Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 26 de Agosto de 2014, expediente COM 052385/2000

Fecha de Resolución26 de Agosto de 2014
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial CAMARA COMERCIAL - SALA B 52385 / 2000 MIYAZONO RICARDO s/QUIEBRA CAMARA COMERCIAL - SALA B.

Buenos Aires, 26 agosto de 2014.

Y VISTOS:

  1. Al escrito que antecede: T. presente el desistimiento del síndico respecto de su apelación de fs. 4149.

    Sin perjuicio de ello, hágase saber que los emolumentos serán revisados conforme el art. 272 de la ley 24.522 que faculta a la Alzada a la reducción de oficio, en atención a la función de custodia de la integralidad del activo distribuible que ha sido confiado al revisor, enderezada a evitar su afectación mediante emolumentos que exceden los límites legales.

  2. Es criterio de esta Sala respetar las proporciones y porcentajes aplicados en anteriores distribuciones de fondos realizadas en el proceso; ello salvo situaciones de excepción que ameriten una solución contraria -las cuales no se encuentran configuradas en la especie- (CNCom.

    esta S., in re "Aceros Bragado S.A. s/ quiebra s/ incidente de distribución de fondos (sexta)" del 26.09.08).

    Por ello y en atención a la índole, calidad y extensión de los Fecha de firma: 26/08/2014 Firmado por: M.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: ANA

    I. PIAGGI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.G.A.D.D.C., JUEZ DE CAMARA trabajos realizados durante la etapa concursal, y ponderando las características e importancia del pleito, se confirman en ochocientos veintisiete mil pesos ($

    827.000) los honorarios de la sindicatura Estudio E.H.K. y Asociados -que comprenden la retribución de su letrado patrocinante H.A.L.-; y en doscientos cuatro mil pesos ($ 204.000) los del letrado de R.M., Horacio

    V. Di Filippo (arts. 257, 266 y 272 de la ley 24.522).

  3. En atención a la índole, calidad y extensión de los trabajos y las características e importancia del pleito, por la etapa falencial, se confirman en tres millones ochenta y cinco mil pesos ($ 3.085.000) los honorarios de la sindicatura Estudio E.H.K. y Asociados...

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