmobiliaria: La compraventa, financiamiento, comercialización y construcción, remodelación o restauración de obras civiles, locación, permuta de todo tipo de bienes inmuebles, urbanización, subdivisiones, loteos, administración y cualesquiera otras operaciones de rentas inmobiliarias, siempre con bienes propios con exclusión de las actividades reguladas por la ley 13154 y toda actividad del art. 299 inc.4° de la ley 19550.- V) Financieras: La realización de aportes e inversiones de capital propio en sociedades por acciones, constituidas o/a constituirse, cualquiera sea su objeto, en forma accidental o continuada, dentro de los marcos legales, dar y tomar dinero en préstamo, con o sin garantías, constituyendo prenda de todo tipo demás derechos reales, así como la realización de operaciones destinadas a la inversión de fondos de consorcios o grupos afines destinados a la construcción de edificios para uso o para obtener rentas con su locación, inclusive la promoción de inversiones inmobiliarias mediante fondos de cuotas-partes de inmuebles, debentures, cédulas, bonos o cualesquiera instrumentos financieros emitidos por el sector público o privado. -Todo con exclusión de las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras u otras por las que se requiera...
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