Modificación de Contrato

Fecha de Entrada en Vigor23 de Marzo de 2017
EmisorDalmiro Menegazzo S.R.L.
Fecha de la disposición 6 de Diciembre de 2016

DALMIRO MENEGAZZO S.R.L.

MODIFICACIÓN DE CONTRATO

Por estar así dispuesto en los autos caratulados: “DALMIRO MENEGAZZO S.R.L. s/Designación de Autoridades y Modificación al Contrato Social” (Expte. N° 2247/2016). En la localidad de Recreo, Provincia de Santa Fe a los siete días del mes de noviembre de dos mil dieciséis se reúnen Menegazzo Dalmiro Osvaldo, argentino, mayor de edad, productor agropecuario, nacido el 28 de Agosto de 1949, de apellido materno Zurlo, de estado civil casado, quien acredita Identidad con D.N.I. 5.261.370, CUIT 20-05261370-2, domiciliado en calle Juan de Garay 1638, Recreo, Provincia de Santa Fe y Juri Esmeralda Guadalupe, argentina, mayor de edad, empleada, nacida el 17 de Octubre de 1952, de estado civil casada, quien acredita su identidad con D.N.I. 10.204.005, CUIL 27-10204005-3, domiciliada en calle Juan de Garay 1638, Recreo, Provincia de Santa Fe, convienen en celebrar el presente contrato de modificación del artículo quinto y designación de autoridades de DALMIRO MENEGAZZO S.R.L., inscripta en Santa Fe el 23 de Marzo de 2003, bajo el Nº 772, al folio 225, del libro N° 15 de S.R.L., L: 5918, prorroga al contrato social inscripta bajo el Nº 1383, Folio 220, Libro 16 de S.R.L., Legajo 5918 del día 29 de Abril de 2008 y prórroga y designación de autoridades inscripta bajo el Nº 001, al Folio 001, del Libro 18 de S.R.L., Legajo 5918, quienes deciden por unanimidad modificar el artículo quinto del contrato social de Dalmiro Menegazzo SRL quedando el mismo redactado de la siguiente forma: “Quinto: La dirección y administración de la sociedad, su representación legal en todos los actos civiles, comerciales y administrativos, y el uso de la firma social estará a cargo de un “gerente” socio o no y con las más amplias facultades en todo de acuerdo a lo normado en el artículo ciento cincuenta y siete (artículo 157) de la Ley de Sociedades N° 19.550, quedándole prohibido el uso de la firma social para asuntos particulares como también comprometerla en garantía de terceros, siendo toda violación de lo prescripto de responsabilidad del socio que practique o autorice tales medidas. Sin perjuicio del carácter mercantil de la sociedad, esta para su mejor desenvolvimiento y por intermedio de su gerente en la forma antes expresada, o de sus representantes legales, mandatarios o apoderados generales o especiales podrá: comprar, vender, dar, recibir en pago o permuta toda clase de bienes, muebles e inmuebles, maquinarias y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR