MODIFICACIÓN DE CONTRATO

Fecha15 Julio 2020
Número de registro420759
EmisorEMPRESA GUEVARA S.A.

Por estar así dispuesto en los autos EMPRESA GUEVARA S.A. S/ PRÓRROGA DEL PLAZO DE DURACIÓN DE LA SOCIEDAD, AUMENTO DE CAPITAL Y MODIFICACIÓN A LOS ARTÍCULOS 1, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 18 y 19 Y TEXTO ORDENADO, Expte. CUIJ 21-05393149-6, en trámite por ante el Registro Público de Rafaela, se hace saber, que en la ciudad de Rafaela, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe, a los 15 días del mes de julio de 2019, la sociedad EMPRESA GUEVARA S.A., mediante Asamblea Gral. Extraordinaria Nº 56, decidió modificar los artículos 1, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 18 y 19 de su estatuto social, quedando redactados estos de la siguiente manera: Articulo 1: Bajo la denominación de “EMPRESA GUEVARA SOCIEDAD ANÓNIMA”, que fuera originariamente “Empresa Guevara Sociedad Anónima Comercial, Inmobiliaria y Constructora”, inscripta en el Registro Público el 07 de agosto de 1969, bajo el Nº 880 al Folio 177 del Libro 3º de Estatutos, continuará funcionando la sociedad anónima que se regirá por las disposiciones legales vigentes y el presente estatuto; Artículo 3º: La duración de la sociedad será de setenta años a contar desde la fecha de inscripción en el Registro Público. Dicho plazo podrá ser prorrogado por la Asamblea Extraordinaria de accionistas, previa inscripción y cumplimiento de los requisitos legales; Artículo 4: La sociedad tendrá por objeto principal, el desarrollo de las siguientes actividades: A) Comerciales; mediante la edición, publicación, distribución de diarios, revistas, libros, impresiones y todo lo relacionado con las artes gráficas, como así también su compra venta, importación y exportación. B) Inmobiliaria: Adquirir, vender, alquilar y/o permutar inmuebles urbanos y/o rurales; compraventa de terrenos. A su vez se deja expresa constancia que la sociedad no tiene por objeto la realización del corretaje inmobiliario según el art. 2º de la ley 13154. Si la sociedad incorpora en el futuro la actividad de intermediación se procederá a la reforma del presente artículo y se cumplirá con lo dispuesto por el Art. 9 de la ley citada. La sociedad no realizará las actividades previstas en el artículo 299, inciso 4º de la ley 19550. Se deja expresa constancia que en los casos que por el tipo de actividad enunciada en el presente objeto social se requiera la concurrencia de profesionales matriculados con incumbencia en las áreas pertinentes, la sociedad realizará la contratación de los servicios profesionales conforme a las leyes en vigencia. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto; Artículo 5: El capital social es de Cuatrocientos Cincuenta Mil Pesos ($ 450.000), representado por 45000 acciones, ordinarias, nominativas, no endosables, de diez ($10) pesos cada una y con derecho a un voto por acción. El capital puede ser aumentado en una o más oportunidades, por decisión de la Asamblea General Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme al art. 188 de la ley 19550,...

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