Modificacion de Contrato

EmisorAgropecuaria Quebrachitos S.C.A.
Fecha de la disposición21 de Febrero de 2013

Los Sres. Socios de “AGROPECUARIA QUEBRACHITOS S.C.A.” manifiestan que en fecha 30 de Agosto de 2011, la socia María Mercedes Gutiérrez ha cedido y transferido el total de su capital “comanditado” a favor de Esteban Bernardo Rouillon. Asimismo, manifiestan que en virtud de la cesión y transferencia efectuada, en fecha 28 de Mayo de 2012 se modificó el Artículo 4 del Estatuto de la Sociedad, quedando redactado de la siguiente forma: “- Socios – Facultades y Obligaciones.- Artículo 4:- Los socios comanditados tendrán a su cargo la responsabilidad de todas las operaciones sociales y quedan obligados limitadamente por los resultados del giro comercial, al que prestarán su atención diaria y permanente sin perjuicio de lo cual quedan autorizados a tender sus tareas en otros establecimientos o sociedades, aún cuando su fin social sea similar al de la presente.- Los expresados Gerentes y/o los demás que se designen, conjunta, separada, alternativa o indistintamente o en la forma en que se establezca en la oportunidad de su designación, representarán a la sociedad en todos sus actos usando sus firmas particulares con la aclaración de su calidad mediante un sello o por la expresión de su calidad mediante un sello o por la expresión de la misma en el contenido del o los documentos en que intervengan, y quedan investidos de todas las facultades necesarias para la administración y además de los siguientes poderes expresos:- a) Celebrar contratos, actos jurídicos, y operaciones de toda índole sobre bienes inmuebles, muebles, semovientes, automotores, títulos, créditos, derechos, acciones, papeles de comercio, y valores en general, pudiendo adquirirlos y transferirlos, darlos y recibirlos en arrendamiento por menos o mas de seis años, gravarlos con hipoteca, prenda, con o son desplazamiento, anticresis, comodato, uso, habitación, servidumbre, préstamos u otros derechos reales o personales.- b) Adquirir, ceder, constituir, aceptar y cancelar derechos reales.- c) Aceptar y conceder quitas, esperas y remisiones de deudas, hacer pagos aunque fueran extraordinarios en la administración, reconocer y confesar obligaciones y aceptar o efectuar novaciones.- d) Dar los bienes de la sociedad en depósito y consignación, constituirla en depositaría, y obligarla a la prestación de servicios.- e) Integrar otras sociedades regulares o accidentales y de cualquier naturaleza y forma, intervenir en la administración de las mismas su disolución y liquidación, comprometer...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR