Modificación de Contrato

Fecha de Entrada en Vigor12 de Enero de 2018
EmisorDigital Express S.R.L.
Fecha de la disposición11 de Enero de 2018

Digital Express S.R.L.

MODIFICACIÓN DE CONTRATO

Se hace saber que en fecha 6/11/2017, los señores socios de Digital Express S.R.L., Cristian Germán D’Amico y Mirian Elizabeth Cabana, han resuelto, por unanimidad, las siguientes modificaciones al contrato social: 1) reconducción de la sociedad, por lo que la cláusula tercera quedará redactada de la siguiente manera: El plazo de duración de la sociedad será de veinte años contados desde la fecha de inscripción de la presente reconducción en el Registro Público; 2) modificación del objeto social, quedando la cláusula cuarta redactada así: Cuarta: La sociedad tendrá por objeto por cuenta propia y/o de terceros y/o asociados a terceros: a) Realizar toda clase de actividades relacionadas con las artes gráficas, publicitarias, trabajos de fotografía, diseño y demás servicios de impresión en pequeño y gran formato, impresión textil por sublimación, impresión a gran escala, incluida la venta de insumes y maquinarias; b) compra, venta, importación y exportación de maquinarias, repuestos e insumos para la industria gráfica, textil y fotográfica; c) Ejecución, dirección y administración de proyectos relativos a la construcción de obras públicas o privadas, construcción de urbanizaciones y edificios, incluso aquellos destinados a propiedad horizontal; reparación, remodelación, decoración, demolición y reciclaje de oficias, locales, departamentos u edificios de toda clase y realización de todo tipo de obras de arquitectura e ingeniería. A tal fin la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para realizar todos los actos y contratos que se relacionen con su objeto y que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato, pudiendo contratar profesionales facultados para realizar las tareas propias del objeto que así lo requieran. 3) Aumento del capital: como consecuencia de la modificación del objeto social, fue necesario aumentar el capital social a la suma de $ 400.000 (pesos cuatrocientos mil), resultando la redacción de la cláusula quinta de la siguiente manera: Quinta: El capital social se fija en la suma de $ 400.000 (pesos cuatrocientos mil), dividido en 40.000 (cuarenta mil) cuotas de $ 10 (pesos diez) cada una, que los socios suscriben e...

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