MODIFICACIÓN DE CONTRATO

Fecha05 Abril 2022
Número de registro473808
EmisorCLAUDIO LAMELZA S.R.L.

Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial a cargo del Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, se ordena la siguiente publicación de edictos.

I) Se reúnen Claudio Omar Lamelza, argentino, nacido el 14 de Noviembre de 1959, de profesión comerciante, de estado civil soltero, con domicilio encalle Urquiza Nº 2843 Piso 10 Dpto. 2 de la ciudad de Rosario, con D.N.I. Nº 13.752.502, CUIT Nº 20-13752502-0, y Adriana Miriam Lamelza, argentina, nacida el 10 de Diciembre de 1954, jubilada, de estado civil divorciada, con domicilio en calle Ibarlucea Nº 1256 de la ciudad de Rosario, con D.N.I. Nº 11.449.200, CUIT Nº 27-11449200-6, todos en carácter de únicos socios de Claudio Lamelza S.R.L.(CUIT Nº 30-64750909-2).

II) Reconducción Societaria: Se decide la reconducción de la sociedad de responsabilidad limitada que girará con la denominación de Claudio Lamelza S.R.L y cuya disolución se operara por expiración del término el 26 de Febrero de 2017, por el término de 50 (cincuenta) años a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio de la presente reconducción societaria.

III) Aumento del capital social: Se aumenta el capital de la sociedad a la suma de pesos quinientos mil ($ 500.000) representado por cinco mil (5.000) cuotas de pesos cien ($ 100) cada una de ellas, que los socios suscriben e integran del siguiente modo: El señor Claudio Omar Lamelza suscribe la cantidad de cuatro mil setecientas cincuenta (4.750) cuotas equivalentes a la suma de pesos cuatrocientos setenta y cinco mil ($ 475.000), integrándolo del siguiente modo: La cantidad de trescientas ochenta (380) cuotas equivalentes a la suma de pesos treinta y ocho mil ($ 38.000) ya se encuentra integrado. Del resto integra la suma de pesos ciento nueve mil doscientos cincuenta ($ 109.250) en este acto y en efectivo, y el saldo o sea la suma de pesos trescientos veintisiete mil setecientos cincuenta ($ 327.750), también en dinero en efectivo y dentro de los dos (2) años de la fecha; y la señora Adriana Miriam Lamelza suscribe la cantidad de doscientas cincuenta (250) cuotas equivalentes a la suma de pesos veinticinco mil ($ 25.000), integrándolo del siguiente modo: La cantidad de veinte (20) cuotas equivalentes a la suma de PESOS DOS MIL ($2.000) ya se encuentra integrado. Del resto integra la suma de pesos cinco mil setecientos cincuenta ($ 5.750) en este acto y en efectivo, y el saldo o sea la suma de pesos diecisiete mil doscientos cincuenta ($...

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