Modificación de Contrato

EmisorLogistica Star S.R.L.
Fecha de la disposición23 de Noviembre de 2015

En la Ciudad de San Lorenzo, a los 30 días del mes de Octubre de 2015, Carmine Fusaro, D.N.I. N° 93.249.320; Mario Fusaro, D.N.I. N° 93.249.292; Benito Fusaro, D.N.I. N° 93.561.012; Rubén Alejandro Fusaro, D.N.I. N° 22.831.271; Natalia Yanina Fusaro,- D.N.I. N° 24.567.175; Pablo Martín Fusaro, D.N.I N° 26.517.702; Andrea Lorena Fusaro, D.N.I. N° 24.567.279; Romina Marcela Fusaro, D.N.I. N° 26.517.654; Germán Darío Fusaro, D.N.I N° 23.585.095; Mariana Alejandra Fusaro, D.N.I. N° 26.517.683; Diego Hernán Fusaro, D.N.I. N° 25.280.187 y Joel Esteban Fusaro, D.N.I. N° 29.725.775, todos ellos en carácter de socios de LOGÍSTICA STAR S.R.L.; resolvieron por unanimidad:

1) Modificar la Cláusula Sexta del contrato Social de la Empresa Logística Star S.R.L., quedando la misma, redactada de la siguiente manera:

Sexta: Dirección, Administración y Representación: estará cargo de tres socios gerentes como máximo, designándose en este acto a los Sres. Carmine Fusaro, Mario Fusaro, Benito Fusaro cuyos datos ha sido señalados precedentemente. Desempeñarán sus funciones por el período de dos años renovable automáticamente por igual periodo en forma indefinida salvo que por reunión de socios se determine la exclusión y/o reemplazo.- El uso de la firma social estará a cargo de todos los socios gerentes en forma conjunta de a dos de cualquiera de ellos.- A tal fin usarán su propia firma a continuación de la denominación social con el aditamento de socio gerente.- Los socios en representación de la sociedad, tendrán amplitud de derechos y obligaciones que resulten de lo establecido por el art. 157 de la ley 19.550 y modificatorias pudiendo a tales efectos realizar todos los actos y contratos que sean necesarios para la marcha y desenvolvimiento de la actividad social, sin limitación alguna, con excepción de prestar fianzas y garantías, constituir hipotecas y otorgar mandatos de cualquier índole, comprar o vender bienes inmuebles, todo ello aunque sea incluso relacionado con el objeto social y salvo que exista acuerdo de los socios que representen la 3/4 (tercera cuarta parte) del capital social requerido para tomar decisiones de esa naturaleza.-Podrán aportar capitales a la sociedad para negocios realizados o a realizarse y asociarse con personas. En uso de sus facultades de administración para el cumplimiento del objeto de la sociedad y en la forma expresada para comprometerla...

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