MODIFICACIÓN DE CONTRATO
Fecha de publicación | 16 Enero 2019 |
Fecha | 16 Enero 2019 |
Número de registro | 378764 |
Emisor | FORTRUCK S.R.L. |
1) Fecha del instrumento: 6 de Noviembre de 2018.
2) Cesión de cuotas: Jorge Iván Almaras argentino, soltero, D.N.I. N° 32.300.929, CUIT 20-32300929-6, nacido el 25 de Agosto de 1986, de profesión comerciante, domiciliado en calle Mitre N° 505 de la localidad de Pujato, Provincia de Santa Fe, cede a Cesar Sebastián Almaras argentino, soltero, profesión comerciante, nacido el 30 de Octubre de 1988, que acredita su identidad mediante D.N.I. N° 34.115.007, CUIT 20-34115007-9, con domicilio en calle Ceballos Nº 2978, de la ciudad de Casilda, Provincia de Santa Fe, las dos mil trescientas setenta y cinco (2.375) cuotas de Capital Social de valor nominal de pesos cien ($ 100,00) cada una, que le pertenecen de la sociedad CASILDA COMBUSTIBLES S.R.L.
3) Reforma del Contrato: la cláusula sexta del contrato social quedará redactada de la siguiente manera: Sexta: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios, quienes tendrán acceso a la contabilidad de la misma. La dirección, administración y representación estará a cargo de un gerente, socio o no, quien tendrá el uso de la firma social, anteponiendo siempre a la rúbrica la denominación de la sociedad. El Gerente, en el cumplimiento de sus funciones, podrá efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en el artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación y el Decreto 5965/63, Art. 9, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad.
4) Renuncia gerente: él socio Jorge Iván Almaras renuncia al cargo de gerente.
5) Ratifica gerente: la gerencia seguirá a cargo del socio Raúl Ricardo Almaras.
6) Ampliación del objeto social: la cláusula cuarta del contrato social quedará redactada de la siguiente manera: Cuarta: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, las siguientes actividades: A) la comercialización al por mayor de Combustibles Líquidos, Gas Natural Comprimido, gas envasado o a granel, lubricantes, aditivos, repuestos y accesorios para el automotor, la prestación de servicios de lavado, engrase, y guarda de vehículos; B) el transporte terrestre de cargas, mediante la explotación de vehículos propios o de terceros, y provisión de servicios de movimientos de mercaderías. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica...
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